moon, (con derecho a equivocarme) me imagino que quieres decir que tienes el uso y disfrute de la vivenda no el usufructo que es diferente, respecto a tu pregunta tu ex tendra obligacion de compartir el gasto contigo si es por ejemplo un gasto de fachada de tejado... es decir cuando sean gastos de comunidad extra pero de la puerta para dentro de la vivenda seran gastos asumir por ti.
Vivo en la casa que compartí con mi ex-marido con mis dos hijas pequeñas, de la cual tengo el usufructo. La casa tiene muchos años y ahora se nos ha estropeado la puerta de acceso a la vivienda. cambiarla me supone un gasto extra que no me puedo permitir y mi pregunta es ¿puedo pedirle a mi ex el pago de la mitad?. En la sentencia claro que no dice nada de estas cosas e imagino que ya que tengo el usufructo tendría que asumirlo yo... ?!? bueno no sé es por si me podeis decir algo... Gracias.