Tengo la siguiente duda. Hace cosa de casi un año firme un contrato de arrendamiento con una empresa. Propietaria de un edificio la cual ofrece las diferentes vivienda en alquiler. Voy a cambiar de vivienda, antes de cumplir el año de permanencia, asumiendo la penalizacion indicada en el contrato. La cual es, 1 mes de cuota por cada 1 año que reste para cumplir la permanencia, en caso de que el tiempo sea menor , la parte proporcional. Cuando llegue al piso firme por una oferta comercial la cual me regalaban 2 meses de alquiler. Ahora me indican que si rescindo el contrato deberia abonar dicha oferta. Cuando no indica nada en el contrato.
No se si me he explicado bien. ¿Podeis indicarme si tienen derecho a tal penalización?.