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Despido improcedente y nuevo despido

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Despido improcedente y nuevo despido
21/05/2009 16:46
Me despidieron de mi empresa en febrero, fue un despido disciplinario y al no estar de acuerdo les demande, entre los motivos de la demanda esta que hicieron mal el tramite de audiencia previa a mi delegado sindical. Total que tras la conciliacion en la que no llegamos a ningun acuerdo se marco la fecha del juicio a mediados de Mayo. El mismo día del juicio nada mas entrar reconocieron que el despido era improcedente por falta de forma y que me readmitian, pagandome los salarios dejados de percibir desde el despido hasta el día de la reincorporación, mi abogado le pidio al juez que dictara sentencia pero se nego. El abogado de la empresa le dijo al mio que pensaban despedirme con la misma carta de despido segun me reincorporara pero esta vez haciendo bien el tramite de audiencia previa.
Mi pregunta es:
pueden hacerlo? He estado mirando la ley y en el articulo 55.2 del ET, dice que tienen 20 dias desde el despido para subsanar los defectos de forma y el otro articulo del 110.4 del LPL, dice que en caso de defecto de forma pueden proceder a despedirme en los 7 dias siguientes pero según creo entender siempre que haya una sentencia y en este caso no la ha habido, asi que no se a que atenerme.
La otra pregunta es, si me hacen un despido nuevo a partir de que dia se contaria la prescripcion de las faltas desde el primer despido o desde el nuevo ??
Como debo actuar ??
Gracias
Despido improcedente y nuevo despido | PorticoLegal
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Despido improcedente y nuevo despido
21/05/2009 16:46
Me despidieron de mi empresa en febrero, fue un despido disciplinario y al no estar de acuerdo les demande, entre los motivos de la demanda esta que hicieron mal el tramite de audiencia previa a mi delegado sindical. Total que tras la conciliacion en la que no llegamos a ningun acuerdo se marco la fecha del juicio a mediados de Mayo. El mismo día del juicio nada mas entrar reconocieron que el despido era improcedente por falta de forma y que me readmitian, pagandome los salarios dejados de percibir desde el despido hasta el día de la reincorporación, mi abogado le pidio al juez que dictara sentencia pero se nego. El abogado de la empresa le dijo al mio que pensaban despedirme con la misma carta de despido segun me reincorporara pero esta vez haciendo bien el tramite de audiencia previa.
Mi pregunta es:
pueden hacerlo? He estado mirando la ley y en el articulo 55.2 del ET, dice que tienen 20 dias desde el despido para subsanar los defectos de forma y el otro articulo del 110.4 del LPL, dice que en caso de defecto de forma pueden proceder a despedirme en los 7 dias siguientes pero según creo entender siempre que haya una sentencia y en este caso no la ha habido, asi que no se a que atenerme.
La otra pregunta es, si me hacen un despido nuevo a partir de que dia se contaria la prescripcion de las faltas desde el primer despido o desde el nuevo ??
Como debo actuar ??
Gracias