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Despido tras periodo de prueba

2 Comentarios
 
02/10/2017 01:58
OFS
Hola:

¿Cuánto te refieres a categoría laboral 4, es una categoría laboral propia del convenio colectivo de la empresa o al grupo de cotización al que perteneces?

Lo digo por los períodos de prueba de los contratos de alta dirección. Si la categoría laboral 4 a la que haces referencia es el grupo de cotización que sale en tu nómina, podrás ser Licenciado o Doctor si quieres, pero estás contratado como personal no cualificado, vamos que un peón de obra especializado, está en un grupo de cotización superior y salvo cambios en tu contrato, el cual hayas aceptado con tu firma, el período de prueba es de 2 meses.

Si te despidieran habrá que ver la forma de despido, por que podría ser un despido objetivo.

Amplia información sobre tu contrato.
01/10/2017 17:09
Laura fernandez
De momento has oído, no te han despedido.

Si llega ese momento, habrá que valorar lo que ponga la carta de despido, para actuar en consecuencia.

El periodo de prueba, de todas formas, es el que figure en el contrato, si no hay otra circunstancia que lo haga nulo, como puede ser, por ejemplo, que sea mayor al máximo permitido por el Estatuto de los Trabajadores o el convenio aplicable.

En resumen, te pueden despedir cuando lo estimen oportuno, y tú puedes actuar contra esa decisión siempre.
Despido tras periodo de prueba
01/10/2017 12:09
Soy un licenciado que tengo un contrato indefinido con un periodo de prueba de 2 meses y categoría laboral 4. Llevo en la empresa 5 meses y he oído que me van a despedir porque no he pasado el periodo de prueba de seis meses. ¿Es posible el despido cuando en el contrato tengo firmado un periodo de prueba de dos meses que ya pasé? Gracias
Despido tras periodo de prueba | PorticoLegal
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02/10/2017 01:58
OFS
Hola:

¿Cuánto te refieres a categoría laboral 4, es una categoría laboral propia del convenio colectivo de la empresa o al grupo de cotización al que perteneces?

Lo digo por los períodos de prueba de los contratos de alta dirección. Si la categoría laboral 4 a la que haces referencia es el grupo de cotización que sale en tu nómina, podrás ser Licenciado o Doctor si quieres, pero estás contratado como personal no cualificado, vamos que un peón de obra especializado, está en un grupo de cotización superior y salvo cambios en tu contrato, el cual hayas aceptado con tu firma, el período de prueba es de 2 meses.

Si te despidieran habrá que ver la forma de despido, por que podría ser un despido objetivo.

Amplia información sobre tu contrato.
01/10/2017 17:09
Laura fernandez
De momento has oído, no te han despedido.

Si llega ese momento, habrá que valorar lo que ponga la carta de despido, para actuar en consecuencia.

El periodo de prueba, de todas formas, es el que figure en el contrato, si no hay otra circunstancia que lo haga nulo, como puede ser, por ejemplo, que sea mayor al máximo permitido por el Estatuto de los Trabajadores o el convenio aplicable.

En resumen, te pueden despedir cuando lo estimen oportuno, y tú puedes actuar contra esa decisión siempre.
Despido tras periodo de prueba
01/10/2017 12:09
Soy un licenciado que tengo un contrato indefinido con un periodo de prueba de 2 meses y categoría laboral 4. Llevo en la empresa 5 meses y he oído que me van a despedir porque no he pasado el periodo de prueba de seis meses. ¿Es posible el despido cuando en el contrato tengo firmado un periodo de prueba de dos meses que ya pasé? Gracias