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deshaucio a una persona de 80 años con renta antigua

1 Comentarios
 
Deshaucio a una persona de 80 años con renta antigua
24/04/2009 19:05
Mi abuela lleva viviendo en el piso de alquiler pues 50 años o mas, pero estaba a nombre de mi abuelo y fallecio, entonces la dejaron estar 5 años mas pero ahora la echan, con 80 años, con una pension minima de viudedad, sin darle a cambio ni un dinero ni nada, no se si esto es legal, pero ya es mayor, creo que tendrian que dejarla vivir sus ultimos años, envuelta de sus recuerdos, que podmos hacer la sentencia es en julio y en el jicio ya le dejaron clao que tendriaque abandonarla porque su propietario la quiere.
27/04/2009 10:34
Hola faciaben. Si ya se celebró el juicio y se dictó sentencia estimatoria a favor del DEMANDANTE(ARRENDADOR) se debería haber interpuesto Recurso de Apelación(en función de la fecha de notificación de la sentencia quizás puedan interponerlo aún).

Si NO se interpueso Recurso de Apelación en el plazo legalmente previsto se dictará Auto declarando la firmeza de la sentencia y el lanzamiento de la arrendataria(su abuela) se llevará a cabo en el día fijado en la Sentencia.

Le aconsejo que acuda a los Servicios Sociales de su Comunidad Autónoma para ver si es posible que su abuela viviera en una residencia geriátrica de carácter público atendiendo a sus circunstancias persoanles y económicas.

Reciba un cordial saludo.
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Deshaucio a una persona de 80 años con renta antigua
24/04/2009 19:05
Mi abuela lleva viviendo en el piso de alquiler pues 50 años o mas, pero estaba a nombre de mi abuelo y fallecio, entonces la dejaron estar 5 años mas pero ahora la echan, con 80 años, con una pension minima de viudedad, sin darle a cambio ni un dinero ni nada, no se si esto es legal, pero ya es mayor, creo que tendrian que dejarla vivir sus ultimos años, envuelta de sus recuerdos, que podmos hacer la sentencia es en julio y en el jicio ya le dejaron clao que tendriaque abandonarla porque su propietario la quiere.
27/04/2009 10:34
Hola faciaben. Si ya se celebró el juicio y se dictó sentencia estimatoria a favor del DEMANDANTE(ARRENDADOR) se debería haber interpuesto Recurso de Apelación(en función de la fecha de notificación de la sentencia quizás puedan interponerlo aún).

Si NO se interpueso Recurso de Apelación en el plazo legalmente previsto se dictará Auto declarando la firmeza de la sentencia y el lanzamiento de la arrendataria(su abuela) se llevará a cabo en el día fijado en la Sentencia.

Le aconsejo que acuda a los Servicios Sociales de su Comunidad Autónoma para ver si es posible que su abuela viviera en una residencia geriátrica de carácter público atendiendo a sus circunstancias persoanles y económicas.

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