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Despido disciplinario y contrato con errores

3 Comentarios
 
14/09/2023 17:54
Muy agradecido a sttella2010, teniendo en cuenta de que este es un foro de dcho español y que para esta nueva forera, todos debemos saber hablar y escribir en perfecto francés, yo por educación le respondería en su idioma, aunque como digo es un foro de dcho español, lo siento, soy un ignorante que no habla francés.
Aclarado éste punto de porque contesto en español paso a responder a la consulta.
En primer lugar, como dice hay errores, (subsanables), en el cto, nada serio, aclaración de la falta de periodo de prueba, el concepto de salario adaptado a la jornada, aunque lo dice con posterioridad...bueno como digo esto en mi opinión carece de importancia y es subsanable pero entremos en el fondo de la cuestión.
En mi opinión ese despido que se pretende imponer como disciplinario procedente me da que como poco sea improcedente, verá comentan varias irregularidades de la trabajadora, (desde el 22/08 al 14/09), no sé cómo se pueden cometer tantas irregularidades, la verdad, no creo que le interese mucho el trabajo, sin embargo, ustedes ni le han pedido justificante de esas citas al médico, ni ha sido apercibida de forma escrita de posibles sanciones por todas y cada una de esas irregularidades por lo que si ahora proceden a un despido disciplinario y ella les demanda conseguirá un improcedente, (yo de ustedes reconocería inmediatamente el improcedente, total la indemnización, viendo la antigüedad, sería más bien escasa), por otra parte, podría demandarles y conseguir un despi de o nulo, lo que por un lado conlleva que el tiempo hasta el juicio serían salarios de trámite y encima conseguiría un despido nulo, que conlleva readmision, en qué me baso para que consiga la nulidad, pues simplemente en el dcho tuitario, éste dcho, dada la condición de superioridad de la empresa sobre el trabajador, defiende a éste para que ese cto tenga atisbos de igualdad. Con esto quiero decir, que como ha dicho usted, la inspección les dice que por el mero hecho de negarse a fichar ya podrían despedirla, esto si bien es cierto dada la obligación de la empresa de llevar un registro de la jornada del trabajador, no es menos cierto que este fichaje se pretende que sea bajándose a su teléfono propio una app, está cláusula impuesta en el convenio sería una cláusula abusiva, ya que de exigir ese fichaje por ese medio quién debe aportar el móvil y el pago de la línea sería la empresa, respecto al vehículo, nuevamente es una cláusula abusiva ya que la empresa no puede, (por mucho que las empresas se empeñen), exigir al trabajador que tenga un vehículo determinado para realizar su trabajo, "ya pero lo firman en el cto", aquí es donde interviene el dcho tuitario, el trabajador, a la hora de firmar el cto, no está en igualdad ante la empresa, el trabajador quiere trabajar y la empresa impone unas cláusulas excesivas y abusivas que el trabajador acepta porque lo que quiere es trabajar y por eso firma y aquí, como digo interviene el dcho tuitario para hacer que la firma de ese cto tenga visos de igualdad, por lo que si la despiden, denuncia esas cláusulas abusivas del cto conseguiría,(probablemente) un despido discriminatorio y por tanto nulo, con lo que conseguirían una trabajadora a tiempo completo e indefinida y que luego, en el futuro, si persiguen despedirla podrá impugnar esos despidos o posibles sanciones alegando persecución por haber sido despedida y conseguir un nulo.
smo
14/09/2023 14:17
Bonjour
Comment contester des sanctions disciplinaires excessives. Depuis aot
2 jours de mise à pieds pour tre repartie à la maison sans passer au docteur
Ensuite 7 jours pour erreurs sur le logiciel, concernant une estimation d électricité
Et enfin, pour avoir crié sur l'ascenseur qui ne marche jamais et avoir traumatisé la personne à l'intérieur qui ne comprends pas ma langue et qui oui à pu croire que je criais sur elle...30 jours
Peut-on mettre 39 jours de mise à pieds en 1 mois et 10 jours ???
Merci de m'éclairer
27/09/2022 19:29
icame
Comentan en Inspección de Trabajo, que el simple hecho de negarse a fichar la trabajadora es motivo suficiente de despido disciplinario.

Yo consideraba que no lo era.
Despido disciplinario y contrato con errores
24/09/2022 09:53
El 3 de agosto de 2022, se contrata a una trabajadora una empresa dedicada al planchado domiciliario (no hay convenio) se requería vehículo propio, por error en el contrato se anula el periodo de prueba, en el contrato se realiza por 36 horas semanales (de l a v), por un importe de 1500 €, pero en las cláusulas, se indica que la remuneración mensual ira en concordancia con las horas reales trabajadas, así mismo se obligaba a descargar una app en el teléfono para hacer los controles horarios (fichar), la app no tiene geolocalización.
La primera semana falto dos días a trabajar uno estando trabajando, dejo abandonado el material que era de la empresa , y se fue a urgencias porque había dormido mal y no se encontraba bien. Sin avisar a los dos días abandona el puesto de trabajo porque tenía que llevar al hijo al psicólogo. La segunda semana falta otro día sin avisar y dice que fue a una revisión médica.
La trabajadora se negó a bajarse la app y se negaba a fichar. La empresa se entera que el vehículo propio que utilizaba era una VPM (un patinete eléctrico), con el que se desplazaba por carreteras nacionales y locales.
La forma de trabajo no era la adecuada y varios clientes mostraron su malestar, y algunos rescindieron el contrato.
El día 24 de agosto, la empresa recibe la llamada de una clienta y dice que la trabajadora ha llegado a las 9:15 en lugar de las 9, que a las 9:35 se ha ido al mercadona a comprar algo que debia necesitar (productos y material los pone la empresa y son profesionales), que llegó a las 10, y que a las 10:05 dejo todo en la casa de la clienta y le dijo que se iba al medico que le dolia la espalda.
La empresa le pregunta que pasaba a la trabajadora y dice que ha sufrido un accidente laboral, que se ha agachado y le ha dado lumbago.
La empresa la despide con fecha 24 de agosto, el motivo del despido es disciplinario por no fichar, por retrasos, por ausencias, y por motivos económicos al darse de baja los contratos de varios clientes.
Con fecha 14 de septiembre presenta acto de conciliación reclamando despido improcedente, aportando el contrato de forma parcial, las clausulas no las aporta, se opone a fichar manifestando que no es obligatorio si no le facilita la empresa un dispositivo, y alega que gracias a su gran trabajo y dedicación la empresa tiene nuevos clientes.

Con fecha 22 de septiembre presenta reclamación de cantidades, aportando el contrato parcial sin las condiciones, donde reconoce que no tenia coche, habiendo trabajado 62 horas en los 21 dias, reclama la totalidad de horas (ignorando la clausula firmada de cobro por horas efectivas trabajadas), reclama plus de transporte (el que cobran las compañeras por km), y el preaviso de 15 dias.

¿Como lo veis?
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Despido disciplinario y contrato con errores

3 Comentarios
 
14/09/2023 17:54
Muy agradecido a sttella2010, teniendo en cuenta de que este es un foro de dcho español y que para esta nueva forera, todos debemos saber hablar y escribir en perfecto francés, yo por educación le respondería en su idioma, aunque como digo es un foro de dcho español, lo siento, soy un ignorante que no habla francés.
Aclarado éste punto de porque contesto en español paso a responder a la consulta.
En primer lugar, como dice hay errores, (subsanables), en el cto, nada serio, aclaración de la falta de periodo de prueba, el concepto de salario adaptado a la jornada, aunque lo dice con posterioridad...bueno como digo esto en mi opinión carece de importancia y es subsanable pero entremos en el fondo de la cuestión.
En mi opinión ese despido que se pretende imponer como disciplinario procedente me da que como poco sea improcedente, verá comentan varias irregularidades de la trabajadora, (desde el 22/08 al 14/09), no sé cómo se pueden cometer tantas irregularidades, la verdad, no creo que le interese mucho el trabajo, sin embargo, ustedes ni le han pedido justificante de esas citas al médico, ni ha sido apercibida de forma escrita de posibles sanciones por todas y cada una de esas irregularidades por lo que si ahora proceden a un despido disciplinario y ella les demanda conseguirá un improcedente, (yo de ustedes reconocería inmediatamente el improcedente, total la indemnización, viendo la antigüedad, sería más bien escasa), por otra parte, podría demandarles y conseguir un despi de o nulo, lo que por un lado conlleva que el tiempo hasta el juicio serían salarios de trámite y encima conseguiría un despido nulo, que conlleva readmision, en qué me baso para que consiga la nulidad, pues simplemente en el dcho tuitario, éste dcho, dada la condición de superioridad de la empresa sobre el trabajador, defiende a éste para que ese cto tenga atisbos de igualdad. Con esto quiero decir, que como ha dicho usted, la inspección les dice que por el mero hecho de negarse a fichar ya podrían despedirla, esto si bien es cierto dada la obligación de la empresa de llevar un registro de la jornada del trabajador, no es menos cierto que este fichaje se pretende que sea bajándose a su teléfono propio una app, está cláusula impuesta en el convenio sería una cláusula abusiva, ya que de exigir ese fichaje por ese medio quién debe aportar el móvil y el pago de la línea sería la empresa, respecto al vehículo, nuevamente es una cláusula abusiva ya que la empresa no puede, (por mucho que las empresas se empeñen), exigir al trabajador que tenga un vehículo determinado para realizar su trabajo, "ya pero lo firman en el cto", aquí es donde interviene el dcho tuitario, el trabajador, a la hora de firmar el cto, no está en igualdad ante la empresa, el trabajador quiere trabajar y la empresa impone unas cláusulas excesivas y abusivas que el trabajador acepta porque lo que quiere es trabajar y por eso firma y aquí, como digo interviene el dcho tuitario para hacer que la firma de ese cto tenga visos de igualdad, por lo que si la despiden, denuncia esas cláusulas abusivas del cto conseguiría,(probablemente) un despido discriminatorio y por tanto nulo, con lo que conseguirían una trabajadora a tiempo completo e indefinida y que luego, en el futuro, si persiguen despedirla podrá impugnar esos despidos o posibles sanciones alegando persecución por haber sido despedida y conseguir un nulo.
smo
14/09/2023 14:17
Bonjour
Comment contester des sanctions disciplinaires excessives. Depuis aot
2 jours de mise à pieds pour tre repartie à la maison sans passer au docteur
Ensuite 7 jours pour erreurs sur le logiciel, concernant une estimation d électricité
Et enfin, pour avoir crié sur l'ascenseur qui ne marche jamais et avoir traumatisé la personne à l'intérieur qui ne comprends pas ma langue et qui oui à pu croire que je criais sur elle...30 jours
Peut-on mettre 39 jours de mise à pieds en 1 mois et 10 jours ???
Merci de m'éclairer
27/09/2022 19:29
icame
Comentan en Inspección de Trabajo, que el simple hecho de negarse a fichar la trabajadora es motivo suficiente de despido disciplinario.

Yo consideraba que no lo era.
Despido disciplinario y contrato con errores
24/09/2022 09:53
El 3 de agosto de 2022, se contrata a una trabajadora una empresa dedicada al planchado domiciliario (no hay convenio) se requería vehículo propio, por error en el contrato se anula el periodo de prueba, en el contrato se realiza por 36 horas semanales (de l a v), por un importe de 1500 €, pero en las cláusulas, se indica que la remuneración mensual ira en concordancia con las horas reales trabajadas, así mismo se obligaba a descargar una app en el teléfono para hacer los controles horarios (fichar), la app no tiene geolocalización.
La primera semana falto dos días a trabajar uno estando trabajando, dejo abandonado el material que era de la empresa , y se fue a urgencias porque había dormido mal y no se encontraba bien. Sin avisar a los dos días abandona el puesto de trabajo porque tenía que llevar al hijo al psicólogo. La segunda semana falta otro día sin avisar y dice que fue a una revisión médica.
La trabajadora se negó a bajarse la app y se negaba a fichar. La empresa se entera que el vehículo propio que utilizaba era una VPM (un patinete eléctrico), con el que se desplazaba por carreteras nacionales y locales.
La forma de trabajo no era la adecuada y varios clientes mostraron su malestar, y algunos rescindieron el contrato.
El día 24 de agosto, la empresa recibe la llamada de una clienta y dice que la trabajadora ha llegado a las 9:15 en lugar de las 9, que a las 9:35 se ha ido al mercadona a comprar algo que debia necesitar (productos y material los pone la empresa y son profesionales), que llegó a las 10, y que a las 10:05 dejo todo en la casa de la clienta y le dijo que se iba al medico que le dolia la espalda.
La empresa le pregunta que pasaba a la trabajadora y dice que ha sufrido un accidente laboral, que se ha agachado y le ha dado lumbago.
La empresa la despide con fecha 24 de agosto, el motivo del despido es disciplinario por no fichar, por retrasos, por ausencias, y por motivos económicos al darse de baja los contratos de varios clientes.
Con fecha 14 de septiembre presenta acto de conciliación reclamando despido improcedente, aportando el contrato de forma parcial, las clausulas no las aporta, se opone a fichar manifestando que no es obligatorio si no le facilita la empresa un dispositivo, y alega que gracias a su gran trabajo y dedicación la empresa tiene nuevos clientes.

Con fecha 22 de septiembre presenta reclamación de cantidades, aportando el contrato parcial sin las condiciones, donde reconoce que no tenia coche, habiendo trabajado 62 horas en los 21 dias, reclama la totalidad de horas (ignorando la clausula firmada de cobro por horas efectivas trabajadas), reclama plus de transporte (el que cobran las compañeras por km), y el preaviso de 15 dias.

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