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despido

1 Comentarios
 
Despido
01/11/2006 16:13
BUENAS,

Mi caso es el siguiente:
Soy responsable de recursos humanos de una empresa de comercio metal. Tenemos un trabajador que, despúes de haber permanecido de baja por emfermedad común durante más de dos meses, a fecha de alta de hace más de 2 días no ha aparecido por la empresa. Tiene un contrato de fomento de empleo desde julio de 2006. Nos hemos puesto en comunicación con él y nos ha dicho que se va a coger otros dos días más de fiesta por unas horas extras que realizó al principio del contrato y que todavía no había ni disfrutado ni cobrado. ¿cómo podemos actuar en mayor beneficio de la empresa?

Gracias
02/11/2006 11:38
Hola:
En primer lugar, al recibir el alta el trabajador tiene la obligación de incorporarse a la empresa en el horario establecido en el calendario laboral. Cualquier ausencia no justificada y dentro de lo establecido en el convenio colectivo puede suponer una falta que puede ser sancionada por la empresa.

El trabajador no debe tomarse los descansos a su libre albedrío, mas bien, debe ser un tema acordado o consensuado con la empresa.

Por lo tanto, podeís enviarle un burofax comunicandole su incorporación al trabajo, con la advertencia de iniciarle un expediente de sanción.

saludos.
despido | PorticoLegal
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Despido
01/11/2006 16:13
BUENAS,

Mi caso es el siguiente:
Soy responsable de recursos humanos de una empresa de comercio metal. Tenemos un trabajador que, despúes de haber permanecido de baja por emfermedad común durante más de dos meses, a fecha de alta de hace más de 2 días no ha aparecido por la empresa. Tiene un contrato de fomento de empleo desde julio de 2006. Nos hemos puesto en comunicación con él y nos ha dicho que se va a coger otros dos días más de fiesta por unas horas extras que realizó al principio del contrato y que todavía no había ni disfrutado ni cobrado. ¿cómo podemos actuar en mayor beneficio de la empresa?

Gracias
02/11/2006 11:38
Hola:
En primer lugar, al recibir el alta el trabajador tiene la obligación de incorporarse a la empresa en el horario establecido en el calendario laboral. Cualquier ausencia no justificada y dentro de lo establecido en el convenio colectivo puede suponer una falta que puede ser sancionada por la empresa.

El trabajador no debe tomarse los descansos a su libre albedrío, mas bien, debe ser un tema acordado o consensuado con la empresa.

Por lo tanto, podeís enviarle un burofax comunicandole su incorporación al trabajo, con la advertencia de iniciarle un expediente de sanción.

saludos.