Mire poniendo en internet calculo de antigüedad en casos de concatenación e ctos le saldrán varios documentos de interés que se basan en el art 15 ET en concreto el 15.5 ET, por ej este comentario de una sta: Sucesión de contratos temporales y cómputo de antigüedad
¿Cto de formación 2 años y posterior cto en prácticas? supongo que seria por una titulación por ej una FP sino seria un cto en fraude de ley. Entiendo que usted representa al trabajador, como sabrá si no hay cortes superiores a 20 días, (y aun habiéndolos), esta lo que se llama concatenación contractual por lo tanto la fecha para el calculo de la indemnización debe ser la del 2014. SMO
Un trabajador entra a trabajar día 3-6-2014 en una empresa con un Contrato de Formación que le dura hasta 2-6-2016, posteriormente sin solución de continuidad le hacen un CONTRATO EN PRACTICAS el día 4-6-2016, posteriormente en fecha 23-01-2017 le hacen Indefinido. En la Nomina consta como categoría profesional Oficial AD, y una antigüedad de 04-06-2016. La empresa se dedica a Telefonía Móvil. Ahora le han anunciado que la despedirán a finales de Agosto/2017, y quisiéramos saber que fecha tendríamos que poner para calcular la indemnización por despido, si la que pone la nomina -04-06-2016, o la fecha de entrada a trabajar en le empresa, 03-06-2014. Muchas gracias