Hola, mi caso es el siguiente: he cobrado del despido improcedente, una parte de embargos realizados sobre la empresa ha la que se ha declarado en insolvencia parcial y la parte del Fogasa. Quedan pendiente una cantidad del orden de 7000 € que debería abonarme la empresa. Mis dudas son: 1.- ¿El embargo sobre la empresa sigue en efecto hasta el cobro de dicha cantidad? ¿Existe posibilidad de cobrar así y que puedo hacer para que no prescriba la deuda? 2.- Recientemente, por demanda de otra compañera de trabajo, se ha declarado en sentencia firme que la empresa pertenece a un grupo de empresas ¿puede reclamar la deuda a la otra empresa?