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Despido causas objetivas

4 Comentarios
 
18/03/2009 01:18
Vamos a ver.Si el requisito formal para el despido objetivo es poner a disposicion del trabajador los 20 dias/año en el mismo momento en que se le comunica el despido,30 dias antes de la fecha de efectividad del mismo,donde esta el problema.No se han hecho las cosas como se debian haber hecho y el trabajador tiene derecho a la tutela judicial y sino acepta en la conciliacion para sacar ademas los salarios de tramitacion esta en todo su derecho.
17/03/2009 11:49
Yo creo que deberias haber dejado constancia en el acto de conciliación que por tu parte se reconocia la improcedencia del despido, es más, tendrías que haber negociado incluso una cantidad algo superior que la calculada en razón de 45 dias y si la otra parte fuera "sensata" tendría que haberlo aceptado y sobre los salarios de tramitación desde el despido a la fecha del acto pues tendrías que haberlos pagado.

Si esto no ha pasado asi, creo (y digo creo ya que no tengo legislación delante) que deberias haber depositado en el juzgado la indemnización junto con los salarios de tramitación correspondientes. Pero no se si esto se puede hacer despues de la conciliación, creo que no, ya que el plazo es hasta que se celebre.

Si el despido por causas objetivas no está acreditado o no has contemplado los pasos y forma a seguir como indica pleitos será nulo.

A ver si hay más opiniones...
17/03/2009 11:48
No se especificó en la carta, simplemente se le dijo a la trabajadora que se le pagaría la indemnización el último día de trabajo.
17/03/2009 11:45
Si la causa de no poner a disposicion en el acto la indemnizacion legal se plasmó expresamente en la carta (por causas económicas), vas abocado a una nulidad del despido.

Salvo mejor criterio.
Despido causas objetivas
17/03/2009 11:36
La empresa procedió a despedir a una trabajadora basado en casusas objetivas. No le dio la indemnizacion en el momento de la entrega de la carta.
Nos demandó, y en el acto de conciliacion, la empresa reconoció la improcedencia del despido, pero la abogada de la trabajadora dijo que no era el momento procesal oportuno, para dejar correr los salarios de tramitación. ¿Que podemos hacer?
Despido causas objetivas | PorticoLegal
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4 Comentarios
 
18/03/2009 01:18
Vamos a ver.Si el requisito formal para el despido objetivo es poner a disposicion del trabajador los 20 dias/año en el mismo momento en que se le comunica el despido,30 dias antes de la fecha de efectividad del mismo,donde esta el problema.No se han hecho las cosas como se debian haber hecho y el trabajador tiene derecho a la tutela judicial y sino acepta en la conciliacion para sacar ademas los salarios de tramitacion esta en todo su derecho.
17/03/2009 11:49
Yo creo que deberias haber dejado constancia en el acto de conciliación que por tu parte se reconocia la improcedencia del despido, es más, tendrías que haber negociado incluso una cantidad algo superior que la calculada en razón de 45 dias y si la otra parte fuera "sensata" tendría que haberlo aceptado y sobre los salarios de tramitación desde el despido a la fecha del acto pues tendrías que haberlos pagado.

Si esto no ha pasado asi, creo (y digo creo ya que no tengo legislación delante) que deberias haber depositado en el juzgado la indemnización junto con los salarios de tramitación correspondientes. Pero no se si esto se puede hacer despues de la conciliación, creo que no, ya que el plazo es hasta que se celebre.

Si el despido por causas objetivas no está acreditado o no has contemplado los pasos y forma a seguir como indica pleitos será nulo.

A ver si hay más opiniones...
17/03/2009 11:48
No se especificó en la carta, simplemente se le dijo a la trabajadora que se le pagaría la indemnización el último día de trabajo.
17/03/2009 11:45
Si la causa de no poner a disposicion en el acto la indemnizacion legal se plasmó expresamente en la carta (por causas económicas), vas abocado a una nulidad del despido.

Salvo mejor criterio.
Despido causas objetivas
17/03/2009 11:36
La empresa procedió a despedir a una trabajadora basado en casusas objetivas. No le dio la indemnizacion en el momento de la entrega de la carta.
Nos demandó, y en el acto de conciliacion, la empresa reconoció la improcedencia del despido, pero la abogada de la trabajadora dijo que no era el momento procesal oportuno, para dejar correr los salarios de tramitación. ¿Que podemos hacer?