A ver si vuestras opiniones me sacan de la duda que tengo. He oído que si estableces en la vivienda habitual el domicilio social de una sociedad y ejerces tu trabajo en dicha vivienda hay exenciones de IVA a la hora de comprar artículos para casa y trabajo. ¿os suena de algo?¿es esto cierto? Sé que en el País Vasco hay algo así pero la verdad es que no sé si en el resto del país sucede algo parecido.