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¿Despido improcedente?

4 Comentarios
 
¿despido improcedente?
27/01/2020 23:25
Buenas noches, llevo un año y seis meses trabajando en una empresa en la que mi jefe me humilla, me dice todos los días que soy una inútil y me chilla.
El jueves se ve que mi mente no pudo más y me dio una crisis de ansiedad que me tuvieron que llevar a urgencias y me dieron la baja hasta el 11 de febrero.
Hoy me comunican con una carta que se me va a despedir el 11 de febrero por estas causas: diferencia de caracteres irreconciliables que repercuten negativamente en el trabajo,.
Me parece muy fuerte después de todo lo que me ha echo.
Que si, que en fondo me hace un favor, porque tengo que salir de ahí porque mi salud ya está en juego.
Pero mi situación es bastante precaria entonces mi pregunta es : es un despido improcedente o pretende que no lo sea y pagarme menos indemnización, lo digo, por si me pagará 33 días por año o no.
Y decirme si tengo la obligación de devolverle esa carta firmada o no porque encima me mete prisa para que se la devuelva firmada.
No entiendo porque me avisa de que me va a echar el 11, cuando me podía despedir ese mismo día cuando me dieran el alta.
O quiere asegurarse que estaré de alta ese dia porque así no será despido improcedente.
Por favor ayudarme, no tengo forma de estar asesorada, sabe que no tengo medios para pagar un abogado y él tiene mucho dinero e intuyo que me quiere hacer una trampa pero no sé por donde va.
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Buenas noches.
28/01/2020 08:03
MARISA1972
Si la única causa de despido alegada en la carta es "diferencia de caracteres irreconciliables que repercuten negativamente en el trabajo", el despido es improcedente. Eso sí, para ello tendrá que interponer demanda, y, aunque en el orden social no es preceptiva la intervención de abogado, le aconsejo que busque uno. Si no tiene medios, solicite uno de oficio y justicia gratuita.
28/01/2020 08:52
pacog
Gracias, me quiere decir que si firmo esa carta estoy aceptando que no es un despido procedente y si no la firmo tampoco es improcedente mientras no me meta en abogados
30/01/2020 13:59
MARISA1972
Buenos días, el hecho de firmar una carta de despido sólo implica que a uno se le ha notificado esa carta, no que esté de acuerdo con ella. No obstante, lo habitual es que a la vez que se firma la carta se indique en el propio escrito "no conforme". En sí mismo eso no significa nada, si acaso un refuerzo psicológco del trabajador, porque si a esa firma en el plazo de 20 días no se interpone una reclamación es como si no hubiera hecho nada. En su caso, y con todas las cautelas que imponen la falta de información del contenido total del escrito, parece claro que el despido debería ser declarado improcedente, pero siempre que reclame.
Un saludo.
30/01/2020 16:38
MARISA1972
Voy a hacer un esfuerzo didáctico continuando con el post de jrsulon. Los despidos a priori, ni son procedentes, no son improcedentes. Quién determina la procedencia de un despido, es en primer lugar el propio trabajador: si no reclama contra la decisión empresarial, esta se convalida y se convierte en procedente.
Si ejerce su derecho a la tutela judicial, es decir, reclama contra la decisión empresarial, será un juez quién determine la procedencia o improcedencia del despido.
Añadir que la empresa NUNCA va a tener la potestad (según lo expuesto más arriba) de determinar la procedencia de un despido. En todo caso, podrá reconocer la improcedencia, desde que se comunica, hasta la celebración del juicio.
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¿despido improcedente?
27/01/2020 23:25
Buenas noches, llevo un año y seis meses trabajando en una empresa en la que mi jefe me humilla, me dice todos los días que soy una inútil y me chilla.
El jueves se ve que mi mente no pudo más y me dio una crisis de ansiedad que me tuvieron que llevar a urgencias y me dieron la baja hasta el 11 de febrero.
Hoy me comunican con una carta que se me va a despedir el 11 de febrero por estas causas: diferencia de caracteres irreconciliables que repercuten negativamente en el trabajo,.
Me parece muy fuerte después de todo lo que me ha echo.
Que si, que en fondo me hace un favor, porque tengo que salir de ahí porque mi salud ya está en juego.
Pero mi situación es bastante precaria entonces mi pregunta es : es un despido improcedente o pretende que no lo sea y pagarme menos indemnización, lo digo, por si me pagará 33 días por año o no.
Y decirme si tengo la obligación de devolverle esa carta firmada o no porque encima me mete prisa para que se la devuelva firmada.
No entiendo porque me avisa de que me va a echar el 11, cuando me podía despedir ese mismo día cuando me dieran el alta.
O quiere asegurarse que estaré de alta ese dia porque así no será despido improcedente.
Por favor ayudarme, no tengo forma de estar asesorada, sabe que no tengo medios para pagar un abogado y él tiene mucho dinero e intuyo que me quiere hacer una trampa pero no sé por donde va.
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Buenas noches.
28/01/2020 08:03
MARISA1972
Si la única causa de despido alegada en la carta es "diferencia de caracteres irreconciliables que repercuten negativamente en el trabajo", el despido es improcedente. Eso sí, para ello tendrá que interponer demanda, y, aunque en el orden social no es preceptiva la intervención de abogado, le aconsejo que busque uno. Si no tiene medios, solicite uno de oficio y justicia gratuita.
28/01/2020 08:52
pacog
Gracias, me quiere decir que si firmo esa carta estoy aceptando que no es un despido procedente y si no la firmo tampoco es improcedente mientras no me meta en abogados
30/01/2020 13:59
MARISA1972
Buenos días, el hecho de firmar una carta de despido sólo implica que a uno se le ha notificado esa carta, no que esté de acuerdo con ella. No obstante, lo habitual es que a la vez que se firma la carta se indique en el propio escrito "no conforme". En sí mismo eso no significa nada, si acaso un refuerzo psicológco del trabajador, porque si a esa firma en el plazo de 20 días no se interpone una reclamación es como si no hubiera hecho nada. En su caso, y con todas las cautelas que imponen la falta de información del contenido total del escrito, parece claro que el despido debería ser declarado improcedente, pero siempre que reclame.
Un saludo.
30/01/2020 16:38
MARISA1972
Voy a hacer un esfuerzo didáctico continuando con el post de jrsulon. Los despidos a priori, ni son procedentes, no son improcedentes. Quién determina la procedencia de un despido, es en primer lugar el propio trabajador: si no reclama contra la decisión empresarial, esta se convalida y se convierte en procedente.
Si ejerce su derecho a la tutela judicial, es decir, reclama contra la decisión empresarial, será un juez quién determine la procedencia o improcedencia del despido.
Añadir que la empresa NUNCA va a tener la potestad (según lo expuesto más arriba) de determinar la procedencia de un despido. En todo caso, podrá reconocer la improcedencia, desde que se comunica, hasta la celebración del juicio.