Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Despido en situación de it por enfermedad común

18 Comentarios
 
22/03/2023 23:47
Jmvl
Si llegases a ir a juicio y lo declararán nulo (que lo es) les hubieras sacado bastante más, ya que con lo que están tardando en salir los juicios, tendrían que pagarte un montón de meses de salarios de tramitación, es decir, si por poner un ejemplo, el juicio tarda 1 año en salir y el juez lo declara nulo, tendrían que pagarte ese año de salarios como si hubieses estafó trabajando y aparte de esto, tendrían que readmitir en tu puesto de trabajo con las mismas condiciones que tenías antes de despedirte. En mi opinión, poco les has costado.
Un saludo
06/03/2023 23:14
Jmvl
Buenas,
Me alegro que al final se acercaran a sus pretensiones, aquí se tiende mucho a la generalización de los despidos, que efectivamente por ley están tasados, eso no tiene duda.
Pero luego si denuncias hay muchísimos factores que hay que considerar, de todo tipo.
Mira yo tengo un amigo que en su empresa hicieron un despido objetivo, con el en total echaron a 13 trabajadores. Los otros 12 se comieron la indemnización de 20 días por año y el no lo acepto, denuncio y le saco una cantidad impensable a la empresa sin llegar a juicio porque la empresa se acojono (perdón por la expresión) cuando vio lo que este sabia y podía contar sobre la misma.
Cada despido es un mundo, la diferencia es hasta donde estamos dispuestos a llegar..........
06/03/2023 16:20
Hoy se ha resuelto en el SMAC y si parece que los despidos estando de baja pasan a ser complicados, en la negociacion le sacamos casi tres meses de salario para cerrar el acuerdo, sin contar el finiquito, gracias Batboy al final si parece ser que estaba bastante clara la nulidad por despedirte estando de baja.
3 meses de salario con 4 meses de antiguedad, ni tan mal.
07/02/2023 19:53
Lo siento, esto no son las películas americanas y puede pedir la luna si así lo desea, dudo mucho que los abogados del empresario tengan miedo de que pueda salir despido nulo así que si en conciliación piensa que va a conseguir algo de la negociación me temo que se llevará usted un disgusto.
smo
07/02/2023 17:33
Que lleve 4 meses en la empresa no quiere decir que solo tenga 4 meses cotizados.
Lo de que piense que me van a dar la luna no sé a que viene.
Lo de los 33 días ya lo sé.
Yo preguntaba que pedir por retirar la demanda de nulidad, que digo yo que el empresario tambien contemplará la posibilidad que dentro de 6 meses me tenga que readmitir y si lo declaran nulo por discriminación tendrá que pagar daños morales, está bastante claro lo que preguntaba, pero me parece que usted debe andar por la luna cuando lee.
Gracias y un saludo.
07/02/2023 16:57
En ppio no sé cómo es que entendí que lleva usted solamente 4 meses en la empresa pero en definitiva nos dijo usted que lleva menos de un año por lo que no tendría prestación por desempleo.
En cuyo caso, no se haga usted muchas ilusiones, la indemnización por despido improcedente son 33 días/año trabajado, así que poco más de un mes de salario, luego estaría el finiquito, (si no lo ha cobrado), éste se compone de salario del último mes trabajado más prorrata pagas extra, (si no las percibe prorrateadas) y por último, si tiene vacaciones por disfrutar tendrían que abonarle estás.
En cuanto a ir por la nulidad es normal que lo pidan por si suena la flauta pero directamente irán a por la improcedencia, (y esto está ganado), si en conciliación acuerdan cobrará más o menos unos dos meses de salario, (caso de que le deban el finiquito), si va por la nulidad, si el juez la concede y dependiendo del tiempo que tarde en salir el juicio, si sale nulo tendrán que readmitirla y pagarle los salarios de trámite, esto es un salario mensual desde el mismo día del despido hasta la fecha del juicio, lo dudo mucho.
En definitiva, dice usted que piensa que los abogados del sindicato no van a calcular bien la indemnización, no es tal cosa, es que piensa usted que le van a dar la luna y me temo que no sabe que las indemnizaciones en el ámbito laboral están tasadas de antemano.
smo
07/02/2023 08:44
Hola a todos otra vez.
Ya se está preparando la demanda y si vamos a pedir la nulidad.
El profesional que me lleva el caso me dice que no procede indemnización por daños morales, es de un sinficato y está por pactar. Me dice que el improcedente está ganado.
Lo que a mi me choca es que leyendo en internet pone que si se declara nulo siempre procede indemnización por der discriminatorio.
En caso de pacto en el SMAC y teniendo en cuenta que el juicio puede tardar meses en salir, lo que va a elevar la posible factura al
empresario, que calculo debería hacer yo para calcular la cifra que debería pedir en el SMAC para no quedarme corto ni pasarme tres pueblos.
No se lo pregunto al profesional que me lleva el caso porque al estar por pactar, creo que van de trabajo hasta arriba, va a tirar por lo bajo.
Si alguien tiene experiencia o conocimiento en este tipo de negociaciones se agradece la información.
Gracias.
02/02/2023 21:37
Ya me enviaron la documentación por email,
El lunes próximo tengo cita en un sindicato, ya os iré contando.
02/02/2023 13:03
Yo de usted no perdería el tiempo en pedir que se lo envíen a casa e iría a la empresa por dicha documentación porque si va a reclamar la improcedencia, ( o ver la posibilidad de despido nulo), tiene usted un 0maxo de 20 días desde que recibe el burofax.
02/02/2023 12:56
Ya me llegó el burofax con el despido, y me dicen que tengo la documentación a mi disposición en las oficinas de la empresa, al estar de baja tengo que ir a buscarlas o me la tienen que facilitar por otros medios.
Me dicen que está el certificado de empresa necesario para pedir el pago directo a la mutua.
Gracias.
28/01/2023 22:47
Cómo si alegan lelojes, la empresa en la carta de despido, (el despido no es más que la más grave de las sanciones), pone lo que le dé la real gana para que no pueda producirse indefensión, está claro que el despido es porque está usted de IT, y como lleva en la empresa 4 meses lessale más barato pagar la indemnización que seguir pagando las cotizaciones a la Seg Soc por usted, no hay más trampa ni cartón, no tiene nada que ver con si usted es buen o mal trabajador, usted alego o no seguirá siendo despedido y tendrá que i.pugnar el mismo para que le reconozcan un improcedente y así tener indemnización, (con 4 meses le corresponde 1/3 de la indemnización anual de 33 días/año, por tanto 11 días), acuda a un sindicato o abogado para que le lleven la demanda.
27/01/2023 23:48
Jmvl
Buenas

https://www.cuestioneslaborales.es/impugnar-una-sancion-laboral/
27/01/2023 18:54
Alegan tres puntos en la propuesta de sanción, nada concreto, tipo falta de interés y de actitud y que no tengo las características adecuadas para el puesto desde el comienzo de la relación laboral hace 4 meses, es que de la manera que esta redactado no sé ni que alegar, lo único decirles que yo sí le puse interés.
Casi prefiero no alegar pero Batboy me dice que es obligatorio y Jamgrrhh me dice que no, entiendo que comprendais que me gustaría salir de dudas.
Gracias por las respuestas.
27/01/2023 18:43
Puede usted alegar o no, en cuanto le despidan tiene usted un plazo de 20 días para impugnar ese despido, en cuanto a ese despido ellos pretenden que sea un despido disciplinario argumentando bajo rendimiento, al ser un despido disciplinario no tendría usted dcho a indemnización pero si usted impugna el mismo conseguirá al menos la improcedencia, el bajo rendimiento es indemostrable y por otra parte, como va a ser bajo rendimiento si está usted de baja...
smo
27/01/2023 17:54
Entiendo por tu respuesta que si no alego ya no tendria derecho a recurrir judicialmente, ya que al no alegar estaría reconociendo los hechos.
Para alegar sirve la cuenta de correo electrónico de la empresa a la cual les estoy enviando los partes de baja o tendría que ser algo más serio.
Se agradecen opiniones porque tengo de plazo hasta el martes.
27/01/2023 13:02
Jmvl
Buenas, siempre se debe alegar, porque en definitiva es hacer uso del derecho a tu propia defensa, ante hechos o acusaciones en el ámbito laboral, lo contrario es aceptar que todo lo que la empresa relata en la carta o burofax, es cierto. Y luego, lógicamente, impugnarlo judicialmente, si lo consideras oportuno. Pienso que a la larga, es mucho más productiva o beneficiosa para nuestros intereses, la conducta de trabajador proactivo, en el aspecto de defensa de nuestros derechos, que agachar la cabeza y aceptar las sanciones de la empresa, que luego puedo utilizar para ejecutar un despido con avales, porque no se recurre, por parte de la persona trabajadora, ninguna de las sanciones. La lista del paro, está llena de parados de larga duración, que no quisieron o no supieron defenderse de despidos surrealistas, o sanciones sobre hechos subjetivos e incluso inventados, de sus respectivas ex-empresas.
26/01/2023 15:15
Me llegó hoy el burofax y me comunican que tengo falta de actitud y interés y que no desarrollo los trabajos encomendados en general y que tengo tres días para presentra alegaciones por por artículo, X, del convenio y que es una falta muy grave y que transcurridos los tres días laborables me comunicaran la sanción.
La duda que yo tengo es si estoy obligado a alegar y si no alego puede ser que esté reconociendo los hechos o me espero a la sanción y despues demando.
Recordad que esto me llega cuando ya llevo de baja diez días.
Se agradecería orientación.
Gracias y un saludo.
25/01/2023 18:33
Jmvl
Buenas, tendría que pedir el pago en el INSS o la Mutua según quién esté gestionando el pago de su baja, seguiría cobrando el importe que corresponde a su baja o que viene cobrando hasta el alta médica, y entiendo que dicho periodo será descontado de su subsidio de desempleo, tal como ocurre con la prestación contributiva. Respecto al despido en baja voluntaria, le cito textualmente una frase "el trabajador puede ser despedido estando de baja pero NUNCA por estar de baja", tiene que haber una razón recogida en la ley para dicho despido, siempre que haya razones de peso que lo justifique, ya nos contará qué se sacan de la chistera, porque evidentemente aunque fuera la baja el motivo del despido, no lo van a reconocer, y se inventarán las más sorprendentes razones.Toca hacer números y analizar la viabilidad de la reclamación, por supuesto si la empresa no acredita la razón del despido, es despido nulo, por motivos discriminatorios (de salud), y por tanto tendría derecho a reincorporarse y a cobrar los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la sentencia favorable de reincorporación, cantidad nada desdeñable teniendo en cuenta los plazos prolongados que manejan los juzgados.
Despido en situación de it por enfermedad común
24/01/2023 21:10
Hola.
Espero que alguien pueda aclararme unas dudas, me han comunicado el despido verbalmente hoy que llevo 9 días de baja, parece ser que mañana me llega el burofax con la carta de despido, ya se que hasta que os comente lo que pone la carta, no sé que inventarán, poco me podeis decir.
Mi duda es otra, yo no tengo derecho a paro por tener menos de un año cotizado.
En está situación, quién me paga y cuanto?.
Y cuando me den el alta sigo teniendo derecho al subsidio que me reconocieron en su momento, 18 meses, y me descontaran lo que consuma en situación de IT, o por ser subsidio no descuentan.
Disculpad por el tocho, ya se que es una pregunta muy concreta, espero que alguien pueda aclararme esa duda.
Y lo del despido estando de baja, tengo entendido que puede ser declarado nulo, pero ya seguiré cuando me llegue el motivo del despido y espero que me aconsejeis.
Gracias de antemano.
Un saludo.
Despido en situación de it por enfermedad común | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Despido en situación de it por enfermedad común

18 Comentarios
 
22/03/2023 23:47
Jmvl
Si llegases a ir a juicio y lo declararán nulo (que lo es) les hubieras sacado bastante más, ya que con lo que están tardando en salir los juicios, tendrían que pagarte un montón de meses de salarios de tramitación, es decir, si por poner un ejemplo, el juicio tarda 1 año en salir y el juez lo declara nulo, tendrían que pagarte ese año de salarios como si hubieses estafó trabajando y aparte de esto, tendrían que readmitir en tu puesto de trabajo con las mismas condiciones que tenías antes de despedirte. En mi opinión, poco les has costado.
Un saludo
06/03/2023 23:14
Jmvl
Buenas,
Me alegro que al final se acercaran a sus pretensiones, aquí se tiende mucho a la generalización de los despidos, que efectivamente por ley están tasados, eso no tiene duda.
Pero luego si denuncias hay muchísimos factores que hay que considerar, de todo tipo.
Mira yo tengo un amigo que en su empresa hicieron un despido objetivo, con el en total echaron a 13 trabajadores. Los otros 12 se comieron la indemnización de 20 días por año y el no lo acepto, denuncio y le saco una cantidad impensable a la empresa sin llegar a juicio porque la empresa se acojono (perdón por la expresión) cuando vio lo que este sabia y podía contar sobre la misma.
Cada despido es un mundo, la diferencia es hasta donde estamos dispuestos a llegar..........
06/03/2023 16:20
Hoy se ha resuelto en el SMAC y si parece que los despidos estando de baja pasan a ser complicados, en la negociacion le sacamos casi tres meses de salario para cerrar el acuerdo, sin contar el finiquito, gracias Batboy al final si parece ser que estaba bastante clara la nulidad por despedirte estando de baja.
3 meses de salario con 4 meses de antiguedad, ni tan mal.
07/02/2023 19:53
Lo siento, esto no son las películas americanas y puede pedir la luna si así lo desea, dudo mucho que los abogados del empresario tengan miedo de que pueda salir despido nulo así que si en conciliación piensa que va a conseguir algo de la negociación me temo que se llevará usted un disgusto.
smo
07/02/2023 17:33
Que lleve 4 meses en la empresa no quiere decir que solo tenga 4 meses cotizados.
Lo de que piense que me van a dar la luna no sé a que viene.
Lo de los 33 días ya lo sé.
Yo preguntaba que pedir por retirar la demanda de nulidad, que digo yo que el empresario tambien contemplará la posibilidad que dentro de 6 meses me tenga que readmitir y si lo declaran nulo por discriminación tendrá que pagar daños morales, está bastante claro lo que preguntaba, pero me parece que usted debe andar por la luna cuando lee.
Gracias y un saludo.
07/02/2023 16:57
En ppio no sé cómo es que entendí que lleva usted solamente 4 meses en la empresa pero en definitiva nos dijo usted que lleva menos de un año por lo que no tendría prestación por desempleo.
En cuyo caso, no se haga usted muchas ilusiones, la indemnización por despido improcedente son 33 días/año trabajado, así que poco más de un mes de salario, luego estaría el finiquito, (si no lo ha cobrado), éste se compone de salario del último mes trabajado más prorrata pagas extra, (si no las percibe prorrateadas) y por último, si tiene vacaciones por disfrutar tendrían que abonarle estás.
En cuanto a ir por la nulidad es normal que lo pidan por si suena la flauta pero directamente irán a por la improcedencia, (y esto está ganado), si en conciliación acuerdan cobrará más o menos unos dos meses de salario, (caso de que le deban el finiquito), si va por la nulidad, si el juez la concede y dependiendo del tiempo que tarde en salir el juicio, si sale nulo tendrán que readmitirla y pagarle los salarios de trámite, esto es un salario mensual desde el mismo día del despido hasta la fecha del juicio, lo dudo mucho.
En definitiva, dice usted que piensa que los abogados del sindicato no van a calcular bien la indemnización, no es tal cosa, es que piensa usted que le van a dar la luna y me temo que no sabe que las indemnizaciones en el ámbito laboral están tasadas de antemano.
smo
07/02/2023 08:44
Hola a todos otra vez.
Ya se está preparando la demanda y si vamos a pedir la nulidad.
El profesional que me lleva el caso me dice que no procede indemnización por daños morales, es de un sinficato y está por pactar. Me dice que el improcedente está ganado.
Lo que a mi me choca es que leyendo en internet pone que si se declara nulo siempre procede indemnización por der discriminatorio.
En caso de pacto en el SMAC y teniendo en cuenta que el juicio puede tardar meses en salir, lo que va a elevar la posible factura al
empresario, que calculo debería hacer yo para calcular la cifra que debería pedir en el SMAC para no quedarme corto ni pasarme tres pueblos.
No se lo pregunto al profesional que me lleva el caso porque al estar por pactar, creo que van de trabajo hasta arriba, va a tirar por lo bajo.
Si alguien tiene experiencia o conocimiento en este tipo de negociaciones se agradece la información.
Gracias.
02/02/2023 21:37
Ya me enviaron la documentación por email,
El lunes próximo tengo cita en un sindicato, ya os iré contando.
02/02/2023 13:03
Yo de usted no perdería el tiempo en pedir que se lo envíen a casa e iría a la empresa por dicha documentación porque si va a reclamar la improcedencia, ( o ver la posibilidad de despido nulo), tiene usted un 0maxo de 20 días desde que recibe el burofax.
02/02/2023 12:56
Ya me llegó el burofax con el despido, y me dicen que tengo la documentación a mi disposición en las oficinas de la empresa, al estar de baja tengo que ir a buscarlas o me la tienen que facilitar por otros medios.
Me dicen que está el certificado de empresa necesario para pedir el pago directo a la mutua.
Gracias.
28/01/2023 22:47
Cómo si alegan lelojes, la empresa en la carta de despido, (el despido no es más que la más grave de las sanciones), pone lo que le dé la real gana para que no pueda producirse indefensión, está claro que el despido es porque está usted de IT, y como lleva en la empresa 4 meses lessale más barato pagar la indemnización que seguir pagando las cotizaciones a la Seg Soc por usted, no hay más trampa ni cartón, no tiene nada que ver con si usted es buen o mal trabajador, usted alego o no seguirá siendo despedido y tendrá que i.pugnar el mismo para que le reconozcan un improcedente y así tener indemnización, (con 4 meses le corresponde 1/3 de la indemnización anual de 33 días/año, por tanto 11 días), acuda a un sindicato o abogado para que le lleven la demanda.
27/01/2023 23:48
Jmvl
Buenas

https://www.cuestioneslaborales.es/impugnar-una-sancion-laboral/
27/01/2023 18:54
Alegan tres puntos en la propuesta de sanción, nada concreto, tipo falta de interés y de actitud y que no tengo las características adecuadas para el puesto desde el comienzo de la relación laboral hace 4 meses, es que de la manera que esta redactado no sé ni que alegar, lo único decirles que yo sí le puse interés.
Casi prefiero no alegar pero Batboy me dice que es obligatorio y Jamgrrhh me dice que no, entiendo que comprendais que me gustaría salir de dudas.
Gracias por las respuestas.
27/01/2023 18:43
Puede usted alegar o no, en cuanto le despidan tiene usted un plazo de 20 días para impugnar ese despido, en cuanto a ese despido ellos pretenden que sea un despido disciplinario argumentando bajo rendimiento, al ser un despido disciplinario no tendría usted dcho a indemnización pero si usted impugna el mismo conseguirá al menos la improcedencia, el bajo rendimiento es indemostrable y por otra parte, como va a ser bajo rendimiento si está usted de baja...
smo
27/01/2023 17:54
Entiendo por tu respuesta que si no alego ya no tendria derecho a recurrir judicialmente, ya que al no alegar estaría reconociendo los hechos.
Para alegar sirve la cuenta de correo electrónico de la empresa a la cual les estoy enviando los partes de baja o tendría que ser algo más serio.
Se agradecen opiniones porque tengo de plazo hasta el martes.
27/01/2023 13:02
Jmvl
Buenas, siempre se debe alegar, porque en definitiva es hacer uso del derecho a tu propia defensa, ante hechos o acusaciones en el ámbito laboral, lo contrario es aceptar que todo lo que la empresa relata en la carta o burofax, es cierto. Y luego, lógicamente, impugnarlo judicialmente, si lo consideras oportuno. Pienso que a la larga, es mucho más productiva o beneficiosa para nuestros intereses, la conducta de trabajador proactivo, en el aspecto de defensa de nuestros derechos, que agachar la cabeza y aceptar las sanciones de la empresa, que luego puedo utilizar para ejecutar un despido con avales, porque no se recurre, por parte de la persona trabajadora, ninguna de las sanciones. La lista del paro, está llena de parados de larga duración, que no quisieron o no supieron defenderse de despidos surrealistas, o sanciones sobre hechos subjetivos e incluso inventados, de sus respectivas ex-empresas.
26/01/2023 15:15
Me llegó hoy el burofax y me comunican que tengo falta de actitud y interés y que no desarrollo los trabajos encomendados en general y que tengo tres días para presentra alegaciones por por artículo, X, del convenio y que es una falta muy grave y que transcurridos los tres días laborables me comunicaran la sanción.
La duda que yo tengo es si estoy obligado a alegar y si no alego puede ser que esté reconociendo los hechos o me espero a la sanción y despues demando.
Recordad que esto me llega cuando ya llevo de baja diez días.
Se agradecería orientación.
Gracias y un saludo.
25/01/2023 18:33
Jmvl
Buenas, tendría que pedir el pago en el INSS o la Mutua según quién esté gestionando el pago de su baja, seguiría cobrando el importe que corresponde a su baja o que viene cobrando hasta el alta médica, y entiendo que dicho periodo será descontado de su subsidio de desempleo, tal como ocurre con la prestación contributiva. Respecto al despido en baja voluntaria, le cito textualmente una frase "el trabajador puede ser despedido estando de baja pero NUNCA por estar de baja", tiene que haber una razón recogida en la ley para dicho despido, siempre que haya razones de peso que lo justifique, ya nos contará qué se sacan de la chistera, porque evidentemente aunque fuera la baja el motivo del despido, no lo van a reconocer, y se inventarán las más sorprendentes razones.Toca hacer números y analizar la viabilidad de la reclamación, por supuesto si la empresa no acredita la razón del despido, es despido nulo, por motivos discriminatorios (de salud), y por tanto tendría derecho a reincorporarse y a cobrar los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la sentencia favorable de reincorporación, cantidad nada desdeñable teniendo en cuenta los plazos prolongados que manejan los juzgados.
Despido en situación de it por enfermedad común
24/01/2023 21:10
Hola.
Espero que alguien pueda aclararme unas dudas, me han comunicado el despido verbalmente hoy que llevo 9 días de baja, parece ser que mañana me llega el burofax con la carta de despido, ya se que hasta que os comente lo que pone la carta, no sé que inventarán, poco me podeis decir.
Mi duda es otra, yo no tengo derecho a paro por tener menos de un año cotizado.
En está situación, quién me paga y cuanto?.
Y cuando me den el alta sigo teniendo derecho al subsidio que me reconocieron en su momento, 18 meses, y me descontaran lo que consuma en situación de IT, o por ser subsidio no descuentan.
Disculpad por el tocho, ya se que es una pregunta muy concreta, espero que alguien pueda aclararme esa duda.
Y lo del despido estando de baja, tengo entendido que puede ser declarado nulo, pero ya seguiré cuando me llegue el motivo del despido y espero que me aconsejeis.
Gracias de antemano.
Un saludo.