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despido procedente

11 Comentarios
 
24/04/2012 12:29
Rino, continua on lo dicho.
Tu jefa, con tal de no pagar es capaz de acusarte de todo.
Ni caso, continua con la demanda de despido.
24/04/2012 12:00
Hola
mi hermano ha tenido el acto de conciliación.La jefa ha retirado cambiado la carta de despido.Ahora lo acusa solamente de falsificación de firma ya que del supuesto robo no tiene pruebas.
El cliente ha reconocido que le dio la autorización a mi hermano.
Ahora la jefa quiere acusarlo de tener algun asunto de trafico de drogas entre el cliente y mi hermano ya que dice que no se ve al cliente durante el dia que se hizo el vale.y que mi hermano cogia el dinero y le llevaba drogas al cliente.
¿que podemos hacer? ¿Podemos denunciarla por eso?
Mi hermano no tiene ningun antecedente ,ni ninguna relación con drogas ni tan siquiera con el cliente fuera del tarbajo.
12/04/2012 15:50
Rino, a lo dicho, ni caso a los asusta viejas.centremos no en el despido que te van hacer.
Nadie denuncia por 150 euro, al menos que sea un tarambana.
Y si denuncia que denuncie y pruebe lo que denuncia.
Por tanto, a lo nuestro.
12/04/2012 15:05
Esto si que es bueno, rino, dile a tu hermano que esté tranquilo, que no pasa nada y que se olvide del código penal y de asesorarse con un abogado, que no le hace falta, si hace todo lo que le dice trola, saldrá victorioso.

Ahora eso sí, si por aquellas casualidades de la vida que no tienen una explicación "lógica", no sales victorioso, asegúrate de tener los datos de trola, más que nada, para perdirle responsabilidades.
12/04/2012 14:35
Rino, a lo dicho, ni caso a los asusta viejas.
Centrate en el despido, como hemos quedado anteriormente.
El que quiera denunciar por hurto de 150 euros que lo haga,perderá más tiempo en la COMISARIA de POLICIA y en los juzgados que el valor del dinero.
Aun así en caso de denuncia, tendrá que demostrar lo que denuncie.
Por tanto, no denunciará, solo denunciaría un tarantana o perturbado.
Lo que pasa es que le interesa meter miedo para que tú no le denuncies el despido.
Por consiguiente a lo dicho, sin más dilaciones.
12/04/2012 10:50
rino, como te he dicho antes, lo mejor es que tu hermano acuda lo consulte con un abogado y dejate de trolas, pues el tema tanto laboral como el penal, es delicado para dejarlo en manos de un foro.

Entre meter miedo y actuar con responsablidad, hay una diferencia infinita.

El delito de usurpación de estado civil se encuentra tipificado en el artículo 401 del Código Penal:

"El que usurpare el estado civil de otro será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años."

El Código Penal no utiliza el concepto civil, en sentido estricto, de "estado civil»"(que, por relación al cónyuge, define a una persona como soltera, casada, separada o viuda), sino que elabora un concepto propio, equiparando estado civil a la identidad o a la personalidad.

Artículo 395, del código penal establece lo siguiente:

"El que, para perjudicar a otro, cometiere en documento privado alguna de las falsedades previstas en los tres primeros números del apartado 1 del artículo 390, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años."

A su vez, el artículo 390 del código penal, dice:

"1. Será castigado con las penas de prisión de tres a seis años, multa de seis a veinticuatro meses e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años, la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, cometa falsedad:

1. Alterando un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial.

2. Simulando un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad.

3. Suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuyendo a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho.

Compañero trola, para satisfacer tu ego de legueleyo, dices lo primero que se pasa por la cabeza, con absoluto desprecio y sin importante lo más mínimo las consecuencias que pueden acarrear, eso es un acto de irresponsabilidad y temeridad, incluso para ti, que tienes el liston bastante bajo.

OJO! con lo que dices y se responsable.


12/04/2012 01:12
Rino, tu ni caso a este que te mete miedo.
Tú has lo que yo te digo y saldrás victorioso.
Lo que tenga que hacer el empresario que lo haga.
Tú centrate en el despido y denuncia cuanto antes.
este que remete miedo, siempre esta igual, dice que es abogado y no sabe lo que es un hurto ni la diferencia entre hurto y robo.
Así que nosotros a lo nuestro, a preocuparnos del despido que es lo que interesa.
12/04/2012 00:33
corrijo la errata:


Yo soy abogado laboralista y no soy experto en derecho penal, pero la acusación de falsificación de vales y usurpación de la personalidad civil no es para tomárselo como agua de borrajas, pues no sólo estamos hablando de un simple hurto de 150 €, y como pruebas está el video, los vales firmados y el testimonio del cliente.
12/04/2012 00:31
Yo no soy experto en derecho laboral, pero la acusación de falsificación de vales y usurpación de la personalidad civil no es para tomárselo como agua de borrajas, pues no sólo estamos hablando de un simple hurto de 150 €, y como pruebas está el video, los vales firmados y el testimonio del cliente.

rino, lo mejor que te podemos aconsejar es que tu hermano lo consulte con un abogado, pues el tema tanto laboral como el penal, es delicado para dejarlo en manos de un foro.

El plaza para demandar por despido es de 20 días, pero son hábiles, tienes que descontar sábados, domingos y festivos.
12/04/2012 00:10
Ttu hermano tiene que denunciar el despido lo antes posible.
Las amenazas, son agua de borrajas.
Puede denunciar por lo penal.
Que denuncie, solo será u hurto y no un robo.
Te quiero decir que si denuncia el hurto, tiene que tener pruebas.
Aun así solo serà un juicio de faltas que dura dos minutos y medio,
No creo que se tome las molestias de denunciar un hurto de 150 euros.
Así que tranquilo.
Ahora toca resolver el despido, y del hurto olvidate.
Como te he dicho si le han dado la carta de despido, tienes 20 DIAS para ponerlo en conocimiento del organismo competente.
Siempre y cuando no este de acuerdo con dicho despido.
11/04/2012 23:59
Por favor que alguien me conteste .Necesito saber si pueden hacerlo ?si mi hermano va a juicio puede recuperar su trabajo?
Despido procedente
11/04/2012 23:27
Les expongo mi caso aver si pueden ayudarme.
Despues de 16 años trabajando en la misma empresa han despedido a mi hermano acusandolo de simular unas ventas y firmar unos vales a nombre de un cliente para quedarse con dinero en efectivo .Mi hermano reconoce que firmo esos vales de cuenta ya que estaba autorizado por el cliente y que siempre que se hizo un vale fue por que el cliente lo autorizo y se llevo el producto.
Ahora el cliente niega que lo autorizara y la jefa tiene un video donde se ve a mi hermano haciendo un vale a nombre de ese cliente,pero en ningun momento se ve ninguna imagen apropiandose del dinero.Lo ha despedido sin indenizacion y amenazandolo de que no recurre el despido sino lo denunciara por lo penal y tendra que pagar todos loa vales firmados (son unos 9 vales y un total de 150 €)Estos vales tienen fechas desde enero del 2010 hasta febrero del 2012 .Lo despidieron en marzo del 2012.
Gracias espero que puedan ayudarme
no sabemos que hacer.
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24/04/2012 12:29
Rino, continua on lo dicho.
Tu jefa, con tal de no pagar es capaz de acusarte de todo.
Ni caso, continua con la demanda de despido.
24/04/2012 12:00
Hola
mi hermano ha tenido el acto de conciliación.La jefa ha retirado cambiado la carta de despido.Ahora lo acusa solamente de falsificación de firma ya que del supuesto robo no tiene pruebas.
El cliente ha reconocido que le dio la autorización a mi hermano.
Ahora la jefa quiere acusarlo de tener algun asunto de trafico de drogas entre el cliente y mi hermano ya que dice que no se ve al cliente durante el dia que se hizo el vale.y que mi hermano cogia el dinero y le llevaba drogas al cliente.
¿que podemos hacer? ¿Podemos denunciarla por eso?
Mi hermano no tiene ningun antecedente ,ni ninguna relación con drogas ni tan siquiera con el cliente fuera del tarbajo.
12/04/2012 15:50
Rino, a lo dicho, ni caso a los asusta viejas.centremos no en el despido que te van hacer.
Nadie denuncia por 150 euro, al menos que sea un tarambana.
Y si denuncia que denuncie y pruebe lo que denuncia.
Por tanto, a lo nuestro.
12/04/2012 15:05
Esto si que es bueno, rino, dile a tu hermano que esté tranquilo, que no pasa nada y que se olvide del código penal y de asesorarse con un abogado, que no le hace falta, si hace todo lo que le dice trola, saldrá victorioso.

Ahora eso sí, si por aquellas casualidades de la vida que no tienen una explicación "lógica", no sales victorioso, asegúrate de tener los datos de trola, más que nada, para perdirle responsabilidades.
12/04/2012 14:35
Rino, a lo dicho, ni caso a los asusta viejas.
Centrate en el despido, como hemos quedado anteriormente.
El que quiera denunciar por hurto de 150 euros que lo haga,perderá más tiempo en la COMISARIA de POLICIA y en los juzgados que el valor del dinero.
Aun así en caso de denuncia, tendrá que demostrar lo que denuncie.
Por tanto, no denunciará, solo denunciaría un tarantana o perturbado.
Lo que pasa es que le interesa meter miedo para que tú no le denuncies el despido.
Por consiguiente a lo dicho, sin más dilaciones.
12/04/2012 10:50
rino, como te he dicho antes, lo mejor es que tu hermano acuda lo consulte con un abogado y dejate de trolas, pues el tema tanto laboral como el penal, es delicado para dejarlo en manos de un foro.

Entre meter miedo y actuar con responsablidad, hay una diferencia infinita.

El delito de usurpación de estado civil se encuentra tipificado en el artículo 401 del Código Penal:

"El que usurpare el estado civil de otro será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años."

El Código Penal no utiliza el concepto civil, en sentido estricto, de "estado civil»"(que, por relación al cónyuge, define a una persona como soltera, casada, separada o viuda), sino que elabora un concepto propio, equiparando estado civil a la identidad o a la personalidad.

Artículo 395, del código penal establece lo siguiente:

"El que, para perjudicar a otro, cometiere en documento privado alguna de las falsedades previstas en los tres primeros números del apartado 1 del artículo 390, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años."

A su vez, el artículo 390 del código penal, dice:

"1. Será castigado con las penas de prisión de tres a seis años, multa de seis a veinticuatro meses e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años, la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, cometa falsedad:

1. Alterando un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial.

2. Simulando un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad.

3. Suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuyendo a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho.

Compañero trola, para satisfacer tu ego de legueleyo, dices lo primero que se pasa por la cabeza, con absoluto desprecio y sin importante lo más mínimo las consecuencias que pueden acarrear, eso es un acto de irresponsabilidad y temeridad, incluso para ti, que tienes el liston bastante bajo.

OJO! con lo que dices y se responsable.


12/04/2012 01:12
Rino, tu ni caso a este que te mete miedo.
Tú has lo que yo te digo y saldrás victorioso.
Lo que tenga que hacer el empresario que lo haga.
Tú centrate en el despido y denuncia cuanto antes.
este que remete miedo, siempre esta igual, dice que es abogado y no sabe lo que es un hurto ni la diferencia entre hurto y robo.
Así que nosotros a lo nuestro, a preocuparnos del despido que es lo que interesa.
12/04/2012 00:33
corrijo la errata:


Yo soy abogado laboralista y no soy experto en derecho penal, pero la acusación de falsificación de vales y usurpación de la personalidad civil no es para tomárselo como agua de borrajas, pues no sólo estamos hablando de un simple hurto de 150 €, y como pruebas está el video, los vales firmados y el testimonio del cliente.
12/04/2012 00:31
Yo no soy experto en derecho laboral, pero la acusación de falsificación de vales y usurpación de la personalidad civil no es para tomárselo como agua de borrajas, pues no sólo estamos hablando de un simple hurto de 150 €, y como pruebas está el video, los vales firmados y el testimonio del cliente.

rino, lo mejor que te podemos aconsejar es que tu hermano lo consulte con un abogado, pues el tema tanto laboral como el penal, es delicado para dejarlo en manos de un foro.

El plaza para demandar por despido es de 20 días, pero son hábiles, tienes que descontar sábados, domingos y festivos.
12/04/2012 00:10
Ttu hermano tiene que denunciar el despido lo antes posible.
Las amenazas, son agua de borrajas.
Puede denunciar por lo penal.
Que denuncie, solo será u hurto y no un robo.
Te quiero decir que si denuncia el hurto, tiene que tener pruebas.
Aun así solo serà un juicio de faltas que dura dos minutos y medio,
No creo que se tome las molestias de denunciar un hurto de 150 euros.
Así que tranquilo.
Ahora toca resolver el despido, y del hurto olvidate.
Como te he dicho si le han dado la carta de despido, tienes 20 DIAS para ponerlo en conocimiento del organismo competente.
Siempre y cuando no este de acuerdo con dicho despido.
11/04/2012 23:59
Por favor que alguien me conteste .Necesito saber si pueden hacerlo ?si mi hermano va a juicio puede recuperar su trabajo?
Despido procedente
11/04/2012 23:27
Les expongo mi caso aver si pueden ayudarme.
Despues de 16 años trabajando en la misma empresa han despedido a mi hermano acusandolo de simular unas ventas y firmar unos vales a nombre de un cliente para quedarse con dinero en efectivo .Mi hermano reconoce que firmo esos vales de cuenta ya que estaba autorizado por el cliente y que siempre que se hizo un vale fue por que el cliente lo autorizo y se llevo el producto.
Ahora el cliente niega que lo autorizara y la jefa tiene un video donde se ve a mi hermano haciendo un vale a nombre de ese cliente,pero en ningun momento se ve ninguna imagen apropiandose del dinero.Lo ha despedido sin indenizacion y amenazandolo de que no recurre el despido sino lo denunciara por lo penal y tendra que pagar todos loa vales firmados (son unos 9 vales y un total de 150 €)Estos vales tienen fechas desde enero del 2010 hasta febrero del 2012 .Lo despidieron en marzo del 2012.
Gracias espero que puedan ayudarme
no sabemos que hacer.