Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

despido objetivo

5 Comentarios
 
08/04/2012 13:24
Efectivamente e solicitado que subsidiariamente se declare la improcedencia del despido.Parece que al final no lo e echo tan mal como creía.
Muchas gracias por vuestraS respuestas.
El juicio es este martes,ya os contaré.
08/04/2012 11:24
La modificación del Art.53.4 del ET realizada por la 35/2010 haciendo acreedor a dicho incumplimiento de la calificación como IMPROCEDENTE del despido se realiza en el punto 8 de dicha ley (busca en Noticias Jurídicas el Estatuto que lo tienes "actualizado").
La primera sentencia sobre la carta de despido (Bonete) Rec 4.781/2005......y la segunda (Segoviano) Rec 2965 / 2010.
En la demanda deja muy clarito "que no se ha realizado la entrega de dicha carta a los representantes de los trabajadores"....exige el documento acreditativo de dicha entrega.
08/04/2012 11:08
rosadpatron...espero que pidieses la nulidad y SUBSIDIARIAMENTE la improcedencia....pues a partir de la reforma efectuada por la Ley 35/2010 son calificados como improcedentes por regularlo así dicha ley.
Sobre la comunicación a los representantes el TS ha sentado ya jurisprudencia (la primera sentencia creo que fue ponente Bonete y la segunda en marzo de 2011 Segoviano )en el sentido de que no es una mera comunicación...debe ser la ENTREGA DE LA CARTA DE DESPIDO...para que el representante pueda comprobar que se cumplen los criterios numéricos ,economicos etc de este tipo de despidos y asesorar así al trabajador.
08/04/2012 00:35
Gracias por tu respuesta abesan,me anima mucho saber que no e metido la pata.
Si no es mucho abusar de tus conocimientos,qué tipo de preguntas puedo hacerle al representante de la empresa en el juicio, es mi primer laboral y me gustaría hacerlo bien,sobre todo por el cliente.
06/04/2012 17:12
Has hecho bien de pedir la nulidad ya que si es cierto que la empresa no ha notificado el despido a los representantes de los trabajadores ha incurrido en un defecto de forma grave por no respetar los derechos sustantivos vinculados a la protección de los derechos fundamentales.
Hay una Sentencia del Tribunal Supremo que se pronunció sobre ester particular el 7-3-2011 en el recurso 2965/2010.
Si en le dia del juicio la empresa prueba que sí que comunicó el despido a los representantes ya se pronunciará el juez con lo que proceda.
Despido objetivo
06/04/2012 14:13
He presentado una demanda por despido objetivo pidiendo la nulidad de este despido porque no se le ha comunicado la decisión a los representantes de los trabajadores.
Mi duda es que tengo conocimiento de que no se ha notificado porque los trabajadores me lo han dicho, pero no se si debería ponerme en contacto con estos representantes.
Gracias a todos por adelantado.
despido objetivo | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

despido objetivo

5 Comentarios
 
08/04/2012 13:24
Efectivamente e solicitado que subsidiariamente se declare la improcedencia del despido.Parece que al final no lo e echo tan mal como creía.
Muchas gracias por vuestraS respuestas.
El juicio es este martes,ya os contaré.
08/04/2012 11:24
La modificación del Art.53.4 del ET realizada por la 35/2010 haciendo acreedor a dicho incumplimiento de la calificación como IMPROCEDENTE del despido se realiza en el punto 8 de dicha ley (busca en Noticias Jurídicas el Estatuto que lo tienes "actualizado").
La primera sentencia sobre la carta de despido (Bonete) Rec 4.781/2005......y la segunda (Segoviano) Rec 2965 / 2010.
En la demanda deja muy clarito "que no se ha realizado la entrega de dicha carta a los representantes de los trabajadores"....exige el documento acreditativo de dicha entrega.
08/04/2012 11:08
rosadpatron...espero que pidieses la nulidad y SUBSIDIARIAMENTE la improcedencia....pues a partir de la reforma efectuada por la Ley 35/2010 son calificados como improcedentes por regularlo así dicha ley.
Sobre la comunicación a los representantes el TS ha sentado ya jurisprudencia (la primera sentencia creo que fue ponente Bonete y la segunda en marzo de 2011 Segoviano )en el sentido de que no es una mera comunicación...debe ser la ENTREGA DE LA CARTA DE DESPIDO...para que el representante pueda comprobar que se cumplen los criterios numéricos ,economicos etc de este tipo de despidos y asesorar así al trabajador.
08/04/2012 00:35
Gracias por tu respuesta abesan,me anima mucho saber que no e metido la pata.
Si no es mucho abusar de tus conocimientos,qué tipo de preguntas puedo hacerle al representante de la empresa en el juicio, es mi primer laboral y me gustaría hacerlo bien,sobre todo por el cliente.
06/04/2012 17:12
Has hecho bien de pedir la nulidad ya que si es cierto que la empresa no ha notificado el despido a los representantes de los trabajadores ha incurrido en un defecto de forma grave por no respetar los derechos sustantivos vinculados a la protección de los derechos fundamentales.
Hay una Sentencia del Tribunal Supremo que se pronunció sobre ester particular el 7-3-2011 en el recurso 2965/2010.
Si en le dia del juicio la empresa prueba que sí que comunicó el despido a los representantes ya se pronunciará el juez con lo que proceda.
Despido objetivo
06/04/2012 14:13
He presentado una demanda por despido objetivo pidiendo la nulidad de este despido porque no se le ha comunicado la decisión a los representantes de los trabajadores.
Mi duda es que tengo conocimiento de que no se ha notificado porque los trabajadores me lo han dicho, pero no se si debería ponerme en contacto con estos representantes.
Gracias a todos por adelantado.