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Deuda con tarjeta visa.

1 Comentarios
 
Deuda con tarjeta visa.
04/08/2017 11:40
Buenos dias

Mi padre fallecio hace casi dos semanas. Entre papeles hemos encontrado una deuda con la tarjeta visa porque tu vuelves.

Me gustaria saber si de esa deuda nos tenemos que hacer cargo o por el contrario puede tener algun seguro por fallecimiento asociado. Ya que no tenemos el contrato que firmo mi padre en su dia y en las clausulas legales que leo en el internet solo encuentro fallecimiento en carretera.

Tambien he leido que este tipo de tarjetas estan muy respaldadas y intentaran que asumamos nosotras la deuda.

¿Alguien me puede aconsejar o conoce bien esta tarjeta?
04/08/2017 13:02
Map1989
Esa tarjeta, al igual que muchas otras, esta vinculada a un seguro de protección de pagos, el problema es que ese seguro se ejecuta cuando el deudor no tiene forma alguna de responder ante los pagos, osea que ese seguro no se responsabiliza en caso de fallecimiento.
Ahora bien, vosotros sois los herederos y también heredáis las deudas, si queréis acceder a la herencia también tenéis que haceros cargo de esa deuda, y cuanto antes mejor porque los intereses se acumulan. Intentar llegar a algún acuerdo con la entidad que emite la tarjeta.
Deuda con tarjeta visa. | PorticoLegal
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Deuda con tarjeta visa.

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Deuda con tarjeta visa.
04/08/2017 11:40
Buenos dias

Mi padre fallecio hace casi dos semanas. Entre papeles hemos encontrado una deuda con la tarjeta visa porque tu vuelves.

Me gustaria saber si de esa deuda nos tenemos que hacer cargo o por el contrario puede tener algun seguro por fallecimiento asociado. Ya que no tenemos el contrato que firmo mi padre en su dia y en las clausulas legales que leo en el internet solo encuentro fallecimiento en carretera.

Tambien he leido que este tipo de tarjetas estan muy respaldadas y intentaran que asumamos nosotras la deuda.

¿Alguien me puede aconsejar o conoce bien esta tarjeta?
04/08/2017 13:02
Map1989
Esa tarjeta, al igual que muchas otras, esta vinculada a un seguro de protección de pagos, el problema es que ese seguro se ejecuta cuando el deudor no tiene forma alguna de responder ante los pagos, osea que ese seguro no se responsabiliza en caso de fallecimiento.
Ahora bien, vosotros sois los herederos y también heredáis las deudas, si queréis acceder a la herencia también tenéis que haceros cargo de esa deuda, y cuanto antes mejor porque los intereses se acumulan. Intentar llegar a algún acuerdo con la entidad que emite la tarjeta.