Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Desistimiento del contrato. Fianzas

1 Comentarios
 
Desistimiento del contrato. fianzas
08/09/2014 16:35
Hola, me gustaría saber si llevo razón en lo que voy a exponer, ya que no tengo muchos conocimientos al respecto sobre arrendamientos.

El caso en cuestión está en que durante unos meses he estado en un piso alquilado con una compañera (somos estudiantes) y otra persona más, en total 3, en mayo hablamos con nuestra casera para comentarle de que nos íbamos del piso yo y mi compañera, pero se quedaba la otra persona, todo esto 30 días antes de irnos el 1 de junio, buscamos personas que nos sustituyeran, encontramos a una persona y faltaba otra, el caso es que para junio nos faltaba una persona y no la encontramos, la casera nos dijo en ese momento que no importaba mientras en julio encontrásemos a alguien para cubrir el hueco que faltaba y nos daría la fianza que pusimos cada uno (no mensual, si no dividido, 1/3 del total del mes en el piso), todo se cumplió, excepto que no nos dio la fianza hasta que entrase otra persona.

El problema viene ahora al solicitarle la fianza que nos corresponde a mi compañera y yo (2/3 del total mensual) pero se niega a hacerlo, solo nos quiere dar 1/3 a modo de indemnización por el hueco que no se cubrió en junio, he estado observando el contrato que firmamos pero en ningún apartado aparece que tengamos que indemnizarla por tal motivo, de hecho hay una frase que pone "Tal fianza en depósito no podrá ser aplicada a compensación de rentas, ni justificara demoras o impagos, afectándose sin embargo, hasta su total importe en su caso al cumplimiento de las obligaciones de conservación etc etc.."

....
08/09/2014 16:40
...continuo

...también segun el contrato dice que este se regira siempre por la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 del BOE modificada por la ley 4/2013 etc, la he estado mirando ( http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-5941 ) y he encontrado en el articulo 11 lo del desistimiento del contrato diciendo:

"El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.»"

y me llama la atención de que en el contrato que firmamos mi compañera y yo no se pactó nada de indemnización sobre si dejábamos el piso ni nada, pero ella insiste en que se quiere quedar con 1/3 de la fianza en lugar de darnos la totalidad. No se si ella o yo tenemos razón pero quiero asegurarme puesto que la semana que viene nos reuniremos para zanjar este tema. Muchas gracias de antemano, espero haberme explicado bien, Un saludo.
Desistimiento del contrato. Fianzas | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Desistimiento del contrato. Fianzas

1 Comentarios
 
Desistimiento del contrato. fianzas
08/09/2014 16:35
Hola, me gustaría saber si llevo razón en lo que voy a exponer, ya que no tengo muchos conocimientos al respecto sobre arrendamientos.

El caso en cuestión está en que durante unos meses he estado en un piso alquilado con una compañera (somos estudiantes) y otra persona más, en total 3, en mayo hablamos con nuestra casera para comentarle de que nos íbamos del piso yo y mi compañera, pero se quedaba la otra persona, todo esto 30 días antes de irnos el 1 de junio, buscamos personas que nos sustituyeran, encontramos a una persona y faltaba otra, el caso es que para junio nos faltaba una persona y no la encontramos, la casera nos dijo en ese momento que no importaba mientras en julio encontrásemos a alguien para cubrir el hueco que faltaba y nos daría la fianza que pusimos cada uno (no mensual, si no dividido, 1/3 del total del mes en el piso), todo se cumplió, excepto que no nos dio la fianza hasta que entrase otra persona.

El problema viene ahora al solicitarle la fianza que nos corresponde a mi compañera y yo (2/3 del total mensual) pero se niega a hacerlo, solo nos quiere dar 1/3 a modo de indemnización por el hueco que no se cubrió en junio, he estado observando el contrato que firmamos pero en ningún apartado aparece que tengamos que indemnizarla por tal motivo, de hecho hay una frase que pone "Tal fianza en depósito no podrá ser aplicada a compensación de rentas, ni justificara demoras o impagos, afectándose sin embargo, hasta su total importe en su caso al cumplimiento de las obligaciones de conservación etc etc.."

....
08/09/2014 16:40
...continuo

...también segun el contrato dice que este se regira siempre por la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 del BOE modificada por la ley 4/2013 etc, la he estado mirando ( http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-5941 ) y he encontrado en el articulo 11 lo del desistimiento del contrato diciendo:

"El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.»"

y me llama la atención de que en el contrato que firmamos mi compañera y yo no se pactó nada de indemnización sobre si dejábamos el piso ni nada, pero ella insiste en que se quiere quedar con 1/3 de la fianza en lugar de darnos la totalidad. No se si ella o yo tenemos razón pero quiero asegurarme puesto que la semana que viene nos reuniremos para zanjar este tema. Muchas gracias de antemano, espero haberme explicado bien, Un saludo.