Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Deuda de más de diecisiete mil euros con empresa de limpieza sin conocimiento de la comunidad.

10 Comentarios
 
Deuda de más de diecisiete mil euros con empresa de limpieza sin conocimiento de la comunidad.
05/03/2019 14:09
Desde el 2005 hasta finales del 2011, jamás se ha escuchado o dicho, en ninguna Junta de Propietarios, que se le debiera a la Empresa de Limpieza cantidad alguna.
Desde finales del 2011 hasta el día de hoy, nuestra Comunidad de Propietarios la lleva un administrador…
No figura en ninguna Acta que se le haya dado poderes al administrador para dejar de pagar los servicios imprescindibles de la Comunidad, como son el agua, la luz, personal de limpieza, mantenimiento de ascensores, etc. y que ese dinero lo destine a otros menesteres de la comunidad que, a su juicio, crea que deben tener prioridad.
Recientemente se hizo una Junta de Propietarios donde proponía una derrama para liquidación de la empresa de limpieza ¿…?
La realidad es que debemos o deben, según se mire, a la Empresa de Limpieza más de veinte mil euros que, por lo que se ve, pensaban cubrir con una derrama por valor de treinta mil euros.
Eso sí, puntualmente, mes a mes, el administrador se cobraba sus honorarios que ascienden a un total anual de cinco mil setecientos euros.
Si el administrador no tenía consentimiento escrito de la Comunidad para dejar de pagar a la empresa de limpieza mensualmente sus honorarios y ahora tenemos una deuda de veinte mil euros, lo correcto sería que el administrador los pagara de su bolsillo, ¡digo yo!
Por otro lado, estaba en el orden del día la renovación o elección de nuevos cargos, de nuevos miembros de la Junta de Gobierno. Todos dejaron sus cargos menos el Presidente que continúa y, el administrador que sigue como tal y como nuevo secretario…
¿Tenemos que pagar todos lo que se debe a la Empresa de Limpieza porque el administrador dejó de pagar a sabiendas de la Junta de Gobierno sin que los demás propietarios estuvieran al corriente?
¿Deberíamos convocar una nueva Junta de Propietarios y, como punto principal, en el orden del día, proponer denunciar al administrador y al propietario que ejerce como presidente por la deuda con la empresa de limpieza y las consecuencias que ello nos puede acarrear?
05/03/2019 15:35
camarlengo
Si usted se cree que una empresa de limpieza a la que se debe 20000€€, ha estado realizando un trabajo sin cobrar, yo al menos no.
No puedo creerlo a menos que pueda convencerme de que cada año en la junta anual ordinaria no figurase esa deuda acumulativa
Por cierto; Esta empresa de limpieza es la misma a la que alude en fecha 21/2?
05/03/2019 20:08
camarlengo
¿Deberíamos convocar una nueva Junta de Propietarios y, como punto principal, en el orden del día, proponer denunciar al administrador y al propietario que ejerce como presidente por la deuda con la empresa de limpieza y las consecuencias que ello nos puede acarrear?

Si realmente no le han pagado, la respuesta a su pregunta es NO.

Saludos.
28/03/2019 14:39
Donpepon
Sí, es la misma. Es más, puedo decirle que debe esa cantidad porque lo he averiguado yo personalmente. Y... no son 20000€ son... 38000€.
08/04/2019 12:48
Donpepon
Respondiendo a Donpepon: Sí, es la misma empresa. Mas abajo pongo lo que se recoge en Acta sobre este tema.
08/04/2019 13:01
camarlengo
Dado que mi comentario y lo que aquí indico es muy largo, lo pongo en TRES PARTES siendo ésta la Primera:
1 de 3
De lo que vengo ya diciendo, como se indica y tengo que rectificar en lo que puse en un primer momento, no son diecisiete mil euros los que se deben a la Empresa de Limpieza, son veintinueve mil cuatrocientos sesenta y uno euros con noventa y un céntimos de euro, y esto es así, por desgracia, por lo que cito textualmente y que viene recogido en el Acta de la última reunión de propietarios:

En el punto del estado de cuentas de la comunidad se ha explicado con detenimiento la situación económica de la comunidad, y el motivo por el que se ha llegado a esta situación.

Por un lado, se mantiene el nivel de morosidad en una media de veinticinco mil euros desde el año 2012, en segundo lugar las reparaciones extraordinarias que la comunidad tiene que acometer que superan los previstos en el presupuesto ordinario, pero sobre todo porque este año dos mil dieciocho se ha hecho una reparación digna de valorar que consiste en las renovaciones de las setenta y siete acometidas de abastecimiento de agua, de viviendas y locales en todo el garaje desde la entrada de los contadores individuales hasta la subida vertical hacia las viviendas, obra valorada en veintiséis mil eros, de los que ya se han abonado quince mil euros del fondo de la comunidad, sin hacer derrama alguna.

Estas circunstancias han obligado a retrasar el pago del servicio de limpieza de la comunidad, que a fecha de hoy, (28/02/2019), han acumulado veintinueve mil cuatrocientos sesenta y uno euros con noventa y un céntimos de euro, y si además se añade que para este año dos mil diecinueve la empresa ha comunicado que incrementa el importe de la factura con motivo del incremento salarial del veintidós coma treinta por ciento, circunstancia que no tiene obligación de asumir la comunidad.
08/04/2019 13:02
camarlengo
2 de 3
Una vez escuchadas las opiniones de los propietarios presentes en la asamblea, se somete a votación la rescisión del servicio de limpieza de la comunidad con el voto favorable de los 21 propietarios presentes y representados en la asamblea, que suman un coeficiente de asistencia del cuarenta coma dieciséis por ciento sobre el total de cuotas de participación de la comunidad, con fecha de efectos del treinta y uno de marzo de dos mil diecinueve, dejando pendiente la reposición de un nuevo servicio, ya sea propio o ajeno, hasta no se llegue a un acuerdo de pago con la empresa saliente.

Respecto a la propuesta de hacer una derrama de treinta mil euros para liquidar la actual deuda con la empresa de limpieza, que correspondería pagar trescientos ochenta y cuatro euros con sesenta y dos céntimos de euro por cada vivienda y local, así como a los propietarios del garaje, ésta no puede aprobarse por no alcanzar el acuerdo de doble mayoría, que exige el art. Diecisiete punto ocho de la Ley 49/1960 de 21 de abril, sobre Propiedad Horizontal, puesto que se ha obtenido quince votos favorables frente a seis votos en contra, pero con un coeficiente del dieciocho punto setenta y seis por ciento frente al veintiuno coma cuarenta por ciento respectivamente.

Dadas las circunstancias, el administrador expone que tratará de llegar a un acuerdo de pago aplazado con la empresa de limpieza, y si éste no es posible y la comunidad recibe una demanda o reclamación para el cumplimiento del pago, se tendrá que hacer una junta extraordinaria para hacer obligatoriamente la derrama con las consecuencias que de la nueva situación puedan derivarse.
Hasta aquí, lo que consta en Acta.

Que yo sepa, no se dijo en ningún momento que las tuberías de agua se debían cambiar con tanta urgencia y máxime cuando la mayoría estaban recientemente cambiadas y funcionaban perfectamente.
08/04/2019 13:03
camarlengo
3 de 3
Según comentarios de pasillo, no son veintinueve mil cuatrocientos sesenta y uno euros con noventa y un céntimos de euro los que se debe a la empresa de limpieza, son casi treinta y ocho mil euros… porque no se han sumado a la deuda los meses desde Enero al treinta y uno de marzo con la subida indicada y que, según se puede leer, el administrador dice que no tiene obligación de asumir la comunidad.
Ha sido una sorpresa para muchos propietari@s saber que durante más de un año no se ha pagado a la empresa de limpieza, del mismo modo que hacía más de un año que el administrador no convocaba una junta, ni ordinaria ni extraordinaria.
¿Quién es el responsable de que no se haya pagado a la empresa de limpieza?
¿Debe la comunidad asumir esa deuda con la empresa de limpieza cuando, puntualmente y mes a mes, la mayoría de propietarios pagamos la cuota establecida que asciende a cincuenta euros cada una de las setenta y cuatro viviendas, más treinta y ocho euros los cuatro locales comerciales?
¿Está obligado el administrador a comunicar a la comunidad las obras de mejora de abastecimiento de aguas a realizar, sin el consentimiento de ésta?
¿Podemos limpiar la comunidad los propios propietarios?
Si nos demanda la empresa de limpieza ¿Quién debe pagar todos los gastos?
Me gustaría sabes sus opiniones que, como siempre digo, son de mucha ayuda.
Gracias y disculpen la largura del texto, pero es necesario exponerlo para entender lo que aquí se ha hecho sin contar con el beneplácito de la comunidad.
08/04/2019 19:14
camarlengo
Salvo mejor opinión.
La comunidad debe pagar la factura de la empresa de limpieza, ya que es la obligada al pago, otra cosa serán las consecuencias o acciones que esta, la comunidad, tome contra el gestor y su presidente. Si os denuncia la empresa, que ya está tardando, la comunidad tendrá que hacerse cargo de todos los gastos.
Las obras de cambio de las acometidas deberían ser aprobadas en junta, no estamos hablando de una obra urgente que se tenga que realizar si o si, es mucho dinero. Deberían pedir explicaciones al gestor y al presidente ¿Quién dio orden de pago de esa factura?
Si las cuentas son correctas, no falta dinero ni gastos sin justificar, yo propondría echar al administrador y cambiarlo, o llevar la comunidad los propios vecinos.
Aparte pagan todos lo mismo de comunidad ¿está así puesto en los estatutos o es un acuerdo entre los vecinos? Sino lo normal es pagar por coeficiente.

Saludos
10/04/2019 14:21
muros
Los Estatutos están obsoletos. Se dijo de hacer unos nuevos pero nadie se ha movido para tal evento. El administrador propuso unos estatutos que quiso que se aprobaran en una junta sin haberlos leído todos los propietarios. No se aprobaron, como tampoco pasó éstos a los propietarios, desconocemos lo que indicaba el administrador en ellos. Seguimos pagando lo mismo que hace años, es decir, los locales comerciales pagan 38€ y las viviendas 50€. En esa cuota incluyen todos los gastos: luz, agua, ascensor, limpieza edificio, etc. El administrador indica en actas los coeficientes de cada vivienda y local, pero a la hora de pagar aplica lo acordado en los antiguos estatutos, es decir, 38€ a los 4 locales y 50€ a las 74 viviendas. Seguimos con deudores y, según dijo el administrador, no se puede denunciar a quien cobre menos de 600€... ???
El grave problema de la comunidad es que la mayoría de gente es pensionista y con pocas ganas de tener problemas. Mucho comentario de pasillo pero luego no asisten a las juntas.
11/04/2019 10:05
camarlengo
Los estatutos si están en vigor y no van en contra de la LPH son totalmente válidos y si en ellos se acuerda pagar a partes iguales por todas las viviendas, con exenciones a los bajos, es como hay que hacerlo, salvo cambio por parte de la asamblea. Se puede denunciar a quien sea, cobre lo que cobre, otra cosa es que no se le pueda embargar por debajo de un nivel de ingresos, que realmente este punto lo desconozco un poco, se que hasta ciertos ingresos no se puede embargar nada, pero no me atrevo a dar las cifras, pues no las conozco.
Lo que, en mi opinión, deben hacer es liquidar la deuda con la empresa, como puedan, lleguen a un acuerdo pues les será mucho mejor que una sentencia judicial, y no permitan al administrador ninguna obra sin consentimiento de la junta, salvo las realmente urgentes.

Saludos
Deuda de más de diecisiete mil euros con empresa de limpieza sin conocimiento de la comunidad. | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Deuda de más de diecisiete mil euros con empresa de limpieza sin conocimiento de la comunidad.

10 Comentarios
 
Deuda de más de diecisiete mil euros con empresa de limpieza sin conocimiento de la comunidad.
05/03/2019 14:09
Desde el 2005 hasta finales del 2011, jamás se ha escuchado o dicho, en ninguna Junta de Propietarios, que se le debiera a la Empresa de Limpieza cantidad alguna.
Desde finales del 2011 hasta el día de hoy, nuestra Comunidad de Propietarios la lleva un administrador…
No figura en ninguna Acta que se le haya dado poderes al administrador para dejar de pagar los servicios imprescindibles de la Comunidad, como son el agua, la luz, personal de limpieza, mantenimiento de ascensores, etc. y que ese dinero lo destine a otros menesteres de la comunidad que, a su juicio, crea que deben tener prioridad.
Recientemente se hizo una Junta de Propietarios donde proponía una derrama para liquidación de la empresa de limpieza ¿…?
La realidad es que debemos o deben, según se mire, a la Empresa de Limpieza más de veinte mil euros que, por lo que se ve, pensaban cubrir con una derrama por valor de treinta mil euros.
Eso sí, puntualmente, mes a mes, el administrador se cobraba sus honorarios que ascienden a un total anual de cinco mil setecientos euros.
Si el administrador no tenía consentimiento escrito de la Comunidad para dejar de pagar a la empresa de limpieza mensualmente sus honorarios y ahora tenemos una deuda de veinte mil euros, lo correcto sería que el administrador los pagara de su bolsillo, ¡digo yo!
Por otro lado, estaba en el orden del día la renovación o elección de nuevos cargos, de nuevos miembros de la Junta de Gobierno. Todos dejaron sus cargos menos el Presidente que continúa y, el administrador que sigue como tal y como nuevo secretario…
¿Tenemos que pagar todos lo que se debe a la Empresa de Limpieza porque el administrador dejó de pagar a sabiendas de la Junta de Gobierno sin que los demás propietarios estuvieran al corriente?
¿Deberíamos convocar una nueva Junta de Propietarios y, como punto principal, en el orden del día, proponer denunciar al administrador y al propietario que ejerce como presidente por la deuda con la empresa de limpieza y las consecuencias que ello nos puede acarrear?
05/03/2019 15:35
camarlengo
Si usted se cree que una empresa de limpieza a la que se debe 20000€€, ha estado realizando un trabajo sin cobrar, yo al menos no.
No puedo creerlo a menos que pueda convencerme de que cada año en la junta anual ordinaria no figurase esa deuda acumulativa
Por cierto; Esta empresa de limpieza es la misma a la que alude en fecha 21/2?
05/03/2019 20:08
camarlengo
¿Deberíamos convocar una nueva Junta de Propietarios y, como punto principal, en el orden del día, proponer denunciar al administrador y al propietario que ejerce como presidente por la deuda con la empresa de limpieza y las consecuencias que ello nos puede acarrear?

Si realmente no le han pagado, la respuesta a su pregunta es NO.

Saludos.
28/03/2019 14:39
Donpepon
Sí, es la misma. Es más, puedo decirle que debe esa cantidad porque lo he averiguado yo personalmente. Y... no son 20000€ son... 38000€.
08/04/2019 12:48
Donpepon
Respondiendo a Donpepon: Sí, es la misma empresa. Mas abajo pongo lo que se recoge en Acta sobre este tema.
08/04/2019 13:01
camarlengo
Dado que mi comentario y lo que aquí indico es muy largo, lo pongo en TRES PARTES siendo ésta la Primera:
1 de 3
De lo que vengo ya diciendo, como se indica y tengo que rectificar en lo que puse en un primer momento, no son diecisiete mil euros los que se deben a la Empresa de Limpieza, son veintinueve mil cuatrocientos sesenta y uno euros con noventa y un céntimos de euro, y esto es así, por desgracia, por lo que cito textualmente y que viene recogido en el Acta de la última reunión de propietarios:

En el punto del estado de cuentas de la comunidad se ha explicado con detenimiento la situación económica de la comunidad, y el motivo por el que se ha llegado a esta situación.

Por un lado, se mantiene el nivel de morosidad en una media de veinticinco mil euros desde el año 2012, en segundo lugar las reparaciones extraordinarias que la comunidad tiene que acometer que superan los previstos en el presupuesto ordinario, pero sobre todo porque este año dos mil dieciocho se ha hecho una reparación digna de valorar que consiste en las renovaciones de las setenta y siete acometidas de abastecimiento de agua, de viviendas y locales en todo el garaje desde la entrada de los contadores individuales hasta la subida vertical hacia las viviendas, obra valorada en veintiséis mil eros, de los que ya se han abonado quince mil euros del fondo de la comunidad, sin hacer derrama alguna.

Estas circunstancias han obligado a retrasar el pago del servicio de limpieza de la comunidad, que a fecha de hoy, (28/02/2019), han acumulado veintinueve mil cuatrocientos sesenta y uno euros con noventa y un céntimos de euro, y si además se añade que para este año dos mil diecinueve la empresa ha comunicado que incrementa el importe de la factura con motivo del incremento salarial del veintidós coma treinta por ciento, circunstancia que no tiene obligación de asumir la comunidad.
08/04/2019 13:02
camarlengo
2 de 3
Una vez escuchadas las opiniones de los propietarios presentes en la asamblea, se somete a votación la rescisión del servicio de limpieza de la comunidad con el voto favorable de los 21 propietarios presentes y representados en la asamblea, que suman un coeficiente de asistencia del cuarenta coma dieciséis por ciento sobre el total de cuotas de participación de la comunidad, con fecha de efectos del treinta y uno de marzo de dos mil diecinueve, dejando pendiente la reposición de un nuevo servicio, ya sea propio o ajeno, hasta no se llegue a un acuerdo de pago con la empresa saliente.

Respecto a la propuesta de hacer una derrama de treinta mil euros para liquidar la actual deuda con la empresa de limpieza, que correspondería pagar trescientos ochenta y cuatro euros con sesenta y dos céntimos de euro por cada vivienda y local, así como a los propietarios del garaje, ésta no puede aprobarse por no alcanzar el acuerdo de doble mayoría, que exige el art. Diecisiete punto ocho de la Ley 49/1960 de 21 de abril, sobre Propiedad Horizontal, puesto que se ha obtenido quince votos favorables frente a seis votos en contra, pero con un coeficiente del dieciocho punto setenta y seis por ciento frente al veintiuno coma cuarenta por ciento respectivamente.

Dadas las circunstancias, el administrador expone que tratará de llegar a un acuerdo de pago aplazado con la empresa de limpieza, y si éste no es posible y la comunidad recibe una demanda o reclamación para el cumplimiento del pago, se tendrá que hacer una junta extraordinaria para hacer obligatoriamente la derrama con las consecuencias que de la nueva situación puedan derivarse.
Hasta aquí, lo que consta en Acta.

Que yo sepa, no se dijo en ningún momento que las tuberías de agua se debían cambiar con tanta urgencia y máxime cuando la mayoría estaban recientemente cambiadas y funcionaban perfectamente.
08/04/2019 13:03
camarlengo
3 de 3
Según comentarios de pasillo, no son veintinueve mil cuatrocientos sesenta y uno euros con noventa y un céntimos de euro los que se debe a la empresa de limpieza, son casi treinta y ocho mil euros… porque no se han sumado a la deuda los meses desde Enero al treinta y uno de marzo con la subida indicada y que, según se puede leer, el administrador dice que no tiene obligación de asumir la comunidad.
Ha sido una sorpresa para muchos propietari@s saber que durante más de un año no se ha pagado a la empresa de limpieza, del mismo modo que hacía más de un año que el administrador no convocaba una junta, ni ordinaria ni extraordinaria.
¿Quién es el responsable de que no se haya pagado a la empresa de limpieza?
¿Debe la comunidad asumir esa deuda con la empresa de limpieza cuando, puntualmente y mes a mes, la mayoría de propietarios pagamos la cuota establecida que asciende a cincuenta euros cada una de las setenta y cuatro viviendas, más treinta y ocho euros los cuatro locales comerciales?
¿Está obligado el administrador a comunicar a la comunidad las obras de mejora de abastecimiento de aguas a realizar, sin el consentimiento de ésta?
¿Podemos limpiar la comunidad los propios propietarios?
Si nos demanda la empresa de limpieza ¿Quién debe pagar todos los gastos?
Me gustaría sabes sus opiniones que, como siempre digo, son de mucha ayuda.
Gracias y disculpen la largura del texto, pero es necesario exponerlo para entender lo que aquí se ha hecho sin contar con el beneplácito de la comunidad.
08/04/2019 19:14
camarlengo
Salvo mejor opinión.
La comunidad debe pagar la factura de la empresa de limpieza, ya que es la obligada al pago, otra cosa serán las consecuencias o acciones que esta, la comunidad, tome contra el gestor y su presidente. Si os denuncia la empresa, que ya está tardando, la comunidad tendrá que hacerse cargo de todos los gastos.
Las obras de cambio de las acometidas deberían ser aprobadas en junta, no estamos hablando de una obra urgente que se tenga que realizar si o si, es mucho dinero. Deberían pedir explicaciones al gestor y al presidente ¿Quién dio orden de pago de esa factura?
Si las cuentas son correctas, no falta dinero ni gastos sin justificar, yo propondría echar al administrador y cambiarlo, o llevar la comunidad los propios vecinos.
Aparte pagan todos lo mismo de comunidad ¿está así puesto en los estatutos o es un acuerdo entre los vecinos? Sino lo normal es pagar por coeficiente.

Saludos
10/04/2019 14:21
muros
Los Estatutos están obsoletos. Se dijo de hacer unos nuevos pero nadie se ha movido para tal evento. El administrador propuso unos estatutos que quiso que se aprobaran en una junta sin haberlos leído todos los propietarios. No se aprobaron, como tampoco pasó éstos a los propietarios, desconocemos lo que indicaba el administrador en ellos. Seguimos pagando lo mismo que hace años, es decir, los locales comerciales pagan 38€ y las viviendas 50€. En esa cuota incluyen todos los gastos: luz, agua, ascensor, limpieza edificio, etc. El administrador indica en actas los coeficientes de cada vivienda y local, pero a la hora de pagar aplica lo acordado en los antiguos estatutos, es decir, 38€ a los 4 locales y 50€ a las 74 viviendas. Seguimos con deudores y, según dijo el administrador, no se puede denunciar a quien cobre menos de 600€... ???
El grave problema de la comunidad es que la mayoría de gente es pensionista y con pocas ganas de tener problemas. Mucho comentario de pasillo pero luego no asisten a las juntas.
11/04/2019 10:05
camarlengo
Los estatutos si están en vigor y no van en contra de la LPH son totalmente válidos y si en ellos se acuerda pagar a partes iguales por todas las viviendas, con exenciones a los bajos, es como hay que hacerlo, salvo cambio por parte de la asamblea. Se puede denunciar a quien sea, cobre lo que cobre, otra cosa es que no se le pueda embargar por debajo de un nivel de ingresos, que realmente este punto lo desconozco un poco, se que hasta ciertos ingresos no se puede embargar nada, pero no me atrevo a dar las cifras, pues no las conozco.
Lo que, en mi opinión, deben hacer es liquidar la deuda con la empresa, como puedan, lleguen a un acuerdo pues les será mucho mejor que una sentencia judicial, y no permitan al administrador ninguna obra sin consentimiento de la junta, salvo las realmente urgentes.

Saludos