Hoy nos han informado que nuestro jefe esta a punto de fallecer y que nos planteemos un futuro laboral fuera de esta empresa.
Estoy un poco perdida en estos temas. Podeis ayudarme a saber que indemnización, despido, etc. nos van a dar? Que tipo de despido es?
yo llevo 6 años en esta empresa que por cierto es una S.L.
Gracias
Siento informarte que no se trata de ningún despido, por lo que no hay indennización.
Se trata de una de las condiciones legales para la extinción de la relación laboral. el fallecimiento de la figura del empresario.
Pero si un familiar de esta persona continuara con el trabajo, se daría una subrogación empresarial y tendría que manteneros como trabajadores, con todos los derechos.
El despido por muerte del empresario es una causa valida de despido reconocida en el articulo 49 del Estatuto de los Trabajadores. Exactamente lo que dice és lo siguiente:
g) Por muerte, jubilación en los casos previstos en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, o
incapacidad del empresario, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 44 , o por extinción de la personalidad jurídica del contratante.
En los casos de muerte, jubilación o incapacidad del empresario, el trabajador tendrá derecho al abono de una cantidad equivalente a un mes de salario.
Perdonad, pero discrepo. Las sociedades no mueren. La muerte de uno de los socios no extingue el contrato de trabajo. La Sociedad seguirá "viva" salvo que sea causa de extinción de la misma (recogida en estatutos) la muerte de alguno/s socio/s. Y en ese caso, al extinguirse la sociedad, tendrán que hacer despidos por causas objetivas. Vaya a ver a un abogado o graduado social. Y, si es posible, explíquele bien, cuál es la composición de la sociedad (socios, distribución del capital social...., en fin, todo lo que sepa o pueda indagar)
Bueno la sociedad es de mi jefe como administrador y su mujer como socia. Por lo que la sociedad a la hora de despedirnos en principio no estaria disuelta. No se si esto canvia algo. Ya me direis. Gracias por las respuestas.
Coincido con pacog,el tema de la extincion es para sociedades UNIPERSONALES,por lo que dices su mujer es socia por lo cual podriamos estar ante una SL o similar...consultalo pues podria operar el despido por causas objetivas por disolucion de la empresa (si no es unipersonal) con 20 dias de indemnizacion por año de servicio con maximo de una anualidad.
Bueno ya se más se trata de una SL, 90% fallecido, 10% mujer socia. Ya me direis que tipo de despido es y os puedo asegurar que la empresa es solvente, llevo yo la contabilidad. Saludos.