Tengo una serie de dudas de la aplicación de la baja por paternidad muy puntuales, a ver si alguien sabe como funciona:
- En caso de tener convenio con dos días de baja por nacimiento. Entiendo que estos se mantienen con la nueva ley (así lo dice dicha ley) y la baja empezaría después de estos dos días. Es correcto? - Si el nacimiento es un miercoles, los dos días por nacimiento serían jueves y viernes. El permiso por paternidad empieza el mismo sábado o el lunes?? Es decir, el primer día natural o hábil??
Buenos días, el permiso de paternidad empieza con el parto, por lo que la efectividad de esos días de permiso que recoge el convenio han perdido su razón de ser, y aunque se mantengan en el convenio su disfrute no es posible puesto que el contrato se encuentra suspendido. Un saludo..
El Real Decreto-ley elimina el permiso de dos días por nacimiento de hijo establecido en el ex art. 37.3 b) ET. En caso de que este permiso se encuentre recogido por convenio colectivo hemos de entenderlo aplicable, junto con la necesidad de ampliarlo a 4 días, cuando la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto.
Pero no entiendo que significa en este caso "hemos de entenderlo aplicable". Me da la impresión de que dice que si en tu convenio están recogidos los 2 días por nacimiento, siguen en vigor.
Según este planteamiento, no tendría 2 días de permiso y seguidamente el permiso por paternidad (16 semanas)??
Si están recogidos en convenio los dos días te los puedes coger y tras el mismo el permiso de paternidad. Aun que sepa no salio ninguna sentencia que diga lo contrario. Aunque la respuesta que te dieron mas arriba es completamente lógica y no veo motivo por el cual no se debería aplicar. Mi consejo es que por dos días no te compliques, pide directamente el permiso de paternidad.