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Despido tras erte

3 Comentarios
 
Despido tras erte
11/08/2020 18:27
Muy buenas. Queria hacer una consulta a ver si alguien me puede ayudar.
He estado en ERTE desde el 21 de marzo al 25 de Junio.
Hoy me han anunciado que el 31 de Agosto cierran la tienda en la que trabajo, dándome la opción de irme a dar vacaciones por otras tiendas que tienen abiertas, eso si, avisándome que no me cubrirán gastos de gasolina ni dietas.
Tengo contrato indefinido y el lugar de trabajo que pone en el contrato es el de la tienda actual que van a cerrar.
¿Pueden echarme tras haber Estado en ERTE?
¿Estan obligados a pagarme el kilometraje desde el lugar donde trae el contrato hasta la tienda que me desplazase a dar vacaciones?
¿Si yo me niego a pasar a dar vacaciones pueden obligarme a firmar la renuncia al puesto de trabajo, lo que conllevaría no cobrar la indemnización por despido?

Muchas gracias de antemano
11/08/2020 20:28
Bueno pues si tienen otras tiendas y su cto es indefinido tendrán que trasladarle a alguna de esas tiendas, usted no se puede negar ya que eso seria aceptar firmar una baja voluntaria pero eso de renunciar a km y dietas ni de coña, como dice tiene un cto que fija su lugar de trabajo el cual desaparece por tanto no firme nada o firme como no conforme, si tras negarse a firmar deciden despedirle pues tendrán que indemnizarle por despido improcedente.
Si no quieren pagar ese despido mientras usted no firme nada tendrán que ubicarle en otro puesto en la empresa y pagarle los km y dietas que correspondan según convenio.
Los km deben calcularse desde la actual tienda hasta la de destino ida y vuelta y como le digo no firme nada sobre todo como le dicen una baja voluntaria, a parte de quedarse sin indemnización tampoco tendía dcho a desempleo, (a veces mucho mas importante que la indemnización por despido, todo dependerá del tiempo trabajado en la empresa)
smo
12/08/2020 13:20
Jamgrrhh28
Muchas gracias por la respuesta.
Pero tengo novedades y más dudas aun.
Ayer mirando, resulta que en el contrato, mi lugar de trabajo esta en la ubicación de otra tienda (muy cercana a la tienda que cierra).
Y además de eso, tenemos un convenio de empresa que dice lo siguiente:
"Desplazamiento: Se entenderá por desplazamiento el destino temporal no superior a 12 meses de un trabajador a un lugar distinto de su centro habitual de trabajo y que requiera cambio de su residencia habitual de forma temporal"
Y en el apartado de kilometraje pone:
"Si por necesidades de desplazamiento y previa autorización de la empresa se utilizase el vehículo particular, la empresa abonará la cantidad de 0,15€/km en concepto de casos de kilometraje"
Quiere decir esto último que tienen cubiertas las espaldas para no pagar kilometraje?????
12/08/2020 13:36
Pablodf7
Respecto a lo que dice el CTO puede usted entonces acogerse a esa otra tienda para calcular las dietas y el km o sino acogerse en que su último destino era el de la tienda que cierra, (esto como más le interese a usted) en cuanto a la 2 cuestión un desplazamiento es cuando no hay cambio de residencia, cuando hay cambio de residencia es un traslado, lea mejor su convenio, seguro que diferencia entre estos dos conceptos, en cuanto al km le define el precio del km.
Por cierto a este respecto mire su convenio no vaya a ser que esté obsoleto porque el mínimo por km es la cantidad que está exenta de tributar y está en el año2020 es de 0,19 CTS/km.
Despido tras erte | PorticoLegal
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11/08/2020 18:27
Muy buenas. Queria hacer una consulta a ver si alguien me puede ayudar.
He estado en ERTE desde el 21 de marzo al 25 de Junio.
Hoy me han anunciado que el 31 de Agosto cierran la tienda en la que trabajo, dándome la opción de irme a dar vacaciones por otras tiendas que tienen abiertas, eso si, avisándome que no me cubrirán gastos de gasolina ni dietas.
Tengo contrato indefinido y el lugar de trabajo que pone en el contrato es el de la tienda actual que van a cerrar.
¿Pueden echarme tras haber Estado en ERTE?
¿Estan obligados a pagarme el kilometraje desde el lugar donde trae el contrato hasta la tienda que me desplazase a dar vacaciones?
¿Si yo me niego a pasar a dar vacaciones pueden obligarme a firmar la renuncia al puesto de trabajo, lo que conllevaría no cobrar la indemnización por despido?

Muchas gracias de antemano
11/08/2020 20:28
Bueno pues si tienen otras tiendas y su cto es indefinido tendrán que trasladarle a alguna de esas tiendas, usted no se puede negar ya que eso seria aceptar firmar una baja voluntaria pero eso de renunciar a km y dietas ni de coña, como dice tiene un cto que fija su lugar de trabajo el cual desaparece por tanto no firme nada o firme como no conforme, si tras negarse a firmar deciden despedirle pues tendrán que indemnizarle por despido improcedente.
Si no quieren pagar ese despido mientras usted no firme nada tendrán que ubicarle en otro puesto en la empresa y pagarle los km y dietas que correspondan según convenio.
Los km deben calcularse desde la actual tienda hasta la de destino ida y vuelta y como le digo no firme nada sobre todo como le dicen una baja voluntaria, a parte de quedarse sin indemnización tampoco tendía dcho a desempleo, (a veces mucho mas importante que la indemnización por despido, todo dependerá del tiempo trabajado en la empresa)
smo
12/08/2020 13:20
Jamgrrhh28
Muchas gracias por la respuesta.
Pero tengo novedades y más dudas aun.
Ayer mirando, resulta que en el contrato, mi lugar de trabajo esta en la ubicación de otra tienda (muy cercana a la tienda que cierra).
Y además de eso, tenemos un convenio de empresa que dice lo siguiente:
"Desplazamiento: Se entenderá por desplazamiento el destino temporal no superior a 12 meses de un trabajador a un lugar distinto de su centro habitual de trabajo y que requiera cambio de su residencia habitual de forma temporal"
Y en el apartado de kilometraje pone:
"Si por necesidades de desplazamiento y previa autorización de la empresa se utilizase el vehículo particular, la empresa abonará la cantidad de 0,15€/km en concepto de casos de kilometraje"
Quiere decir esto último que tienen cubiertas las espaldas para no pagar kilometraje?????
12/08/2020 13:36
Pablodf7
Respecto a lo que dice el CTO puede usted entonces acogerse a esa otra tienda para calcular las dietas y el km o sino acogerse en que su último destino era el de la tienda que cierra, (esto como más le interese a usted) en cuanto a la 2 cuestión un desplazamiento es cuando no hay cambio de residencia, cuando hay cambio de residencia es un traslado, lea mejor su convenio, seguro que diferencia entre estos dos conceptos, en cuanto al km le define el precio del km.
Por cierto a este respecto mire su convenio no vaya a ser que esté obsoleto porque el mínimo por km es la cantidad que está exenta de tributar y está en el año2020 es de 0,19 CTS/km.