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Despido

2 Comentarios
 
Despido
07/05/2003 10:34
Tengo una gran duda: hasta el día de ayer trabajaba en una promotora constructora.

Me contrataron el día 10 de Octubre con un contrato por obra y servicio de 6 meses en el cual no se especificaba qué obra y servicio era.

El 10 de Abril legalmente, al no recibir notificación alguna por parte de la empresa, mi contrato pasó a ser fijo (nunca firmado) Con fecha 5 de Mayo tras haberme negado a trabajar fines de semana fuera de Barcelona SIN RETRIBUCIÓN y al solicitar la empresa que mi función ya no era la de Administrativa (como pone en el contrato) sinó la de comercial, me ponen sobre la mesa carta de despido POR BAJO RENDIMIENTO EN LA EMPRESA, el cual me obligan a firmar al momento e irme. Yo lo firmé pero puse una nota: "no estoy de acuerdo con las causas del despido".

¿ésto es legal? ¿puedo hacer algo en su contra? Todavía no tengo ni papeles del desempleo ni finiquito firmado porque me han dicho que me lo tendrán mañana

¿Qué indemnizacion me corresponde?¿me tienen que pagar los 15 dias por no preaviso?

Me urge un poco porque mañana tengo que ir a buscarlo todo y no sé si firmar o no.

MUCHISIMAS GRACIAS
07/05/2003 12:09
Hola Helena:
Con la nueva legislación a partir del despido tienes 15 días para solicitar las prestaciones por desempleo que te puedan corresponder. Con la carta de despido es suficiente para estar en situación legal por desempleo, sin perjuicio de las acciones que puedas realizar ante el Juzgado de lo Social.

La indemnización por despido es de 45 días de salario por año de servicio. Si el despido es improcedente tendrá que pagarte los salarios de tramitación.

En principio, no debes de firmar el finiquito si no estás de acuerdo con las cantidades que te reflejan y puedes pedir la presencia de un representante de los trabajadores.

En segundo lugar debes iniciar una demanda de despido contra la empresa. Para ello debes de ponerte en contacto con un sindicato, graduado social o abogado para tu defensa. El plazo para presentar la demanda es de 20 días hábiles desde la fecha de despido.

Si no presentas demanda la carta de despido ya es suficiente para solicitar las prestaciones por desempleo que te correspondan.

En mi opinión, el contrato esta realizado en fraude de ley por no establecer la obra o servicio determinado y además la causa de despido tendrá que probarla el empresario, si no es así el despido es improcedente y el empresario tiene la opción de readmitirte o de indemnizarte.

Espero que te sirva. Saludos.
07/05/2003 13:12
Helena la respuesta de Jesusfer te tiene que sevir... está todo muy bien explicado. No se que más explicar que no se haya dicho ya.
Saludos.
Despido | PorticoLegal
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07/05/2003 10:34
Tengo una gran duda: hasta el día de ayer trabajaba en una promotora constructora.

Me contrataron el día 10 de Octubre con un contrato por obra y servicio de 6 meses en el cual no se especificaba qué obra y servicio era.

El 10 de Abril legalmente, al no recibir notificación alguna por parte de la empresa, mi contrato pasó a ser fijo (nunca firmado) Con fecha 5 de Mayo tras haberme negado a trabajar fines de semana fuera de Barcelona SIN RETRIBUCIÓN y al solicitar la empresa que mi función ya no era la de Administrativa (como pone en el contrato) sinó la de comercial, me ponen sobre la mesa carta de despido POR BAJO RENDIMIENTO EN LA EMPRESA, el cual me obligan a firmar al momento e irme. Yo lo firmé pero puse una nota: "no estoy de acuerdo con las causas del despido".

¿ésto es legal? ¿puedo hacer algo en su contra? Todavía no tengo ni papeles del desempleo ni finiquito firmado porque me han dicho que me lo tendrán mañana

¿Qué indemnizacion me corresponde?¿me tienen que pagar los 15 dias por no preaviso?

Me urge un poco porque mañana tengo que ir a buscarlo todo y no sé si firmar o no.

MUCHISIMAS GRACIAS
07/05/2003 12:09
Hola Helena:
Con la nueva legislación a partir del despido tienes 15 días para solicitar las prestaciones por desempleo que te puedan corresponder. Con la carta de despido es suficiente para estar en situación legal por desempleo, sin perjuicio de las acciones que puedas realizar ante el Juzgado de lo Social.

La indemnización por despido es de 45 días de salario por año de servicio. Si el despido es improcedente tendrá que pagarte los salarios de tramitación.

En principio, no debes de firmar el finiquito si no estás de acuerdo con las cantidades que te reflejan y puedes pedir la presencia de un representante de los trabajadores.

En segundo lugar debes iniciar una demanda de despido contra la empresa. Para ello debes de ponerte en contacto con un sindicato, graduado social o abogado para tu defensa. El plazo para presentar la demanda es de 20 días hábiles desde la fecha de despido.

Si no presentas demanda la carta de despido ya es suficiente para solicitar las prestaciones por desempleo que te correspondan.

En mi opinión, el contrato esta realizado en fraude de ley por no establecer la obra o servicio determinado y además la causa de despido tendrá que probarla el empresario, si no es así el despido es improcedente y el empresario tiene la opción de readmitirte o de indemnizarte.

Espero que te sirva. Saludos.
07/05/2003 13:12
Helena la respuesta de Jesusfer te tiene que sevir... está todo muy bien explicado. No se que más explicar que no se haya dicho ya.
Saludos.