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Deuda entre socios. Condición resolutoria

4 Comentarios
 
Deuda entre socios. condición resolutoria
31/05/2018 23:35
Hola:

Hace unos años se inició la actividad entre 3 socios. A las 2 años se compró el establecimiento (cientos de miles de euros de los cuando se ha pagado 1/3) en el que está la actividad. Al año siguiente se vende mis participaciones a los otros dos socios en partes iguales con pago aplazado (miles de euros) a 10 años con clausula resolutiva. Esta, indica que si el pago no se realiza se resuelve el contrato de participaciones sin devolución de lo ya entregado al vendedor. Mis exsocion me han dejado de pagado y me han dicho que no lo van a hacer. Y que si quiero recuperar las acciones, que no hay problema, que el negocio está que se cae.

¿Qué opciones tengo? Mi intención no es volver a la empresa y también quiero recuperar mis miles de euros del inición de la actividad.

Toda la venta de participaciones está registrda ante notario . Me aconsejais denunciarlo por via judicial para que hacienda no me haga paga por los tributos de algo que no estoy cobrando?

Saludos cordiales y gracias de antemano
07/06/2018 20:18
jaime1976
No veo otra salida que no sea demandar el cumplimiento de la obligación reflejada en el contrato de compraventa de participaciones sociales. Debe usted actuar frente a los compradores. La ventaja que usted tiene es que actuará contra ellos personas físicas, y no contra la empresa, por lo que responden con su patrimonio personal.
08/06/2018 12:36
Drlander
Gracias por la respuesta. No existe la posibilidad de hacer un quita?
08/06/2018 22:54
teoriacuerdas
Sí claro, desde luego que se puede proponer una quita. Nada impide que ustedes se pongan de acuerdo y lleguen a unas condiciones satisfactorias para todos.
09/06/2018 23:03
Drlander
Y como se hace? Por supuesto que deberé hacer ante notario?
Y Hacienda tendrá constancia de esa quita? O tendré que tributar por el total que la deuda? Perdona que sea tan pensado. Hace
Deuda entre socios. Condición resolutoria | PorticoLegal
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4 Comentarios
 
Deuda entre socios. condición resolutoria
31/05/2018 23:35
Hola:

Hace unos años se inició la actividad entre 3 socios. A las 2 años se compró el establecimiento (cientos de miles de euros de los cuando se ha pagado 1/3) en el que está la actividad. Al año siguiente se vende mis participaciones a los otros dos socios en partes iguales con pago aplazado (miles de euros) a 10 años con clausula resolutiva. Esta, indica que si el pago no se realiza se resuelve el contrato de participaciones sin devolución de lo ya entregado al vendedor. Mis exsocion me han dejado de pagado y me han dicho que no lo van a hacer. Y que si quiero recuperar las acciones, que no hay problema, que el negocio está que se cae.

¿Qué opciones tengo? Mi intención no es volver a la empresa y también quiero recuperar mis miles de euros del inición de la actividad.

Toda la venta de participaciones está registrda ante notario . Me aconsejais denunciarlo por via judicial para que hacienda no me haga paga por los tributos de algo que no estoy cobrando?

Saludos cordiales y gracias de antemano
07/06/2018 20:18
jaime1976
No veo otra salida que no sea demandar el cumplimiento de la obligación reflejada en el contrato de compraventa de participaciones sociales. Debe usted actuar frente a los compradores. La ventaja que usted tiene es que actuará contra ellos personas físicas, y no contra la empresa, por lo que responden con su patrimonio personal.
08/06/2018 12:36
Drlander
Gracias por la respuesta. No existe la posibilidad de hacer un quita?
08/06/2018 22:54
teoriacuerdas
Sí claro, desde luego que se puede proponer una quita. Nada impide que ustedes se pongan de acuerdo y lleguen a unas condiciones satisfactorias para todos.
09/06/2018 23:03
Drlander
Y como se hace? Por supuesto que deberé hacer ante notario?
Y Hacienda tendrá constancia de esa quita? O tendré que tributar por el total que la deuda? Perdona que sea tan pensado. Hace