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Despido objetivo en estado de alarma

1 Comentarios
 
Despido objetivo en estado de alarma
04/05/2020 13:02
Hola Foro
Mi empresa me ha despedido el dia 30 de abril de 2020, estaba trabajando en el cliente , la empresa cliente ha prescincido de sus servicios y tras lo cual me han despedido.

Me han indeminizado con 20 dias por año alegando en el certificado de empresa , Despido por causas objetivas amortizacion por causas economicas ...

Estaba con un contrato indefinido.

Tras las leyes que ha sacado el gobierno en el estado de alarma el 27 de marzo sobre las justificacion de los despidos objetivos por causas economicas. He entendido que las empresas no se pueden amparar en el despido objetivo por causas economicas durante el estado de alarma ya que para eso esta habilitado los ERTES, en caso que lo hagan debe ser considerado improcedente y la indemnizacion debera ser de 33 dias.

La empresa opina que la indemnizacion son 20 dias, pero toda la informacion que leo no hace sino confirmar que no me pueden justificar el despedir por causas objetivas por razones economicas y indemnizar con 20 dias tras el real decreto del 27 de marzo de 2020
04/05/2020 20:40
JBC83
Debe usted impugnar el despido y reclamar la indemnización que le corresponde en fase administrativa (SMAC) y eventualmente judicial
Despido objetivo en estado de alarma | PorticoLegal
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Despido objetivo en estado de alarma

1 Comentarios
 
Despido objetivo en estado de alarma
04/05/2020 13:02
Hola Foro
Mi empresa me ha despedido el dia 30 de abril de 2020, estaba trabajando en el cliente , la empresa cliente ha prescincido de sus servicios y tras lo cual me han despedido.

Me han indeminizado con 20 dias por año alegando en el certificado de empresa , Despido por causas objetivas amortizacion por causas economicas ...

Estaba con un contrato indefinido.

Tras las leyes que ha sacado el gobierno en el estado de alarma el 27 de marzo sobre las justificacion de los despidos objetivos por causas economicas. He entendido que las empresas no se pueden amparar en el despido objetivo por causas economicas durante el estado de alarma ya que para eso esta habilitado los ERTES, en caso que lo hagan debe ser considerado improcedente y la indemnizacion debera ser de 33 dias.

La empresa opina que la indemnizacion son 20 dias, pero toda la informacion que leo no hace sino confirmar que no me pueden justificar el despedir por causas objetivas por razones economicas y indemnizar con 20 dias tras el real decreto del 27 de marzo de 2020
04/05/2020 20:40
JBC83
Debe usted impugnar el despido y reclamar la indemnización que le corresponde en fase administrativa (SMAC) y eventualmente judicial