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desgravación 1ª vivienda

1 Comentarios
 
Desgravación 1ª vivienda
07/12/2010 01:27
hola,
soy hombre divorciado. En la sentencia de divorcio se establece lo siguiente:
"SEGUNDA.- DOMICILIO CONYUGAL. El que fuera domicilio conyugal sito en esta ciudad, xxxxxxxxxx, no se atribuye a ninguno de los cónyuges, por cuanto es su voluntad proceder a la venta de la vivienda en la forma que reflejará el presente documento. Consecuentemente, una vez que se proceda la citada venta, pasarán a residir en otro domicilio, obligándose los esposos a mantenerse informados de cualquier ulterior cambio en su residencia. En tanto en cuanto no se produzca la venta de la vivienda, la esposa y la hija permanecerán en la misma, abandonando la vivienda el esposo en el plazo de 15 días desde la firma del presente documento."

"SEXTA.- BIENES. Los esposos se hallan casados en régimen de separación de bienes, y por tanto se hallan en plena disposición de los bienes que les son propios.
- Ello no obstante, sí que hay bienes propiedad de ambos cónyuges, a saber: el domicilio conyugal, sito xxxxxxxxxxx, que no se atribuye a ninguno de los cónyuges, por ser deseo de ambos proceder a su venta, pero que hasta entonces será ocupado por la esposa e hija. Para ello, acuerdan proceder a realizar las gestiones oportunas para localizar la mejor oferta por la vivienda, fijando un precio inicial de venta, durante un periodo de 8 meses, de xxx.- Euros. El precio obtenido será repartido en partes iguales entre ambos cónyuges.
Los cónyuges se obligan a realizar todas las gestiones oportunas para poder encontrar comprador. En tanto en cuanto ello no ocurra, pactan que la esposa y la hija ocuparán el domicilio conyugal.
En el supuesto de no venderse la vivienda por el importe fijado en el plazo de ocho meses, los cónyuges acuerdan fijar un nuevo precio, más bajo, para poder realizar la venta, de mutuo acuerdo. En el supuesto de que no se cumpliera tal obligación, y uno de los cónyuges, previo requerimiento al otro, se viera obligado a acudir a una acción judicial de división por la falta de consentimiento del otro en la venta, todos los gastos y costas que se devenguen con motivo del procedimiento serán a cargo del cónyuge que ha impedido la venta consensuada, así como los gastos de hipoteca desde el momento de practicarse el referido requerimiento."
El caso es que aún no se ha vendido y ya ha pasado 18 meses desde la firma. Ella no tiene ningún interés en venderla. El precio sigue siendo alto y no baja ya que alega que ella necesitará el dinero para comprarse otro piso (eso sí antes del verano se ha comprado un coche teniendo que pedir un prestamo -el piso está libre de cargas-). Mi pregunta es: ¿si consigo comprarme un piso antes de lo que queda de año me podré desgravar la hipoteca?. Sobre el piso que se tiene que vender no se desgravó ninguna hipoteca. Mi duda está que al estar el piso a nombre de los dos, en la agencia tributaria consta que tengo el 50% de propiedad de una vivienda.
07/12/2010 10:56
La desgravación es por adquisición de la vivienda "habitual". No se puede desgravar por la adquisición de otras viviendas.

Por tanto, podrás desgravar por la adquisición de una vivienda si va a ser tu vivienda habitual con independencia de que seas propietario de otra u otras viviendas no habituales.

Un saludo,
desgravación 1ª vivienda | PorticoLegal
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Desgravación 1ª vivienda
07/12/2010 01:27
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soy hombre divorciado. En la sentencia de divorcio se establece lo siguiente:
"SEGUNDA.- DOMICILIO CONYUGAL. El que fuera domicilio conyugal sito en esta ciudad, xxxxxxxxxx, no se atribuye a ninguno de los cónyuges, por cuanto es su voluntad proceder a la venta de la vivienda en la forma que reflejará el presente documento. Consecuentemente, una vez que se proceda la citada venta, pasarán a residir en otro domicilio, obligándose los esposos a mantenerse informados de cualquier ulterior cambio en su residencia. En tanto en cuanto no se produzca la venta de la vivienda, la esposa y la hija permanecerán en la misma, abandonando la vivienda el esposo en el plazo de 15 días desde la firma del presente documento."

"SEXTA.- BIENES. Los esposos se hallan casados en régimen de separación de bienes, y por tanto se hallan en plena disposición de los bienes que les son propios.
- Ello no obstante, sí que hay bienes propiedad de ambos cónyuges, a saber: el domicilio conyugal, sito xxxxxxxxxxx, que no se atribuye a ninguno de los cónyuges, por ser deseo de ambos proceder a su venta, pero que hasta entonces será ocupado por la esposa e hija. Para ello, acuerdan proceder a realizar las gestiones oportunas para localizar la mejor oferta por la vivienda, fijando un precio inicial de venta, durante un periodo de 8 meses, de xxx.- Euros. El precio obtenido será repartido en partes iguales entre ambos cónyuges.
Los cónyuges se obligan a realizar todas las gestiones oportunas para poder encontrar comprador. En tanto en cuanto ello no ocurra, pactan que la esposa y la hija ocuparán el domicilio conyugal.
En el supuesto de no venderse la vivienda por el importe fijado en el plazo de ocho meses, los cónyuges acuerdan fijar un nuevo precio, más bajo, para poder realizar la venta, de mutuo acuerdo. En el supuesto de que no se cumpliera tal obligación, y uno de los cónyuges, previo requerimiento al otro, se viera obligado a acudir a una acción judicial de división por la falta de consentimiento del otro en la venta, todos los gastos y costas que se devenguen con motivo del procedimiento serán a cargo del cónyuge que ha impedido la venta consensuada, así como los gastos de hipoteca desde el momento de practicarse el referido requerimiento."
El caso es que aún no se ha vendido y ya ha pasado 18 meses desde la firma. Ella no tiene ningún interés en venderla. El precio sigue siendo alto y no baja ya que alega que ella necesitará el dinero para comprarse otro piso (eso sí antes del verano se ha comprado un coche teniendo que pedir un prestamo -el piso está libre de cargas-). Mi pregunta es: ¿si consigo comprarme un piso antes de lo que queda de año me podré desgravar la hipoteca?. Sobre el piso que se tiene que vender no se desgravó ninguna hipoteca. Mi duda está que al estar el piso a nombre de los dos, en la agencia tributaria consta que tengo el 50% de propiedad de una vivienda.
07/12/2010 10:56
La desgravación es por adquisición de la vivienda "habitual". No se puede desgravar por la adquisición de otras viviendas.

Por tanto, podrás desgravar por la adquisición de una vivienda si va a ser tu vivienda habitual con independencia de que seas propietario de otra u otras viviendas no habituales.

Un saludo,