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despido

1 Comentarios
 
02/12/2003 20:17
Hola.

Si estuviese en tu lugar yo haría lo siguiente:

En primer lugar, hablar con el trabajador y de la forma mas delicada y clara le expondría que el servicio que presta lo va a realizar una subcontrata y que por tal motivo se va a prescindir de sus servicios. que tiene dos opciones:

a) Irse al paro con un despido improcedente y la indemnización máxima que le corresponda (45 días por año) quedando totalmente desvinculado de la empresa y por tanto sin trabajo.

b) Negociar un despido y, obviamente por una cantidad inferior a los 45 días por año, que sería una compensación por la pérdida de la antigüedad. Esto lo harías mediante un acuerdo (no hace falta ir al órgano de conciliación) y recolocandolo en la empresa subcontratista con las condiciones del convenio de aquella.

Si aceptase esta propuesta, le pediría que vaya la organismo que corresponda de la Comunidad autónoma (normalmente es Servicios Socilaes) y que saque el certificado de minusvalía.

Una vez tenga este certificado, se apunta un día en el paro y al día siguiente lo contrata la nueva empresa de forma indefinida con los beneficios que tiene este tipo de trabajadores (70 o 90% de descuento sobre todas las contingencias durante toda la vida del contrato) y en mi comunidad 650.000 de las antiguas pesetas a fondo perdido.

A partir de ahí, la pelota está en su tejado.

Salaudos cordiales.
Despido
02/12/2003 19:16
Hola, soy abogada y llevo muy poco tiempo ejerciendo y me ha surgido una duda con un tema que me plantea mi cliente y que es el siguiente: mi cliente tiene una gran empresa y tiene contratado a un trabajador una discapacidad tal como que le falta una mano, el ejerce unas funciones en la empresa de carrista que justamente ahora tales funciones se hará cargo la empresa que tiene la contrata de limpieza, la cuestión esta en que en la empresa de micliente no puede absorber a este trabajador en ningún otro puesto dado que no tiene cualificación por su discapacidad.
la Cuestión que se me plantea es la siguiente:
¿lo finiquito y le indemnizo con 45 días? o ¿puedo finiquitarlo sin indemnizarlo y se le hace un alta con la nueva empresa con las condiciones económicas de la nueva empresa?
¿ que os parece mis alternativas? ¿ veis la opción de que esxita alguna alternativa mejor y menos perjudicial?¿con las opciones planteadas vulnero algun drecho fundamental dada su minusvalia?
Agradecería vuestra ayuda y alguna sugerencia para la mejor gestión de dicha situación tan delicada.
Saludos
despido | PorticoLegal
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02/12/2003 20:17
Hola.

Si estuviese en tu lugar yo haría lo siguiente:

En primer lugar, hablar con el trabajador y de la forma mas delicada y clara le expondría que el servicio que presta lo va a realizar una subcontrata y que por tal motivo se va a prescindir de sus servicios. que tiene dos opciones:

a) Irse al paro con un despido improcedente y la indemnización máxima que le corresponda (45 días por año) quedando totalmente desvinculado de la empresa y por tanto sin trabajo.

b) Negociar un despido y, obviamente por una cantidad inferior a los 45 días por año, que sería una compensación por la pérdida de la antigüedad. Esto lo harías mediante un acuerdo (no hace falta ir al órgano de conciliación) y recolocandolo en la empresa subcontratista con las condiciones del convenio de aquella.

Si aceptase esta propuesta, le pediría que vaya la organismo que corresponda de la Comunidad autónoma (normalmente es Servicios Socilaes) y que saque el certificado de minusvalía.

Una vez tenga este certificado, se apunta un día en el paro y al día siguiente lo contrata la nueva empresa de forma indefinida con los beneficios que tiene este tipo de trabajadores (70 o 90% de descuento sobre todas las contingencias durante toda la vida del contrato) y en mi comunidad 650.000 de las antiguas pesetas a fondo perdido.

A partir de ahí, la pelota está en su tejado.

Salaudos cordiales.
Despido
02/12/2003 19:16
Hola, soy abogada y llevo muy poco tiempo ejerciendo y me ha surgido una duda con un tema que me plantea mi cliente y que es el siguiente: mi cliente tiene una gran empresa y tiene contratado a un trabajador una discapacidad tal como que le falta una mano, el ejerce unas funciones en la empresa de carrista que justamente ahora tales funciones se hará cargo la empresa que tiene la contrata de limpieza, la cuestión esta en que en la empresa de micliente no puede absorber a este trabajador en ningún otro puesto dado que no tiene cualificación por su discapacidad.
la Cuestión que se me plantea es la siguiente:
¿lo finiquito y le indemnizo con 45 días? o ¿puedo finiquitarlo sin indemnizarlo y se le hace un alta con la nueva empresa con las condiciones económicas de la nueva empresa?
¿ que os parece mis alternativas? ¿ veis la opción de que esxita alguna alternativa mejor y menos perjudicial?¿con las opciones planteadas vulnero algun drecho fundamental dada su minusvalia?
Agradecería vuestra ayuda y alguna sugerencia para la mejor gestión de dicha situación tan delicada.
Saludos