Mi empresa va a realizar un despido colectivo pactado o amistoso de 11 empleados despide a 5.A propuesto pagarnos 20 días por año trabajado a plazos para poder pagarlos por los problemas económicos por la que atraviesa y a su vez poder seguir con la actividad de la empresa. El trabajador despedido cobraría el paro y a su vez la indemnización y la posibilidad de volver a la empresa cuando esta volviera a tener trabajo seguir cobrando la indemnización o por el contrario mantener la antigüedad en la empresa mediante acuerdo. Preguntas: ¿es legal? ¿Dónde queda registrado el tema de la antigüedad para que sea legal? ¿la forma de pago como se realiza ya que al ser mensual o trimestral será en forma de nomina talón o como para que sea también legal? ¿Donde se declara la indemnización a nivel de hacienda etc.?