Muchas gracias pero otra pequeña consulta: el trabajador se da de alta en la empresa con fecha 05/10/2010 y baja con fecha 01/12/10, en caso que al final sea un despido disciplinario, para el cálculo de la indemización a que se refiere la Ley,se prorrateará por meses los períodos de tiempo inferiores a un año hasta un máximo de cuarenta y dos mensualidades, ¿ Como tendria que realizar el cálculo de la indemnización ya que este trababajador no lleva ni 2meses trabajados en la empresa?. Gracias
Depende del tipo de despido y del tipo de contrato.
- disciplinario: 45 días, sin preaviso. - Causas objetivas: 45 días, 15 días de preaviso. Si es un contrato para el fomento del empleo indefinido, 33 días.
En el caso de un trabajor que sdio de alta en la empresa con fecha 05/10/2010 y ahora el empresario decida despedirlo reconociendo la improcedencia del mismo ¿a cuanto ascendería la indemnización a 45 o 33 días de salario por año de servicio?. Gracias