cuando se ha interpuesto despido injustificado a un patron y no tienen ningun elemento para su defensa que se puede hacer ya que el trabajador abandono el empleo
Teniendo en cuenta que la indemnización por despido es de 45 días de la retribución bruta por año trabajado (siempre que hablemos de un despido improcedente en general, y no, por ejemplo, de un despido por causas objetivas), con un mes de antigüedad le corresponde una indemnización equivalente a una doceava parte de la suma a la que ascendería la indemnización de un año de antigüedad (una doceava parte del importe bruto de la retribución de 45 días). En cuanto a si merece la pena reclamarlo judicialmente, es preciso tener en cuenta que si, intentada la conciliación administrativa previa, sin que en ella se haya llegado a un acuerdo, si interpones una demanda judicial no sólo se tendrá en cuenta por el Juez la indemnización de ese mes trabajado, sino que, en general, siguen corriendo salarios de tramitación (como si trabajases aún) hasta que se notifique la sentencia de despido, salvo que el contrato fuese temporal y se hubiese extinguido antes de recaer sentencia.
Hola, me gustaria saber qué indemnización poe despido le correspondería a un trabajador que tena un mes de antigüedad. Merece la pena reclamarlo judicialmente?