Os cuento el caso haber que os parece:
Una empresa empieza a regalar portatiles a sus mejores clientes, estos portatiles llevan el logo de la empresa en grande. Una de mis compañeras desde el ordenador de la empresa se dedico a vender alguno de estos portatiles, su ordenador se rompe llaman al tecnico y el jefe se entera de lo que estaba haciendo, ve su correo electronico personal y ve que ella envio ese dia un correo a un compañero diciendo " te dejo el regalito en tu taquilla y el compañero responde muchas gracias wapa"" el jefe al leer este mensaje de su correo va corriendo abre la taquilla y se encuentra un portatil(de los que regala la empresa).
Mi pregunta es la siguiente:
A mi compañera le han despedido por causa procedente, por vender los ordenadores y a mi compañero,por tener el ordenador en la taquilla y el correo que le envio la compañera,tb lo han despedido por causa procedente.
Yo soy abogado pero no ejerzo y me han dicho que si les puedo ayudar.
Vosotros veis correcto el despido procedente de los dos y la actuacion del jefe de registrar el ordenador y la taquilla???
No es el jefe el que descubre la acción, es el técnico al subsanar la avería. El empresario ha obtenido la prueba por circunstancias de casualidad, al tener que solicitar los servicios de un técnico.
Artículo 54. Despido disciplinario.
1. El contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario, mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador.
2. Se considerarán incumplimientos contractuales:
Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
La indisciplina o desobediencia en el trabajo.
Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.
La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado.
La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.
Algún forero te dará mas información.
Y al que le abre la taquilla y le encuntra el portatil tambien seria un despido disciplinario o en este caso al no estar acompaño de otro trabajador para registar la taquilla seria un despido indisciplinario???????
Vaya con tus compañeros, osea que una se dedicaba a trapichear con los ordenadores que la empresa y el otro a comprarlos.
A veces hay que tener un poco de dignidad y cuando te pillan coger los trastos e irte.
Yo en el ejercicio de mi profesión llevaría su caso, pero ayudar a una gente así...
Como dice Sabiondo, la taquilla debería haber sido abierta en presencia de un representante. En cuanto a la chica, yo me lo pensaría ya que si yo fuera el empresario la hubiera demandado por hurto.
SALUDOS.