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Despido procedente estando de reduccion por cuidado de hijos menores

12 Comentarios
 
Despido procedente estando de reduccion por cuidado de hijos menores
18/07/2014 16:45
Hola

Nos han despedido teniendo un contrato indefinido según ellos despido procedente. Estando en reducción de jornada por cuidado de hijo cuanta indemnización me pertenece? solo me han dado 20 días por año trabajabo. Según en el sindicato me han informado que me deben 45 días por años trabajado hasta la reforma laboral, es decir hasta el 2012 y desde la reforma laboral hasta el dia de hoy 33 días por año trabajado.
Eso es asi? también decir que la empresa dice que es un despido procedente pero según el sindicato es un despido improcedente.

un saludo y muchas gracias
18/07/2014 17:27
Vamos a ver, a primera instancia y con la breve información aportada, sólo se puede concretar que:

a) Sí, puede proceder a apelar o demandar ante la autoridad laboral tramitando una demanda de acto de conciliación por la nulidad del despido y, en acto de conciliación extrajudicial negociar la calificación improcedente del despido a efectos de percibir la cuantía equivalente a la indemnización legal pertinente de 45 días por año con un máximo de 42 mensualidades desde la fecha de efecto de antigüedad hasta el 11 de febrero de 2012, y de 33 días por año con un máximo de 24 mensualidades desde el 12 de febrero de 2012 hasta la fecha de efecto de la extinción del contrato de trabajo.

b) Sin perjuicio de lo anterior, -y por ello alego que la información aportada es cuasi nula-, hemos de tener en consideración que, en virtud del Régimen Jurídico del artículo 53.4 párrafo antepenúltimo (TRLET) se concreta lo siguiente:

Copio y pego;
"Lo establecido en las letras anteriores será de aplicación, salvo que, en esos casos, se declare la procedencia de la decisión extintiva por motivos no relacionados con el embarazo o con el ejercicio del derecho a los permisos y excedencia señalados."

En tanto en cuanto por ello, convendría conocer correctamente cuales son las causas alegadas en la carta de despido objetivo, y corroborar si en dicha notificación existe, o no, defecto de forma, y si el procedimiento se ajusta a derecho.
18/07/2014 17:46
Buenas tardes Maia, es un despido nulo y hay que impugnarlo.
La empresa negociara contigo posiblemente en conciliación la improcedencia, que efectivamente son 45 días por año (hasta la reforma de 12-2-12) o 33 después de esta fecha.

Como dice Mlag, necesitariamos muchos mas datos para poder estudiarlo de manera mas pormenorizada.

Puedes ponerte en contacto con nosotros sin ningún compromiso y lo vemos con mas calma.

contacto@ibericabogados.com
91 024 23 61 – 91 535 37 47

Un saludo y no dejes de actuar, por que el tiempo corre y tienes 20 días.
18/07/2014 23:40
Antes de nada muchas gracias a los dos por vuestra respuesta. Cuales serian los datos necesarios para que me digais mas seguro si eso seria asi?
Gracias otra vez
19/07/2014 07:57
Lo más importante es saber qué causa objetiva alegan como razón del despido y si es real o no.
19/07/2014 08:36
Yo pienso que diran qie no tienen mas trabajo para nosotros. No ganaron el concurso del proyecto donde trabajaba y por ello hemos sido despedidos todos. A pocos dias de ser despedidos en una web de busqueda de empleo salieron unas ofertas de empleo que perfectamente podiamos curbrir ese puesto de trabajo. El trabajo que realizaba yo perfectamente nos podian subrogar ya que ahora ese trabajo lo desempeña otra empresa.
Nos han indemnizado por 20 dias por año, yo era indefinida y en los ultimos 4 meses estaba con la reduccion de jornada por cuidado de hijos menores. Llevaba en la empresa desde el 2007, me hicieron indefinida en el 2010.
Sabiendo todo esto, que me decis? Podria conseguir que me dieran mas dias por año?

Muchas gracias.
19/07/2014 08:37
Efectivamente, estando en reducción de jornada por cuidado de hijo es causa de despido nulo, salvo que se haya producido un cierre total de la empresa de forma justificada.http://www.arhconsultings.com/blog/causas-de-despido-nulo/

De todas formas para saber más habría que ver el contenido de la causa de despido.

21/07/2014 11:06
Totalmente maia. Pero lo mas probable es que consiguieras la readmisión, más aún pudiendo demostrar que salieron esas plazas.
Copiaste o hiciste un pantallazo de las mismas? sería interesante tener eso.

Ya sabes que sin compromiso te asesoramos por teléfono y te insto de nuevo a que te des prisa!

un saludo!

contacto@ibericabogados.com
91 024 23 61 – 91 535 37 47
13/08/2014 09:10
Hola.
El lunes fue la conciliacion y la empresa no me da ni un euro mas, que ya me dieron los 20 dias que me correspondian y listo. Mis compañeros han recibido mas dinero ya que solo recibieron 9 dias por año y les han subido a 20.

Mi lucha ahora seria por despedirme estando en reduccion por cuidado de hijos menores. No se si con eso podria rascar mas, el despido es objetivo. Luchar por la subrogacion lo veo imposible.


13/08/2014 11:26
Necesito un abogado laborista, soy de Gipuzkoa. Conoceis alguno? Gracias
13/08/2014 13:32
Mire no entiendo nada, lo primero dice que sale a subasta una oferta y que su empresa la pierde y entra otra nueva, bien pues hasta donde yo conozco esto es una subrogación en toda regla, es mas me atrevería, (con total desconocimiento de las empresas que se trata), a que ambas empresas pertenecen a una misma sociedad de empresarios y hacen esta jugada para librarse de trabajadores con cierta antigüedad y con trabajadores con reducción de jornada que resultan muy molestos.
Déjese de ir a por el despido improcedente busque un buen abogado y demande por despido nulo, eso si atenta a los plazos para reclamar la nulidad tiene 20 días desde el hecho causante.
Lo que realmente me extraña es que salvo usted no creo haber leído a ninguno de mis compañeros anteriores hablar de la subrogación igual es que se me escapa algo pero como yo lo veo es una subrogación en toda regla por cierto si hace la demanda debe demandar tanto a la empresa entrante como a la saliente e incluso al cliente podría usted terminar trabajando en la empresa que mas le interese a usted, (eso si sin conocer todos los detalles como por ej el sector del que se trata).
SMO.
13/08/2014 13:43
No hay subrogacion. Y son dos empresas diferentes, no pongo nombre ya que no se si puedo poner nonbres aqui, pero vaya son dos empresas conocidas.

Por otra parte a mi personalmente ahora mismo no me interesa una subrogacion.

Yo quisiera luchar por el despido nulo y si fuera posible sacar mas dinero, no solo los 20 dias por año.

Justo a los pocos dias de ser despedidos la antigua emprea publico 3 ofertas de empleo que tranquilamente podria cubrir ese puesto yo o cualquier compañero mio.

Por otra parte, la abogada que cogimos entre los 5 compañeros, ella dice que la.nueva empresa se lava manos con la subrogacion ya que la nueva empresa a hecho cambios de horario, de lugar de pueato (cambio de pueblo) y que al hacer esos cambios ya no puede ser subrogacion.

No se si esosera asi, no estoy nada contenta con la abogada.
13/08/2014 14:08
Mire lo de los cambios la empresa entrante si asume un servicio de un cliente debe respetar las condiciones laborales y económicas en su totalidad de los trabajadores, luego dice que no hay subrogación, bien yo le digo que por lo que cuenta o hay subrogación o sino una sucesión de empresas art 44 ET.
Si no esta de acuerdo con su abogado acuda a otro sin comentarle nada de que están con un abogado y que les explique como afrontaría él el caso.
Es que nos consultan y no nos dan información y entonces vamos a ciegas, fíjese que no le he preguntado por el nombre de las empresas pero si me puede decir el sector y el convenio de aplicación.
Por otra parte si lo que usted busca es la nulidad que por su caso es lo que podría conseguir, ante la nulidad solo cabe readmisisón en la empresa entrante o en la saliente y como yo le digo que se trata de una subrogación (sin conocer todos los detalles), podría incluso optar por quedar indefinida en la empresa cliente, (si se da la nulidad y que se trata de una subrogación la empresa cliente es la máxima responsable) y el trabajador en este caso tiene la opción de elegir con que empresa se queda.
SMO.
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12 Comentarios
 
Despido procedente estando de reduccion por cuidado de hijos menores
18/07/2014 16:45
Hola

Nos han despedido teniendo un contrato indefinido según ellos despido procedente. Estando en reducción de jornada por cuidado de hijo cuanta indemnización me pertenece? solo me han dado 20 días por año trabajabo. Según en el sindicato me han informado que me deben 45 días por años trabajado hasta la reforma laboral, es decir hasta el 2012 y desde la reforma laboral hasta el dia de hoy 33 días por año trabajado.
Eso es asi? también decir que la empresa dice que es un despido procedente pero según el sindicato es un despido improcedente.

un saludo y muchas gracias
18/07/2014 17:27
Vamos a ver, a primera instancia y con la breve información aportada, sólo se puede concretar que:

a) Sí, puede proceder a apelar o demandar ante la autoridad laboral tramitando una demanda de acto de conciliación por la nulidad del despido y, en acto de conciliación extrajudicial negociar la calificación improcedente del despido a efectos de percibir la cuantía equivalente a la indemnización legal pertinente de 45 días por año con un máximo de 42 mensualidades desde la fecha de efecto de antigüedad hasta el 11 de febrero de 2012, y de 33 días por año con un máximo de 24 mensualidades desde el 12 de febrero de 2012 hasta la fecha de efecto de la extinción del contrato de trabajo.

b) Sin perjuicio de lo anterior, -y por ello alego que la información aportada es cuasi nula-, hemos de tener en consideración que, en virtud del Régimen Jurídico del artículo 53.4 párrafo antepenúltimo (TRLET) se concreta lo siguiente:

Copio y pego;
"Lo establecido en las letras anteriores será de aplicación, salvo que, en esos casos, se declare la procedencia de la decisión extintiva por motivos no relacionados con el embarazo o con el ejercicio del derecho a los permisos y excedencia señalados."

En tanto en cuanto por ello, convendría conocer correctamente cuales son las causas alegadas en la carta de despido objetivo, y corroborar si en dicha notificación existe, o no, defecto de forma, y si el procedimiento se ajusta a derecho.
18/07/2014 17:46
Buenas tardes Maia, es un despido nulo y hay que impugnarlo.
La empresa negociara contigo posiblemente en conciliación la improcedencia, que efectivamente son 45 días por año (hasta la reforma de 12-2-12) o 33 después de esta fecha.

Como dice Mlag, necesitariamos muchos mas datos para poder estudiarlo de manera mas pormenorizada.

Puedes ponerte en contacto con nosotros sin ningún compromiso y lo vemos con mas calma.

contacto@ibericabogados.com
91 024 23 61 – 91 535 37 47

Un saludo y no dejes de actuar, por que el tiempo corre y tienes 20 días.
18/07/2014 23:40
Antes de nada muchas gracias a los dos por vuestra respuesta. Cuales serian los datos necesarios para que me digais mas seguro si eso seria asi?
Gracias otra vez
19/07/2014 07:57
Lo más importante es saber qué causa objetiva alegan como razón del despido y si es real o no.
19/07/2014 08:36
Yo pienso que diran qie no tienen mas trabajo para nosotros. No ganaron el concurso del proyecto donde trabajaba y por ello hemos sido despedidos todos. A pocos dias de ser despedidos en una web de busqueda de empleo salieron unas ofertas de empleo que perfectamente podiamos curbrir ese puesto de trabajo. El trabajo que realizaba yo perfectamente nos podian subrogar ya que ahora ese trabajo lo desempeña otra empresa.
Nos han indemnizado por 20 dias por año, yo era indefinida y en los ultimos 4 meses estaba con la reduccion de jornada por cuidado de hijos menores. Llevaba en la empresa desde el 2007, me hicieron indefinida en el 2010.
Sabiendo todo esto, que me decis? Podria conseguir que me dieran mas dias por año?

Muchas gracias.
19/07/2014 08:37
Efectivamente, estando en reducción de jornada por cuidado de hijo es causa de despido nulo, salvo que se haya producido un cierre total de la empresa de forma justificada.http://www.arhconsultings.com/blog/causas-de-despido-nulo/

De todas formas para saber más habría que ver el contenido de la causa de despido.

21/07/2014 11:06
Totalmente maia. Pero lo mas probable es que consiguieras la readmisión, más aún pudiendo demostrar que salieron esas plazas.
Copiaste o hiciste un pantallazo de las mismas? sería interesante tener eso.

Ya sabes que sin compromiso te asesoramos por teléfono y te insto de nuevo a que te des prisa!

un saludo!

contacto@ibericabogados.com
91 024 23 61 – 91 535 37 47
13/08/2014 09:10
Hola.
El lunes fue la conciliacion y la empresa no me da ni un euro mas, que ya me dieron los 20 dias que me correspondian y listo. Mis compañeros han recibido mas dinero ya que solo recibieron 9 dias por año y les han subido a 20.

Mi lucha ahora seria por despedirme estando en reduccion por cuidado de hijos menores. No se si con eso podria rascar mas, el despido es objetivo. Luchar por la subrogacion lo veo imposible.


13/08/2014 11:26
Necesito un abogado laborista, soy de Gipuzkoa. Conoceis alguno? Gracias
13/08/2014 13:32
Mire no entiendo nada, lo primero dice que sale a subasta una oferta y que su empresa la pierde y entra otra nueva, bien pues hasta donde yo conozco esto es una subrogación en toda regla, es mas me atrevería, (con total desconocimiento de las empresas que se trata), a que ambas empresas pertenecen a una misma sociedad de empresarios y hacen esta jugada para librarse de trabajadores con cierta antigüedad y con trabajadores con reducción de jornada que resultan muy molestos.
Déjese de ir a por el despido improcedente busque un buen abogado y demande por despido nulo, eso si atenta a los plazos para reclamar la nulidad tiene 20 días desde el hecho causante.
Lo que realmente me extraña es que salvo usted no creo haber leído a ninguno de mis compañeros anteriores hablar de la subrogación igual es que se me escapa algo pero como yo lo veo es una subrogación en toda regla por cierto si hace la demanda debe demandar tanto a la empresa entrante como a la saliente e incluso al cliente podría usted terminar trabajando en la empresa que mas le interese a usted, (eso si sin conocer todos los detalles como por ej el sector del que se trata).
SMO.
13/08/2014 13:43
No hay subrogacion. Y son dos empresas diferentes, no pongo nombre ya que no se si puedo poner nonbres aqui, pero vaya son dos empresas conocidas.

Por otra parte a mi personalmente ahora mismo no me interesa una subrogacion.

Yo quisiera luchar por el despido nulo y si fuera posible sacar mas dinero, no solo los 20 dias por año.

Justo a los pocos dias de ser despedidos la antigua emprea publico 3 ofertas de empleo que tranquilamente podria cubrir ese puesto yo o cualquier compañero mio.

Por otra parte, la abogada que cogimos entre los 5 compañeros, ella dice que la.nueva empresa se lava manos con la subrogacion ya que la nueva empresa a hecho cambios de horario, de lugar de pueato (cambio de pueblo) y que al hacer esos cambios ya no puede ser subrogacion.

No se si esosera asi, no estoy nada contenta con la abogada.
13/08/2014 14:08
Mire lo de los cambios la empresa entrante si asume un servicio de un cliente debe respetar las condiciones laborales y económicas en su totalidad de los trabajadores, luego dice que no hay subrogación, bien yo le digo que por lo que cuenta o hay subrogación o sino una sucesión de empresas art 44 ET.
Si no esta de acuerdo con su abogado acuda a otro sin comentarle nada de que están con un abogado y que les explique como afrontaría él el caso.
Es que nos consultan y no nos dan información y entonces vamos a ciegas, fíjese que no le he preguntado por el nombre de las empresas pero si me puede decir el sector y el convenio de aplicación.
Por otra parte si lo que usted busca es la nulidad que por su caso es lo que podría conseguir, ante la nulidad solo cabe readmisisón en la empresa entrante o en la saliente y como yo le digo que se trata de una subrogación (sin conocer todos los detalles), podría incluso optar por quedar indefinida en la empresa cliente, (si se da la nulidad y que se trata de una subrogación la empresa cliente es la máxima responsable) y el trabajador en este caso tiene la opción de elegir con que empresa se queda.
SMO.