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Deuda bancos

7 Comentarios
 
Deuda bancos
26/01/2005 06:52
Debo 40.000 euros (en total) a varios bancos. Por circunstancias personales, me resulta imposible hacer frente a la totalidad de las cuotas mensuales de los préstamos. ¿Con cuantas cuotas impagadas el banco me puede llevar a juicio? ¿Se puede negociar con el banco un plazo mayor de pago para reducir las cuotas mensuales o no suelen acceder? ¿Cuenta de algo la buena voluntad de solucionar el tema? No tengo casa en propiedad, vivo de alquiler, no poseo coche ni otro tipo de bienes. Acualmente mi sueldo no llega a los 850 euros (¿hasta cuanto pueden embargarme?) ESTOY DESESPERADA.
26/01/2005 08:55
Si ese es tu salario, no pueden embargarte nada, porque es justo el salario mínimo. Así lo establece la Ley de Enjuiciamiento Civil en su artículo Artículo 607:

"1. Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional.

2. Los salarios, sueldos, jornales, retribuciones o pensiones que sean superiores al salario mínimo interprofesional se embargarán conforme a esta escala:

Para la primera cuantía adicional hasta la que suponga el importe del doble del salario mínimo interprofesional, el 30 %.

Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un tercer salario mínimo interprofesional, el 50 %.

Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un cuarto salario mínimo interprofesional, el 60 %.

Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un quinto salario mínimo interprofesional, el 75 %.

Para cualquier cantidad que exceda de la anterior cuantía, el 90 %."

Desde mi punto de vista eres insolvente. ¿Cómo has llegado a ese extremo?

Un saludo.
26/01/2005 09:20
Gracias por la respuesta.
Supongo, Xena, que eres abogada. A ti o a otro abogado:
Estos préstamos están a un plazo a entre 4 y 6 años. Podría (con muchísimo sacrificio) pagar parte y otra parte pedir ayuda a mi familia, para ir salvando los plazos.
¿Es preferible hacer esto que indico que desistir de pagar y esperar que me lleven a juicio? Lo de ir a juicio y embargar nómina, y seguir debiendo ya judicialmente, ¿tiene muchas consecuencias para el resto de mi vida? ¿Realmente, a pesar de la vergüenza y el terrible sacrificio, es mejor que atienda las cuotas?
Muchísimas gracias por anticipado.
26/01/2005 09:39
Bueno, soy abogada no ejerciente. Mi ámbito es el derecho tributario local y en el tema de embargo de sueldos, salarios y pensiones si podía responderte.

Un consejo, no como profesional, es que hagas el sacrificio que mencionas, ya no solo para evitarte pleitos, sino porque te va a costar salir de las listas de morosos y te puede dar problemas a la hora de obtener otro crédito, hacer compras a plazos, etc.

Siento no poder ayudarte más al respecto.

Un saludo y suerte.

26/01/2005 10:08
Perdona, tengo que rectificar porque por error había leído que tu salario era de 580 € en vez de 850 €. Te pueden embargar el 30% de los aoproximadamente 300 € de tu sueldo que superan el SMI.
Disculpa mi despiste.

Un saludo.
29/01/2005 11:56
Buenos días,

A ver si me aclaro, tienes una nómina de 850 Euros (o eso figura en ella), ¿Y te han dado crédito por 40.000 euros?

O las EBancarias o de crédito han perdido el juicio, porque lo normal es que consulten al RAIF sobre débito de créditos o esto no se entiende... a ver, di en puridad, si verdaderamente tienes esas deudas ¿cuál es la fórmula?, o si lo que querías es poner una cantidad simbólica para conocer profundamente sus consecuencias, y amparada en la lástima, se te informara profundamente, y así hacerte una idea de lo que te puede suceder e incluso de lo que te pueden retener... se clara la próxima vez y dí la verdad, se te va a contestar de igual forma, sin prejuicios, como el claro y rotundo expositivo de Xena, al cuál me adhiero, no obstante añadir que en atención a las cargas familiares del ejecutado, el tribunal podrá aplicar una rebaja de entre un 10 a un 15 por 100 en los porcentajes establecidos en los números l.º, 2.º, 3.º y 4.º del apartado 2 del presente artículo.

Y no se olvide que las apariencias son tenidas por verdades ciertas en la sociedad, a hecho Vd., gala de ello.

Un saludo.
29/01/2005 13:40
Desde luego siempre es mejor atender los préstamos, si bien hay ocasiones en que es difícil, si no imposible.

En una ejecución forzosa, sin perjuicio de la posible reducción por las cargas familiares, se embargaría el salario por un importe aproximado de 120 euros. Pero el problema no es el embargo, sino que una vez vencidos anticipadamente los préstamos estos empiezan a devengar intereses moratorios, notablemente superiores a los remuneratorios, lo que hará que los intereses de esos préstamos se coman lo que se esté satisfaciendo con el embargo del salario.

Por otro lado, hay que tener en cuenta las costas procesales de los procedimientos, que también incrementarán la deuda.

Lo que yo haría sería negociar con alguno de los bancos, si son varios, intentando obtener un sólo préstamo por el importe debido por los cuatro, de manera que la cuota mensual que se abone sea sensiblemente inferior a la que se está abonando por todos ellos en la actualidad.
14/11/2005 19:09
Mi situación es parecida a lo que expone esta persona. No sé los detalles de su caso, en el mio puedo asegurar que si que se pueden conseguir creditos y préstamos hasta 40.000 euros con un salario semejante (en mi caso un poco superior, sobre 1000 euros/mes). No sólo tengo prestamos sino que gran parte de la deuda esta repartida en tarjetas de credito. En mi caso me metí en las deudas por el juego on-line, al parecer la mayoría de los sitios se supone que son ilegales, al menos en España, pero todos estos sitios siguen operando de forma impune.
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26/01/2005 06:52
Debo 40.000 euros (en total) a varios bancos. Por circunstancias personales, me resulta imposible hacer frente a la totalidad de las cuotas mensuales de los préstamos. ¿Con cuantas cuotas impagadas el banco me puede llevar a juicio? ¿Se puede negociar con el banco un plazo mayor de pago para reducir las cuotas mensuales o no suelen acceder? ¿Cuenta de algo la buena voluntad de solucionar el tema? No tengo casa en propiedad, vivo de alquiler, no poseo coche ni otro tipo de bienes. Acualmente mi sueldo no llega a los 850 euros (¿hasta cuanto pueden embargarme?) ESTOY DESESPERADA.
26/01/2005 08:55
Si ese es tu salario, no pueden embargarte nada, porque es justo el salario mínimo. Así lo establece la Ley de Enjuiciamiento Civil en su artículo Artículo 607:

"1. Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional.

2. Los salarios, sueldos, jornales, retribuciones o pensiones que sean superiores al salario mínimo interprofesional se embargarán conforme a esta escala:

Para la primera cuantía adicional hasta la que suponga el importe del doble del salario mínimo interprofesional, el 30 %.

Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un tercer salario mínimo interprofesional, el 50 %.

Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un cuarto salario mínimo interprofesional, el 60 %.

Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un quinto salario mínimo interprofesional, el 75 %.

Para cualquier cantidad que exceda de la anterior cuantía, el 90 %."

Desde mi punto de vista eres insolvente. ¿Cómo has llegado a ese extremo?

Un saludo.
26/01/2005 09:20
Gracias por la respuesta.
Supongo, Xena, que eres abogada. A ti o a otro abogado:
Estos préstamos están a un plazo a entre 4 y 6 años. Podría (con muchísimo sacrificio) pagar parte y otra parte pedir ayuda a mi familia, para ir salvando los plazos.
¿Es preferible hacer esto que indico que desistir de pagar y esperar que me lleven a juicio? Lo de ir a juicio y embargar nómina, y seguir debiendo ya judicialmente, ¿tiene muchas consecuencias para el resto de mi vida? ¿Realmente, a pesar de la vergüenza y el terrible sacrificio, es mejor que atienda las cuotas?
Muchísimas gracias por anticipado.
26/01/2005 09:39
Bueno, soy abogada no ejerciente. Mi ámbito es el derecho tributario local y en el tema de embargo de sueldos, salarios y pensiones si podía responderte.

Un consejo, no como profesional, es que hagas el sacrificio que mencionas, ya no solo para evitarte pleitos, sino porque te va a costar salir de las listas de morosos y te puede dar problemas a la hora de obtener otro crédito, hacer compras a plazos, etc.

Siento no poder ayudarte más al respecto.

Un saludo y suerte.

26/01/2005 10:08
Perdona, tengo que rectificar porque por error había leído que tu salario era de 580 € en vez de 850 €. Te pueden embargar el 30% de los aoproximadamente 300 € de tu sueldo que superan el SMI.
Disculpa mi despiste.

Un saludo.
29/01/2005 11:56
Buenos días,

A ver si me aclaro, tienes una nómina de 850 Euros (o eso figura en ella), ¿Y te han dado crédito por 40.000 euros?

O las EBancarias o de crédito han perdido el juicio, porque lo normal es que consulten al RAIF sobre débito de créditos o esto no se entiende... a ver, di en puridad, si verdaderamente tienes esas deudas ¿cuál es la fórmula?, o si lo que querías es poner una cantidad simbólica para conocer profundamente sus consecuencias, y amparada en la lástima, se te informara profundamente, y así hacerte una idea de lo que te puede suceder e incluso de lo que te pueden retener... se clara la próxima vez y dí la verdad, se te va a contestar de igual forma, sin prejuicios, como el claro y rotundo expositivo de Xena, al cuál me adhiero, no obstante añadir que en atención a las cargas familiares del ejecutado, el tribunal podrá aplicar una rebaja de entre un 10 a un 15 por 100 en los porcentajes establecidos en los números l.º, 2.º, 3.º y 4.º del apartado 2 del presente artículo.

Y no se olvide que las apariencias son tenidas por verdades ciertas en la sociedad, a hecho Vd., gala de ello.

Un saludo.
29/01/2005 13:40
Desde luego siempre es mejor atender los préstamos, si bien hay ocasiones en que es difícil, si no imposible.

En una ejecución forzosa, sin perjuicio de la posible reducción por las cargas familiares, se embargaría el salario por un importe aproximado de 120 euros. Pero el problema no es el embargo, sino que una vez vencidos anticipadamente los préstamos estos empiezan a devengar intereses moratorios, notablemente superiores a los remuneratorios, lo que hará que los intereses de esos préstamos se coman lo que se esté satisfaciendo con el embargo del salario.

Por otro lado, hay que tener en cuenta las costas procesales de los procedimientos, que también incrementarán la deuda.

Lo que yo haría sería negociar con alguno de los bancos, si son varios, intentando obtener un sólo préstamo por el importe debido por los cuatro, de manera que la cuota mensual que se abone sea sensiblemente inferior a la que se está abonando por todos ellos en la actualidad.
14/11/2005 19:09
Mi situación es parecida a lo que expone esta persona. No sé los detalles de su caso, en el mio puedo asegurar que si que se pueden conseguir creditos y préstamos hasta 40.000 euros con un salario semejante (en mi caso un poco superior, sobre 1000 euros/mes). No sólo tengo prestamos sino que gran parte de la deuda esta repartida en tarjetas de credito. En mi caso me metí en las deudas por el juego on-line, al parecer la mayoría de los sitios se supone que son ilegales, al menos en España, pero todos estos sitios siguen operando de forma impune.