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despido por causas objetivas

2 Comentarios
 
Despido por causas objetivas
31/05/2012 15:58
Mi consulta es la siguiente: la empresa en la que trabajo, me modificará el horario de trabajo en breve, horario que beneficia a los demas trabajadores, pero no a mi, porque no puede dejar a mis hijas solas durante 8 horas diarias, ya que mi marido no puede atenderlas. Mis hijas tienen 10 y 9 años, y a partir del final de clases, si comienzo a trabajar a las 8 de la mañana, las niñas estarian solas hasta las 4 de la tarde. Puedo pedir la rescisión del contrato por no estar conforme con la modificacion de la jornada? o no tendría derecho a ello? Muchas gracias por vuestras respuestas.-
31/05/2012 18:34
La dirección de la empresa, cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Se considerarán tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa.

¿Qué modificaciones tienen esta consideración?

Tendrán la consideración de modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, entre otras, las que afecten a las siguientes materias:

* Jornada de trabajo.
* Horario y distribución del tiempo de trabajo.
* Régimen de trabajo a turnos.
* Sistemas de remuneración y cuantía salarial.
* Sistema de trabajo y rendimiento.
-----------------------------------------------------------------------------------
Actuación del trabajador

* Aceptar la decisión empresarial.
* Extinguir su relación laboral con la empresa, antes de que se cumpla el plazo de efectividad de la decisión adoptada, si resultase perjudicado por las modificaciones y éstas fuesen referentes a:
La jornada de trabajo.
Horario y distribución del tiempo de trabajo.
Régimen de trabajo a turnos.
Sistema de remuneración y cuantía salarial.
Sistema de trabajo y rendimiento.
31/05/2012 20:03
Gracias por la respuesta, pero es una modificacion que implementa la jornada intensiva, lo que es una mejora para todos menos para mí que me veria forzada a dejar a mis hijas solas entre las 8 y las 4 de la tarde. Podría pedir la rescisión contractual en este caso?
despido por causas objetivas | PorticoLegal
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Despido por causas objetivas
31/05/2012 15:58
Mi consulta es la siguiente: la empresa en la que trabajo, me modificará el horario de trabajo en breve, horario que beneficia a los demas trabajadores, pero no a mi, porque no puede dejar a mis hijas solas durante 8 horas diarias, ya que mi marido no puede atenderlas. Mis hijas tienen 10 y 9 años, y a partir del final de clases, si comienzo a trabajar a las 8 de la mañana, las niñas estarian solas hasta las 4 de la tarde. Puedo pedir la rescisión del contrato por no estar conforme con la modificacion de la jornada? o no tendría derecho a ello? Muchas gracias por vuestras respuestas.-
31/05/2012 18:34
La dirección de la empresa, cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Se considerarán tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa.

¿Qué modificaciones tienen esta consideración?

Tendrán la consideración de modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, entre otras, las que afecten a las siguientes materias:

* Jornada de trabajo.
* Horario y distribución del tiempo de trabajo.
* Régimen de trabajo a turnos.
* Sistemas de remuneración y cuantía salarial.
* Sistema de trabajo y rendimiento.
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Actuación del trabajador

* Aceptar la decisión empresarial.
* Extinguir su relación laboral con la empresa, antes de que se cumpla el plazo de efectividad de la decisión adoptada, si resultase perjudicado por las modificaciones y éstas fuesen referentes a:
La jornada de trabajo.
Horario y distribución del tiempo de trabajo.
Régimen de trabajo a turnos.
Sistema de remuneración y cuantía salarial.
Sistema de trabajo y rendimiento.
31/05/2012 20:03
Gracias por la respuesta, pero es una modificacion que implementa la jornada intensiva, lo que es una mejora para todos menos para mí que me veria forzada a dejar a mis hijas solas entre las 8 y las 4 de la tarde. Podría pedir la rescisión contractual en este caso?