Hola sacamuellman,
el contrato adecuado para el trabajo por el que quieren contratar a tu padre serÃa el de obra o servicio determinado, de forma que al finalizar el mismo no habrÃa despido, sino una simple finalización del contrato que no darÃa derecho al acceso a la jubilación anticipada.
Para que hubiese un despido objetivo deberÃa hacerse otro tipo de contrato, básicamente uno indefinido. Pero en este caso se encenderÃan todas las alarmas de la Inspección de Trabajo:
- Contrato (el indefinido) que, aunque legal, serÃa desproporcionado al objeto del mismo (una simple reforma que no se va a prolongar mucho en el tiempo).
- Contratación durante poco tiempo (4 meses).
- Empleador: un familiar.
- Empleado: una persona próxima a la edad que permite acceder a la jubilación anticipada.
Estos indicios conducirÃan inexorablemente al fraude para la obtención de prestaciones (serÃa imposible que pudierais demostrar que la intención era otra diferente a la obtención de una prestación a la que, en realidad, tu padre no tenÃa). La Inspección de Trabajo obligarÃa a tu padre a devolver toda la pensión percibida y la empresa del familiar recibirÃa una fuerte multa.
No te aconsejo acceder a la jubilación por este camino.
Un saludo.