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Despido en empresa filial por cese de actividad

1 Comentarios
 
Despido en empresa filial por cese de actividad
01/02/2018 14:22
Buenas tardes, a continuación les relato mi caso.

Actualmente trabajo en una empresa filial cuyo cese de actividad se llevará a cabo el próximo 1 de agosto.

Esta empresa filial en la que estoy, tiene domicilio en España, mientras que la empresa matriz con la que trabajamos y mantenemos contacto directo, está en Estados Unidos.

Está previsto que vayamos gradualmente disminuyendo nuestra actividad comercial (de hecho, ya hemos comenzado) hasta el 1 de agosto, día en que TODOS nuestros clientes serán absorbidos por la empresa madre desde USA. (Con esto quiero dar a entender que el cierre de la empresa es irrevocable.)

El jefe ya nos ha comunicado que se nos pagará la indemnización correspondiente por el despido que proceda en este caso (únicamente somos dos trabajadores, yo mozo de almacén y otro chico, administrativo, junto con el jefe), además de un plus de 2000 € concedido por la empresa matriz en un gesto de aparentemente, buena voluntad, y todo dicho mediante comunicación verbal, sin haber nosotros firmado ningún tipo de documento aún.

Esto, aparte de tenernos un poco "mosqueados", nos hace preguntarnos si quizás no se nos estará en cierta manera "comprando" por algún tipo de propósito; debido a que el cese de actividad se da sólo en la empresa filial, pero ni mucho menos porque la empresa vaya mal. La actividad va a seguir en la empresa matriz, y todo se hace para reducir gastos y maximizar los beneficios con un cambio de negocio.

En mi caso, el 1 de agosto cumpliré 3 años y medio en la empresa.

¿A qué tipo de despido nos enfrentamos? ¿Cuánto me correspondería cobrar como indemnización según la ley vigente?

Tengo un salario bruto mensual de 1.072 €, las pagas extras están prorrateadas y gozamos de una semana de vacaciones cada 3 meses.

Si necesitan más datos, con gusto los aportaré.

Gracias por anticipado.
01/02/2018 16:30
Sergiomm
Legalmente lo que va a hacer la empresa es legítimo ya que ustedes están contratados a través de una sociedad en España, aunque la central de la empresa esté en USA. Es decir que a efectos legales son empleados de XXXXX SL no de la empresa matriz.

La indemnización por despido por cese de actividad es de 20 días por año trabajado. Además de la parte proporcional de las pagas extra y las vacaciones no disfrutadas.

Los 2000€ no se bajo qué concepto irán, pero deberían ir aparte de la indemnización correspondiente.
Despido en empresa filial por cese de actividad | PorticoLegal
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Despido en empresa filial por cese de actividad

1 Comentarios
 
Despido en empresa filial por cese de actividad
01/02/2018 14:22
Buenas tardes, a continuación les relato mi caso.

Actualmente trabajo en una empresa filial cuyo cese de actividad se llevará a cabo el próximo 1 de agosto.

Esta empresa filial en la que estoy, tiene domicilio en España, mientras que la empresa matriz con la que trabajamos y mantenemos contacto directo, está en Estados Unidos.

Está previsto que vayamos gradualmente disminuyendo nuestra actividad comercial (de hecho, ya hemos comenzado) hasta el 1 de agosto, día en que TODOS nuestros clientes serán absorbidos por la empresa madre desde USA. (Con esto quiero dar a entender que el cierre de la empresa es irrevocable.)

El jefe ya nos ha comunicado que se nos pagará la indemnización correspondiente por el despido que proceda en este caso (únicamente somos dos trabajadores, yo mozo de almacén y otro chico, administrativo, junto con el jefe), además de un plus de 2000 € concedido por la empresa matriz en un gesto de aparentemente, buena voluntad, y todo dicho mediante comunicación verbal, sin haber nosotros firmado ningún tipo de documento aún.

Esto, aparte de tenernos un poco "mosqueados", nos hace preguntarnos si quizás no se nos estará en cierta manera "comprando" por algún tipo de propósito; debido a que el cese de actividad se da sólo en la empresa filial, pero ni mucho menos porque la empresa vaya mal. La actividad va a seguir en la empresa matriz, y todo se hace para reducir gastos y maximizar los beneficios con un cambio de negocio.

En mi caso, el 1 de agosto cumpliré 3 años y medio en la empresa.

¿A qué tipo de despido nos enfrentamos? ¿Cuánto me correspondería cobrar como indemnización según la ley vigente?

Tengo un salario bruto mensual de 1.072 €, las pagas extras están prorrateadas y gozamos de una semana de vacaciones cada 3 meses.

Si necesitan más datos, con gusto los aportaré.

Gracias por anticipado.
01/02/2018 16:30
Sergiomm
Legalmente lo que va a hacer la empresa es legítimo ya que ustedes están contratados a través de una sociedad en España, aunque la central de la empresa esté en USA. Es decir que a efectos legales son empleados de XXXXX SL no de la empresa matriz.

La indemnización por despido por cese de actividad es de 20 días por año trabajado. Además de la parte proporcional de las pagas extra y las vacaciones no disfrutadas.

Los 2000€ no se bajo qué concepto irán, pero deberían ir aparte de la indemnización correspondiente.