Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Deuda ss y no hay herencia

3 Comentarios
 
Deuda ss y no hay herencia
13/11/2021 12:41
Hola. Quería hacer una consulta a ver si alguien me puede ayudar. Mi madre cobraba una pensión de viudedad por mi padre y falleció a finales del año 2020. Como mi madre no tenía nada para heredar, en su momento recibimos las últimas voluntades y lo dejamos estar (mi hermano y yo) . No gestionamos nada de herencia. Ahora me ha llegado una carta de la S.S. A los herederos reclamando un cobro indebido de la pensión de viudedad de mi madre cuanto estaba viva (una parte que pagaron de más que desconocíamos). ¿Nosotros somos responsables de esa deuda? ¿Nos pueden obligar a pagarla a pesar de no aceptar herencia, pero tampoco rechazar?
No sé cómo podré hacer frente a esto sin tener nada con 25 años y sin mis padres, pero bueno...
Muchísimas gracias de antemano.
13/11/2021 14:07
Las herencias que no se aceptan ni se rechazan, pueden ser consideradas como aceptadas tácitamente por actos que revelan la conexión del heredero con la masa hereditaria, sobre la cual toma decisiones en concepto de dueño. Esto ha sido interpretado por los Cuatro Jinetes del Apocalipsis (Hacienda, el Ayuntamiento, la agencia tributaria autonómica y la Seguridad Social) en el sentido de que primero se atribuye a los herederos la deuda, se les embarga, que paguen y después que protesten a quien quieran. Puro Civilismo funcionarial.
22/11/2021 19:10
Hola Saika, a pesar de que Grisolia te ha dado una respuesta acertada, no debes caer en la inacción. En el documento que te remitió la Seguridad Social debe indicarse que dispones de un plazo para realizar alegaciones. Alega lo que dices en este foro, que la pensión era de tu madre, que no habéis recibido nada en herencia de ella y que no sois responsables de los errores que se pudieron haber cometido. Si no había nada en la herencia difícilmente os van a poder declarar responsables a vosotros. En todo caso, debéis defenderos.
Saludos,
25/11/2021 13:06
Muchísimas gracias por vuestra ayuda Grisolía y Abalo abogados. Tendré en cuenta lo que me habéis comentado a ver si tengo suerte con el tema de la aceptación tácita y puedo solucionar algo en el periodo de alegaciones. De nuevo, ¡Gracias!
Deuda ss y no hay herencia | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Deuda ss y no hay herencia

3 Comentarios
 
Deuda ss y no hay herencia
13/11/2021 12:41
Hola. Quería hacer una consulta a ver si alguien me puede ayudar. Mi madre cobraba una pensión de viudedad por mi padre y falleció a finales del año 2020. Como mi madre no tenía nada para heredar, en su momento recibimos las últimas voluntades y lo dejamos estar (mi hermano y yo) . No gestionamos nada de herencia. Ahora me ha llegado una carta de la S.S. A los herederos reclamando un cobro indebido de la pensión de viudedad de mi madre cuanto estaba viva (una parte que pagaron de más que desconocíamos). ¿Nosotros somos responsables de esa deuda? ¿Nos pueden obligar a pagarla a pesar de no aceptar herencia, pero tampoco rechazar?
No sé cómo podré hacer frente a esto sin tener nada con 25 años y sin mis padres, pero bueno...
Muchísimas gracias de antemano.
13/11/2021 14:07
Las herencias que no se aceptan ni se rechazan, pueden ser consideradas como aceptadas tácitamente por actos que revelan la conexión del heredero con la masa hereditaria, sobre la cual toma decisiones en concepto de dueño. Esto ha sido interpretado por los Cuatro Jinetes del Apocalipsis (Hacienda, el Ayuntamiento, la agencia tributaria autonómica y la Seguridad Social) en el sentido de que primero se atribuye a los herederos la deuda, se les embarga, que paguen y después que protesten a quien quieran. Puro Civilismo funcionarial.
22/11/2021 19:10
Hola Saika, a pesar de que Grisolia te ha dado una respuesta acertada, no debes caer en la inacción. En el documento que te remitió la Seguridad Social debe indicarse que dispones de un plazo para realizar alegaciones. Alega lo que dices en este foro, que la pensión era de tu madre, que no habéis recibido nada en herencia de ella y que no sois responsables de los errores que se pudieron haber cometido. Si no había nada en la herencia difícilmente os van a poder declarar responsables a vosotros. En todo caso, debéis defenderos.
Saludos,
25/11/2021 13:06
Muchísimas gracias por vuestra ayuda Grisolía y Abalo abogados. Tendré en cuenta lo que me habéis comentado a ver si tengo suerte con el tema de la aceptación tácita y puedo solucionar algo en el periodo de alegaciones. De nuevo, ¡Gracias!