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Despido por extinción de la personalidad jurídica?

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Despido por extinción de la personalidad jurídica?
04/08/2014 11:31
Agradecería que alguien me pudiera ayudar respecto a la siguiente duda que tengo:
Tengo un cliente, una SL, que se dedica a comprar, criar, sacrificar y distribuir su ganado. Tiene contratado personal para cada actividad. El caso es que la sociedad se va a extinguir (no es por motivos económicos) y de momento quiere dar de baja al personal que se dedica a la compra y así sucesivamente, hasta que salga todo el ganado, por lo que previsiblemente en un par de meses cesarán todas las actividades y se procederá a la extinción de la sociedad.
La duda me surge respecto a la carta de despido ya que se van hacer sucesivamente afectando al personal de cada actividad, no se si me explico, había pensado un despido basado en el 49.1 g) por extinción de la personalidad jurídica del contratante en relación con el 51, esto es, ahora se despedirá al personal dedicado a la compra, en quince días al del reparto y así sucesivamente y luego proceder a la extinción ¿ Que os parece? ¿ Sería correcto proceder de esta forma?

Un saludo, muchísimas gracias
Despido por extinción de la personalidad jurídica? | PorticoLegal
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Despido por extinción de la personalidad jurídica?
04/08/2014 11:31
Agradecería que alguien me pudiera ayudar respecto a la siguiente duda que tengo:
Tengo un cliente, una SL, que se dedica a comprar, criar, sacrificar y distribuir su ganado. Tiene contratado personal para cada actividad. El caso es que la sociedad se va a extinguir (no es por motivos económicos) y de momento quiere dar de baja al personal que se dedica a la compra y así sucesivamente, hasta que salga todo el ganado, por lo que previsiblemente en un par de meses cesarán todas las actividades y se procederá a la extinción de la sociedad.
La duda me surge respecto a la carta de despido ya que se van hacer sucesivamente afectando al personal de cada actividad, no se si me explico, había pensado un despido basado en el 49.1 g) por extinción de la personalidad jurídica del contratante en relación con el 51, esto es, ahora se despedirá al personal dedicado a la compra, en quince días al del reparto y así sucesivamente y luego proceder a la extinción ¿ Que os parece? ¿ Sería correcto proceder de esta forma?

Un saludo, muchísimas gracias