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Despido improcedente

2 Comentarios
 
Despido improcedente
16/06/2002 14:59
Hola,

Me gustaría comentar mi caso para que me deis vuestra opinión. Yo estaba trabajando para una empresa extrangera desde el pasado 23 de Abril. Como estaban todavía formalizando todo el papeleo no tenían cif y me dijeron que el contrato me lo harían más adelante.

El día 31 de mayo me dicen que no quieren contar más conmigo y cuando me pagan lo hacen como si fuera un autónomo. Voy a ir al acta de conciliación pero si no se arregla quiero ir a juicio ya que he estado sin seguridad social todo este tiempo y yo tengo por escrito en e-mail la propuesta de trabajo por parte de esta empresa. Tengo derecho a cobrar prestación por desempleo. Sería posible que ante el SMAC exiga la improcedencia del despido y que la empresa arreglase los papeles para que pudiera cobrar la prestación?. Lo digo porque ellos no me han dado de alta diciendo que les faltaba el cif. Gracias por vuestra ayuda. Saludos.
18/06/2002 03:22
hola:
mira, he leido tu caso, y creo que te puedo responder. tu empresa no te ha dado de alta en la saguridad social, incumpliendo así una de sus obligaciones. El artículo 125.3 de la ley general de la seg.social establece el alta de pleno derecho a efectos de desempleo, aunq. el empresario haya incumplido sus obligaciones de alta o de cotización. es decir, se te considera ese período como efectivamente cotizado, a efectos de obtener la prestación por desempleo, pero eso será siempre que hayas reunido con anterioridad el periodo decotización requerido, ya que si sólo has trabajado desde el 23 de abril, no tienes el periódo mínimo. Es decir, tienes que reunir 12 meses cotizados, contando lel tiempo que has estado en esta empresa sin contrato
20/06/2002 14:59
Yo no estoy muy puesto en la materia puesto no que no soy abogado pero actualmente estoy afrontando un despedio improcedente y me estoy informando sobre lo que hay que hacer. Por lo tanto te doy mi opinion si te puede servir de algo. No se si te habrán dado una carta de despido pero si es así, alí te explicaran los motivos de tu despido. Lo que debes hacer es firmar la carta de despedio y debajo de la firma poner no conforme. Una vez hecho esto tendras que solicitar un acto de conciliacion con la empresa en el cual si tu despido ha sido improcedente tendrías que llegar a un acuerdo económico entre la empresa y tu. En el caso de no llegar a un acuerdo con la empresa irías a juicio. El acto de conciliacion es gratuito pero si ya tienes que ir a juicio tendras que contratar un abogado. La forma que tienen de trabajar los abogados es cobrar un tanto por ciento de la indemnizacion qiue tu recibas.Si llegaras a demostrar que estuviste trabajando sin seguridad socila y demás.. a la empresa le meterán un buen paquete. Si no consigues indemnizacion al menos tendras ese consuelo. Espero que todo se solucione d ela manera mas favorable para ti. Un saludo y espero haberte sido de ayuda.
Despido improcedente | PorticoLegal
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Despido improcedente
16/06/2002 14:59
Hola,

Me gustaría comentar mi caso para que me deis vuestra opinión. Yo estaba trabajando para una empresa extrangera desde el pasado 23 de Abril. Como estaban todavía formalizando todo el papeleo no tenían cif y me dijeron que el contrato me lo harían más adelante.

El día 31 de mayo me dicen que no quieren contar más conmigo y cuando me pagan lo hacen como si fuera un autónomo. Voy a ir al acta de conciliación pero si no se arregla quiero ir a juicio ya que he estado sin seguridad social todo este tiempo y yo tengo por escrito en e-mail la propuesta de trabajo por parte de esta empresa. Tengo derecho a cobrar prestación por desempleo. Sería posible que ante el SMAC exiga la improcedencia del despido y que la empresa arreglase los papeles para que pudiera cobrar la prestación?. Lo digo porque ellos no me han dado de alta diciendo que les faltaba el cif. Gracias por vuestra ayuda. Saludos.
18/06/2002 03:22
hola:
mira, he leido tu caso, y creo que te puedo responder. tu empresa no te ha dado de alta en la saguridad social, incumpliendo así una de sus obligaciones. El artículo 125.3 de la ley general de la seg.social establece el alta de pleno derecho a efectos de desempleo, aunq. el empresario haya incumplido sus obligaciones de alta o de cotización. es decir, se te considera ese período como efectivamente cotizado, a efectos de obtener la prestación por desempleo, pero eso será siempre que hayas reunido con anterioridad el periodo decotización requerido, ya que si sólo has trabajado desde el 23 de abril, no tienes el periódo mínimo. Es decir, tienes que reunir 12 meses cotizados, contando lel tiempo que has estado en esta empresa sin contrato
20/06/2002 14:59
Yo no estoy muy puesto en la materia puesto no que no soy abogado pero actualmente estoy afrontando un despedio improcedente y me estoy informando sobre lo que hay que hacer. Por lo tanto te doy mi opinion si te puede servir de algo. No se si te habrán dado una carta de despido pero si es así, alí te explicaran los motivos de tu despido. Lo que debes hacer es firmar la carta de despedio y debajo de la firma poner no conforme. Una vez hecho esto tendras que solicitar un acto de conciliacion con la empresa en el cual si tu despido ha sido improcedente tendrías que llegar a un acuerdo económico entre la empresa y tu. En el caso de no llegar a un acuerdo con la empresa irías a juicio. El acto de conciliacion es gratuito pero si ya tienes que ir a juicio tendras que contratar un abogado. La forma que tienen de trabajar los abogados es cobrar un tanto por ciento de la indemnizacion qiue tu recibas.Si llegaras a demostrar que estuviste trabajando sin seguridad socila y demás.. a la empresa le meterán un buen paquete. Si no consigues indemnizacion al menos tendras ese consuelo. Espero que todo se solucione d ela manera mas favorable para ti. Un saludo y espero haberte sido de ayuda.