Estás en lo cierto Pivot, o es procedente o es nulo. La nulidad no deviene por supuestos motivos discriminatorios, sino ex lege (ET , 55.5.B en relación con el artículo 37.5)
En reducción de jornada ¿por un ERTE, o por guarda legal?, yo la verdad, siempre que se demanda por despido, si el mismo vulnera dº cosntitucionales, se pide la nulidad pero subsidiariamente se pide la improcedencia.
El otro día estuve en un juicio por despido de una trabajadora con reducción de jornada. Evidentemente la trabajadora solicitaba la nulidad del despido y subsidiriamente improcedencia.
El Ministerio Fiscal no encontró causa discriminatoria .
Yo tenía entendido que en los despidos de trabajadoras con reducción de jornada o era procedente o era nulo, no cabe la improcedencia.
¿ Podría el Juzgado declarar la improcedencia del despido y no la nulidad?.