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Despido libre

4 Comentarios
 
Despido libre
29/08/2014 11:25
Buenos días,

Tengo entendido que el despido en España es libre, pero a ver si alguien me lo pude aclarar porque tengo algunas dudas:

1-. Si el empresario despide sin causa, se entiende por despido improcedente?
2-. Realmente puede despidir improcedentemte un empresario, o lo ha de hacer un juez?
3-. Si el empresario puede despidir improcedentemente, que inemnización correspondería?

Si me lo pueden aclarar, estaría agradecido. Saludos.

31/08/2014 21:28
1º.- Si despide si causa seria despido nulo porque al no haber causa se produce indefensión.
2º.-El empresario puede aceptar en conciliación previa la improcedencia de ese despido, él de mano intentara buscar un despido calificado como procedente.
3º. Si el despido es declarado improcedente la indemnización dependera de la modalidad contractual y esta seria de 45 o 33 días/año trabajado.
01/09/2014 15:09
Ok, Gracias jamgpreve. Más o menos me queda claro, pero tendría varias preguntas más:

1) Entonces por ejemplo si un empresario quiere despedir a un trabajador simplemente porque no le gusta su carácter o le tiene manía; teniendo en cuenta que en la carta de despido según este comenta se ha de justificar una causa ¿Que causa tendría que poner?
2) Es decir, para que el empresario en lugar de llegar a una declaración de improcedencia resuelta por el juez que eso conllevaría a una indemnización máxima:¿ cómo lo tendría que ingeniar para intentar que en el acto de conciliación se acordase, para evitarse pagar una imdenización mayor (la legal)?

Ya que según lo que planteo, entiendo que el despido no es del todo tan libre, ya que por una causa de incompatibilidad de carácteres según comento cómo se explica eso en un causa. Y si ese tipo de causas en una carta de despido existen? o cuál sería la manera correcta de formularla?

Muchas Gracias,

01/09/2014 17:26
Despido sin causa es despido nulo y despido alegando una causa como la que describe será un despido improcedente y en la conciliación el trabajador si acude asesorado mas tonto seria en aceptar una indemnización menor a la que corresponda a un despido improcedente.
La causa vale cualquiera como por ej la que nos comenta porque ya no se produce indefensión y como el despido en este país es libre el trabajador puede impugnar ese despido para reclamar la improcedencia del mismo.
SMO.
01/09/2014 19:50
Gracias jampreve.

Saludos,
Despido libre | PorticoLegal
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Despido libre
29/08/2014 11:25
Buenos días,

Tengo entendido que el despido en España es libre, pero a ver si alguien me lo pude aclarar porque tengo algunas dudas:

1-. Si el empresario despide sin causa, se entiende por despido improcedente?
2-. Realmente puede despidir improcedentemte un empresario, o lo ha de hacer un juez?
3-. Si el empresario puede despidir improcedentemente, que inemnización correspondería?

Si me lo pueden aclarar, estaría agradecido. Saludos.

31/08/2014 21:28
1º.- Si despide si causa seria despido nulo porque al no haber causa se produce indefensión.
2º.-El empresario puede aceptar en conciliación previa la improcedencia de ese despido, él de mano intentara buscar un despido calificado como procedente.
3º. Si el despido es declarado improcedente la indemnización dependera de la modalidad contractual y esta seria de 45 o 33 días/año trabajado.
01/09/2014 15:09
Ok, Gracias jamgpreve. Más o menos me queda claro, pero tendría varias preguntas más:

1) Entonces por ejemplo si un empresario quiere despedir a un trabajador simplemente porque no le gusta su carácter o le tiene manía; teniendo en cuenta que en la carta de despido según este comenta se ha de justificar una causa ¿Que causa tendría que poner?
2) Es decir, para que el empresario en lugar de llegar a una declaración de improcedencia resuelta por el juez que eso conllevaría a una indemnización máxima:¿ cómo lo tendría que ingeniar para intentar que en el acto de conciliación se acordase, para evitarse pagar una imdenización mayor (la legal)?

Ya que según lo que planteo, entiendo que el despido no es del todo tan libre, ya que por una causa de incompatibilidad de carácteres según comento cómo se explica eso en un causa. Y si ese tipo de causas en una carta de despido existen? o cuál sería la manera correcta de formularla?

Muchas Gracias,

01/09/2014 17:26
Despido sin causa es despido nulo y despido alegando una causa como la que describe será un despido improcedente y en la conciliación el trabajador si acude asesorado mas tonto seria en aceptar una indemnización menor a la que corresponda a un despido improcedente.
La causa vale cualquiera como por ej la que nos comenta porque ya no se produce indefensión y como el despido en este país es libre el trabajador puede impugnar ese despido para reclamar la improcedencia del mismo.
SMO.
01/09/2014 19:50
Gracias jampreve.

Saludos,