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Deuda Comunidad - Incumplimiento Escrituras

1 Comentarios
 
Deuda comunidad - incumplimiento escrituras
09/07/2014 14:27
Buenas tardes,

Tengo un problema de unas deudas de comunidad que se me reclaman, aunque no son mías.
Compré un piso a Bankia en mayo de 2014, en las escrituras no se presentó certificado de deuda de comunidad (aunque lo solicité) en ella se indica que eximia de presentar documentación, que tenía deudas pendientes y que Bankia se haría cargo de lo que legalmente le corresponda, y en otro punto indicaba que se entregaba libre de cargas de comunidad e impuestos. Pregunté ésta duda en la notaría y los de Bankia me dijeron que ellos corrían con las deudas delante del notario y en notario me dijo que sólo me tenía que preocupar de pagar a partir de la adquisición del piso. Así que firmé...
Además, en la nota simple y en las escrituras aparece como fecha de adquisición por parte de Bankia de la vivienda el 3 de diciembre de 2012, por lo que legalmente según la ley de propiedad en esa fecha le correspondería el año anterior y hasta la fecha de la venta, por lo que a mí aún así no me quedaría deudas pues con el cambio de LPH me correspondería desde 2011 hasta el año actual.
Bien, pues después de unos días tras la firma me llega una notificación desde la administradora de la finca reclamándome el año actual y los 3 anteriores, es decir, desde enero 2011 a mayo 2014, así que le reclamo a Bankia y ellos dicen que sólo pagan desde enero de 2012 a mayo de 2014 porque para ellos la titularidad del piso es desde el 18 de enero de 2013 que es cuando el secretario da fe. Lo consulto tanto con el registro de la nota simple y con el notario y éstos me dicen que la fecha de su adquisición es diciembre de 2013 tal como aparece en las escrituras, y el notario además me indica que independientemente de su fecha de adquisición ellos me lo tienen que dar libre de cargas de comunidad tal como indica las escrituras.
Así que lo vuelvo a reclamar a Bankia enviando las respuestas de ambos y siguen con las suyas de que ellos sólo pagan lo que les corresponde legalmente y es a partir de 2012.
La administradora me comunicó que Bankia ya había pagado a partir de 2012 y que me correspondía a mí pagar 2011, que Bankia les había comunicado mediante email (estaba yo en copia) que pagaban a partir de 2012 porque ellos son propietarios desde 2013, pero no adjuntan documentación ni nada y ellos se fían del email. Además, curioso que ésta administradora me haya reclamado 3 veces en tan sólo 1 mes las deudas y a Bankia 1 sola vez (y sin hacer mucho ruido) en 3 años, pudiendo haberlo hecho por juicio monitorio incluso (y así no tendrían que reclamarme nada).
Así que, la última respuesta que tengo del notario es que negocie con el administrador para que no me reclamen las deudas (que no sé cómo), que incluso consignarlas judicialmente, pero desde luego reclamar a Bankia el pago de las cantidades de las que responde el inmueble, toda vez que me lo han transmitido libre de cargas.

¿Cuál es el siguiente paso que me recomendáis dar? ¿Hoja de reclamaciones y a consumo? ¿a un abogado? El importe de la deuda es de unos 650€ y lo que no sé es cuánto me costaría un abogado (y si me compensa).

Un saludo y muchas gracias!
Alfredo.
09/07/2014 16:26
Por esa cantidad,no merece la pena iniciar ningún procedimiento, ni tan siquiera de reclamación amistosa.
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Deuda Comunidad - Incumplimiento Escrituras

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Deuda comunidad - incumplimiento escrituras
09/07/2014 14:27
Buenas tardes,

Tengo un problema de unas deudas de comunidad que se me reclaman, aunque no son mías.
Compré un piso a Bankia en mayo de 2014, en las escrituras no se presentó certificado de deuda de comunidad (aunque lo solicité) en ella se indica que eximia de presentar documentación, que tenía deudas pendientes y que Bankia se haría cargo de lo que legalmente le corresponda, y en otro punto indicaba que se entregaba libre de cargas de comunidad e impuestos. Pregunté ésta duda en la notaría y los de Bankia me dijeron que ellos corrían con las deudas delante del notario y en notario me dijo que sólo me tenía que preocupar de pagar a partir de la adquisición del piso. Así que firmé...
Además, en la nota simple y en las escrituras aparece como fecha de adquisición por parte de Bankia de la vivienda el 3 de diciembre de 2012, por lo que legalmente según la ley de propiedad en esa fecha le correspondería el año anterior y hasta la fecha de la venta, por lo que a mí aún así no me quedaría deudas pues con el cambio de LPH me correspondería desde 2011 hasta el año actual.
Bien, pues después de unos días tras la firma me llega una notificación desde la administradora de la finca reclamándome el año actual y los 3 anteriores, es decir, desde enero 2011 a mayo 2014, así que le reclamo a Bankia y ellos dicen que sólo pagan desde enero de 2012 a mayo de 2014 porque para ellos la titularidad del piso es desde el 18 de enero de 2013 que es cuando el secretario da fe. Lo consulto tanto con el registro de la nota simple y con el notario y éstos me dicen que la fecha de su adquisición es diciembre de 2013 tal como aparece en las escrituras, y el notario además me indica que independientemente de su fecha de adquisición ellos me lo tienen que dar libre de cargas de comunidad tal como indica las escrituras.
Así que lo vuelvo a reclamar a Bankia enviando las respuestas de ambos y siguen con las suyas de que ellos sólo pagan lo que les corresponde legalmente y es a partir de 2012.
La administradora me comunicó que Bankia ya había pagado a partir de 2012 y que me correspondía a mí pagar 2011, que Bankia les había comunicado mediante email (estaba yo en copia) que pagaban a partir de 2012 porque ellos son propietarios desde 2013, pero no adjuntan documentación ni nada y ellos se fían del email. Además, curioso que ésta administradora me haya reclamado 3 veces en tan sólo 1 mes las deudas y a Bankia 1 sola vez (y sin hacer mucho ruido) en 3 años, pudiendo haberlo hecho por juicio monitorio incluso (y así no tendrían que reclamarme nada).
Así que, la última respuesta que tengo del notario es que negocie con el administrador para que no me reclamen las deudas (que no sé cómo), que incluso consignarlas judicialmente, pero desde luego reclamar a Bankia el pago de las cantidades de las que responde el inmueble, toda vez que me lo han transmitido libre de cargas.

¿Cuál es el siguiente paso que me recomendáis dar? ¿Hoja de reclamaciones y a consumo? ¿a un abogado? El importe de la deuda es de unos 650€ y lo que no sé es cuánto me costaría un abogado (y si me compensa).

Un saludo y muchas gracias!
Alfredo.
09/07/2014 16:26
Por esa cantidad,no merece la pena iniciar ningún procedimiento, ni tan siquiera de reclamación amistosa.