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Despido inprocedente durante Accidente de Trabajo

3 Comentarios
 
Despido inprocedente durante accidente de trabajo
15/02/2003 16:30
Estando en situacion de fijo indefinido por encontrarse el contrato en fraude de ley, la empresa me despidio mientras me encontraba en situacion de I.T. en la actualidad la I.T. a sido calificada de Accidente de Trabajo, se puede inpugnar el despido y solicitar la readmiadmision.
15/02/2003 19:23
El despido de un trabajador tiene unos plazos establecidos para poder reclamar de 20 días hábiles, en caso de que tuvieras plazo para poder reclamar el despido puede ser calificado por el juez de improcedente. Pero es el empresario el que tiene la opción de readmitirte o de indemnizarte.
17/02/2003 05:30
Gracias por la respuesta, pero la cuestion fundamental es si puede ejercer el despido que ha reconocido como inprocedente en conciliacion ha pasado 9 meses pero la resolocion de la s.s. aun no es firme.
17/02/2003 09:40
El plazo establecido es de caducidad. Por lo tanto, una vez transcurrido el mismo sin haber ejercido acción ante el Juzgado de lo Social no se puede plantear ninguna acción. Además, si se ha aceptado la improcedencia del despido en conciliación tampoco cabe acción ya que para ello haría falta haber intentado la conciliación y no haber llegado a un acuerdo.
Despido inprocedente durante Accidente de Trabajo | PorticoLegal
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Despido inprocedente durante Accidente de Trabajo

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Despido inprocedente durante accidente de trabajo
15/02/2003 16:30
Estando en situacion de fijo indefinido por encontrarse el contrato en fraude de ley, la empresa me despidio mientras me encontraba en situacion de I.T. en la actualidad la I.T. a sido calificada de Accidente de Trabajo, se puede inpugnar el despido y solicitar la readmiadmision.
15/02/2003 19:23
El despido de un trabajador tiene unos plazos establecidos para poder reclamar de 20 días hábiles, en caso de que tuvieras plazo para poder reclamar el despido puede ser calificado por el juez de improcedente. Pero es el empresario el que tiene la opción de readmitirte o de indemnizarte.
17/02/2003 05:30
Gracias por la respuesta, pero la cuestion fundamental es si puede ejercer el despido que ha reconocido como inprocedente en conciliacion ha pasado 9 meses pero la resolocion de la s.s. aun no es firme.
17/02/2003 09:40
El plazo establecido es de caducidad. Por lo tanto, una vez transcurrido el mismo sin haber ejercido acción ante el Juzgado de lo Social no se puede plantear ninguna acción. Además, si se ha aceptado la improcedencia del despido en conciliación tampoco cabe acción ya que para ello haría falta haber intentado la conciliación y no haber llegado a un acuerdo.