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Despido tras maternidad

13 Comentarios
 
Despido tras maternidad
14/11/2010 09:39
Hola

Necesito que alguien me ayude porque no sé cómo afrontar esto... El caso es que a finales de diciembre me debería de incorporar tras mi baja por maternidad. Cuando mi marido fue a recoger el certificado de empresa para solicitar la prestación de maternidad, mi jefe le soltó todo tipo de agravios contra mi persona: desde que ya no les servía para nada hasta que yo ya no conservaba mi puesto de trabajo por razones obvias y que, por favor, lo entendiéramos, que en los tiempos que corren ellos no se pueden permitir el lujo de tener a una persona de baja. De hecho ya tengo sustituos (han hecho falta dos personas para cubrirme...) Yo sé que el despido es nulo, pero la consecuencia de la nulidad es la readmisión inmediata del trabajador a su puesto de trabajo y no creo que con todo lo que mi jefe soltó por la boca aquel día mi relación laboral con la empresa, tras la maternidad y con una demanda por medio, sea un camino de rosas. Me van a hacer la vida imposible como ya ha ocurrido con otras compañeras y demostrar acoso o discriminación sí que puede resultar difícil.

¿Qué puedo o debo hacer?

Mil gracias.
14/11/2010 11:55
Depende de las necesidades que tengas de trabajar.
¿Son necesidades imperiosas.?
¿necesitas trabajar hasta que encuentres otra empresa?
Si tú economía la tienes mal, no te queda mas remedio que volver a la empresa.
Tienes que tomar decisiones.
Saludos
15/11/2010 09:27
Me refería a qué puedo o debo hacer legalmente. Es decir, si la única salida es la demanda por despido con la correspondiente readmisión si es declarado nulo o hay alguna otra opción.

Gracias.
15/11/2010 09:29
No hay otra opción.
SALUDOS.
17/11/2010 14:55
Y en el supuesto de que vaya a demandar a la empresa, ¿firmo la carta de despido poniendo "no conforme" o la empresa me debe dar la carta aunque no la firme?
17/11/2010 15:12
La Empresa es la que deberá de comunicarte el despido, deberas de firmar el acuse de recibo de la carta, pero no firmes el finiquito. Tendrás 20 días para la demanda en Conciliación , y si no se llegara a un acuerdo econoómico , el cual deberas de exigir ya que de lo contrario, continuarás conla demanda ante el juzgado de lo social..tu no de des por vencida...puede que no vuelvas a trabajar , en la misma empresa, pero por lo menos que te lleves una indemnización................
17/11/2010 15:26
Si me despiden con 45 dias por año, ahí quedara el tema. Pero, claro, ya insinuaron que tenian problemas economicos por l que creo que el despido va a ser por causas objetivas y en este supuesto no se prevalece: la maternidad o las dificultades economicas de la empresa
18/11/2010 12:39
Pienso que, si la empresa demuestra tener problemas económicos, con la nueva reforma laboral lo tiene muy fácil para poder despedir con 20 días por año independientemente de que vengas de una maternidad. Es decir, en este caso va a prevalecer más la dificultad económica por la que atraviesa la empresa que tu situación.

Salvo mejor opinión.
23/11/2010 18:28
¿Qué ocurre si, en el supuesto de tenerme que reincorporar tras despido nulo, mi puesto de trabajo "ha desaparecido"?
23/11/2010 18:36
Si la empresa acredita que es un despido por causas objetivas son 20 días y punto.

Tu misma dices que han necesitado 2 personas para cubrirte, entonces no seria un despido por causas objetivas.

Lo que te tiene que quedar claro: que o es procedente con 20 dias o es NULO, no hay posibiidad de improcedente.


23/11/2010 18:50
Pero es que de las dos personas una ha sido "promocionada" y la otra la han contratado con carácter externo (contrato mercantil). La empresa alega que ante las dificultades que atraviesan le han tenido que ampliar funciones a otra trabajadora que lleva más tiempo que yo y prescindir de un trabajador (yo). Y eso es lo que van a mantener en caso de que los demande. Por eso quiero saber qué puede pasar conmigo en caso de que me tengan que readmitir.
23/11/2010 19:12
Vaya ayuda que le estais dando a la chica.En el caso de Antonio 1 no entiendo por que no es inmediatamente baneado.

Ese despido es nulo,porque como dices han cubierto tu puesto con otras personas.
En cualquier otra circunstancia podria ser improcedente pero en tu caso al estar de baja maternal(hasta los 9 meses de edad de tu hijo/a)se convierte en nulo.

Si todavia no has recibido la carta de despido no estas despedida.

En el momento que la recibas firma como no conforme por este orden:
Que te den una copia de la carta para ti,sino te la dan no firmes,si te la dan:1)fecha,no conforme y tu firma.
Seguidamente pones la demanda antes de que se cumplan 20 dias habiles,sabados y domingos no cuentan.

Saludos.
23/11/2010 21:02
hola, es increíble como los empleados toman las palabras del empresario como si de la biblia se tratara.

Primero, si te despide de forma objetiva, no puede contratar ningún trabajador, bajo ninguna circunstancia.

El empresario puede decir que la India esta en Europa, pero lo que va a misa es lo que dice el juez, claro para esto primero hay que demandar.

Pues entonces si esta tan mal económicamente que lo pruebe en el juzgado.

Si te pudiera despedir por perdidas económicas ya lo hubiera hecho, entonces puede ser que no sea tan real.

Con respecto al acoso, graba con tu móvil cada vez que te diga algo. Sentencia 331/2010 TSJ DE MADRID obliga a la empresa a pagarle 153.468.42 euros por acoso a un trabajador que grabo las conversaciones con su jefe.

suerte y saludos
25/11/2010 09:23
Muchísimas gracias a todos. Rocalimon, precisamente porque tomamos las palabras del empresario como si de la bibilia se tratara, necesitamos a veces que nos orienten y nos ayuden a ver otras salidas. Así que, nuevamente, muchísimas gracias a todos por la ayuda.
Despido tras maternidad | PorticoLegal
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13 Comentarios
 
Despido tras maternidad
14/11/2010 09:39
Hola

Necesito que alguien me ayude porque no sé cómo afrontar esto... El caso es que a finales de diciembre me debería de incorporar tras mi baja por maternidad. Cuando mi marido fue a recoger el certificado de empresa para solicitar la prestación de maternidad, mi jefe le soltó todo tipo de agravios contra mi persona: desde que ya no les servía para nada hasta que yo ya no conservaba mi puesto de trabajo por razones obvias y que, por favor, lo entendiéramos, que en los tiempos que corren ellos no se pueden permitir el lujo de tener a una persona de baja. De hecho ya tengo sustituos (han hecho falta dos personas para cubrirme...) Yo sé que el despido es nulo, pero la consecuencia de la nulidad es la readmisión inmediata del trabajador a su puesto de trabajo y no creo que con todo lo que mi jefe soltó por la boca aquel día mi relación laboral con la empresa, tras la maternidad y con una demanda por medio, sea un camino de rosas. Me van a hacer la vida imposible como ya ha ocurrido con otras compañeras y demostrar acoso o discriminación sí que puede resultar difícil.

¿Qué puedo o debo hacer?

Mil gracias.
14/11/2010 11:55
Depende de las necesidades que tengas de trabajar.
¿Son necesidades imperiosas.?
¿necesitas trabajar hasta que encuentres otra empresa?
Si tú economía la tienes mal, no te queda mas remedio que volver a la empresa.
Tienes que tomar decisiones.
Saludos
15/11/2010 09:27
Me refería a qué puedo o debo hacer legalmente. Es decir, si la única salida es la demanda por despido con la correspondiente readmisión si es declarado nulo o hay alguna otra opción.

Gracias.
15/11/2010 09:29
No hay otra opción.
SALUDOS.
17/11/2010 14:55
Y en el supuesto de que vaya a demandar a la empresa, ¿firmo la carta de despido poniendo "no conforme" o la empresa me debe dar la carta aunque no la firme?
17/11/2010 15:12
La Empresa es la que deberá de comunicarte el despido, deberas de firmar el acuse de recibo de la carta, pero no firmes el finiquito. Tendrás 20 días para la demanda en Conciliación , y si no se llegara a un acuerdo econoómico , el cual deberas de exigir ya que de lo contrario, continuarás conla demanda ante el juzgado de lo social..tu no de des por vencida...puede que no vuelvas a trabajar , en la misma empresa, pero por lo menos que te lleves una indemnización................
17/11/2010 15:26
Si me despiden con 45 dias por año, ahí quedara el tema. Pero, claro, ya insinuaron que tenian problemas economicos por l que creo que el despido va a ser por causas objetivas y en este supuesto no se prevalece: la maternidad o las dificultades economicas de la empresa
18/11/2010 12:39
Pienso que, si la empresa demuestra tener problemas económicos, con la nueva reforma laboral lo tiene muy fácil para poder despedir con 20 días por año independientemente de que vengas de una maternidad. Es decir, en este caso va a prevalecer más la dificultad económica por la que atraviesa la empresa que tu situación.

Salvo mejor opinión.
23/11/2010 18:28
¿Qué ocurre si, en el supuesto de tenerme que reincorporar tras despido nulo, mi puesto de trabajo "ha desaparecido"?
23/11/2010 18:36
Si la empresa acredita que es un despido por causas objetivas son 20 días y punto.

Tu misma dices que han necesitado 2 personas para cubrirte, entonces no seria un despido por causas objetivas.

Lo que te tiene que quedar claro: que o es procedente con 20 dias o es NULO, no hay posibiidad de improcedente.


23/11/2010 18:50
Pero es que de las dos personas una ha sido "promocionada" y la otra la han contratado con carácter externo (contrato mercantil). La empresa alega que ante las dificultades que atraviesan le han tenido que ampliar funciones a otra trabajadora que lleva más tiempo que yo y prescindir de un trabajador (yo). Y eso es lo que van a mantener en caso de que los demande. Por eso quiero saber qué puede pasar conmigo en caso de que me tengan que readmitir.
23/11/2010 19:12
Vaya ayuda que le estais dando a la chica.En el caso de Antonio 1 no entiendo por que no es inmediatamente baneado.

Ese despido es nulo,porque como dices han cubierto tu puesto con otras personas.
En cualquier otra circunstancia podria ser improcedente pero en tu caso al estar de baja maternal(hasta los 9 meses de edad de tu hijo/a)se convierte en nulo.

Si todavia no has recibido la carta de despido no estas despedida.

En el momento que la recibas firma como no conforme por este orden:
Que te den una copia de la carta para ti,sino te la dan no firmes,si te la dan:1)fecha,no conforme y tu firma.
Seguidamente pones la demanda antes de que se cumplan 20 dias habiles,sabados y domingos no cuentan.

Saludos.
23/11/2010 21:02
hola, es increíble como los empleados toman las palabras del empresario como si de la biblia se tratara.

Primero, si te despide de forma objetiva, no puede contratar ningún trabajador, bajo ninguna circunstancia.

El empresario puede decir que la India esta en Europa, pero lo que va a misa es lo que dice el juez, claro para esto primero hay que demandar.

Pues entonces si esta tan mal económicamente que lo pruebe en el juzgado.

Si te pudiera despedir por perdidas económicas ya lo hubiera hecho, entonces puede ser que no sea tan real.

Con respecto al acoso, graba con tu móvil cada vez que te diga algo. Sentencia 331/2010 TSJ DE MADRID obliga a la empresa a pagarle 153.468.42 euros por acoso a un trabajador que grabo las conversaciones con su jefe.

suerte y saludos
25/11/2010 09:23
Muchísimas gracias a todos. Rocalimon, precisamente porque tomamos las palabras del empresario como si de la bibilia se tratara, necesitamos a veces que nos orienten y nos ayuden a ver otras salidas. Así que, nuevamente, muchísimas gracias a todos por la ayuda.