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Deudas electricidad y alquiler.

7 Comentarios
 
27/02/2019 11:35
Jormon4
Perdone amigo, pero no termino de comprender los hechos que relata. ¿Podría volver a explicarlos de otra manera?
27/02/2019 11:17
Jormon4
Hola!! Buenos Días, tengo un problema con el pago de unas facturas de impago con Iberdrola.-

Alquile una casa en Guadalajara... Pero luego tuvimos una caída económica muy fuerte, por lo tanto se me acumularon algunas facturas por un importe total de 659,09.

Acabo de llamar a Iberdrola, porque el día de ayer nos mudamos a una casa más pequeña y económica (Por el mismo problema económico que tuvimos), converse con una chica que la única opción que me dio fue fraccionarse la deuda en 3 cuotas, pero para darme de baja en aquella dirección para que el nuevo inquilino o el casero no se vean afectados, me dijeron que haga que no efectue el pago total pues no se podrá hacer el cambio.

Haber yo en ningún momento me estoy negando a pagar, ni he desaparecido, ni tengo intensión de hacerli... Aunque me parece una completa locura el monto, pues vale!! si eso es lo que se consumi, ni modo tendré que pagarlo. Estoy dando la cara ante la empresa, pero ellos se niegan rotundamente a darme de baja en aquella dirección y dejar la deuda solo a mi nombre sin que afecte a las personas antes mencionadas.

Cómo puedo hacer en este caso? Porque podre empezar a pagar a finales de marzo, que es cuando mi esposo cobrará por primera vez, comenzó a trabajar nuevamente ayer, Gracias a Dios!

Les agradecería muchísimo la ayuda que puedan prestarme con referencia a este caso.

Quedó atenta, muchísimas gracias.
17/08/2017 01:42
Jormon4
Haga lo siguiente abone la deuda a la elctricas, le daran factura.
Como tiene el contrato de los inquilinos y la fecha pues demande a los mismo por el importe de los tres meses y los gastos de energis y otro si los hubiere. y siempre que no supere los 2000 euros no le hace falta abogado y procurador.
Pongase en contacto con Adicae y le aconsejan
09/08/2017 21:05
Jormon4
No se puede.
1.- La deuda de electricidad del inquilino con Ud, es entre Uds 2.
2.- PERO frente a la empresa de la luz es Ud, el deudor porque Ud. es el titular, y tiene que pagar ese dinero. Otra cosa es que luego Ud le repercuta ese importe al inquilino, pero eso es entre el inquilino y Ud. no frente a la empresa de la luz.
09/08/2017 16:21
Jormon4
Al final nadie sabe si se puede desvincular la deuda de electricidad al inquilino con el contrato de alquiler?
gracias.
17/07/2017 11:27
leonjbr
Gracias por contestar, tal labor desde luego ayuda a muchos tan perdidos como yo.

El motivo principal sobre la consulta de que me puede reclamar la compañía viene por saber la cantidad de dinero por la cual puede meterme en juicios o algo así.

Porque preguntaba eso, pues por qué hace ya casi 5 años otro inquilino se dejó por pagar 307€ en factura de gas en fenosa y fue parecido a lo de la electricidad ahora, sin embargo después de que me llamaban muchas veces por teléfono y cartitas amenazanticas que irían a juzgado ect, al final todo quedó en nada.( por eso se cambie el titular de luz y agua, a los inquilinos que había ahora, o eso creí yo, pero no lo hicieron correctamente y como se pagaba por domiciliación con su cuenta bancaria yo ni me enteraba).
--Por eso preguntaba si hay algún tope de dinero a deber en el cual no vengan más detrás de mí con juicios ect. En el cual ya no se molestan en emprender acciones legales de ningún tipo por que no valga la pena.

----En cuanto a electricidad, agua y basuras del ayuntamiento en el contrato ponía que era el inquilino que tenía que pagarlo.
(estaba domiciliado en su cuenta pero yo constaba como titular).

Tratare de ver el seguro por si por vandalismo entra algo, pero será otra pelea seguro. el seguro esta siempre contigo asta que lo necesitas de verdad.

entonces es verdad que no puedo desvincular la deuda. pues no se para que me dicen tal cosa, aunque como dije , si el inquilino se hubiera ido con las deudas para que querría desvincular nada.

Si hubiera echo caso de mi primer pensamiento de dar baja luz, agua, he ir al ayuntamiento para dar de baja la basura, solo tendría que pagar la contribución, entonces si habría ganado en todo.

No se por que pensé que si vivía alguien en la casa se mantendría mejor, a sido absolutamente antagónico.
15/07/2017 19:28
Jormon4
Creo interpretar que es Ud. el casero y que además el contrato de luz está a su nombre. Si es así las respuestas a su pregunta son las siguientes:
Como punto de partida desde el que entender el resto de respuestas, debe tenerse muy claro desde el principio que Ud. tiene que pagar la deuda de luz porque Ud. es el titular del contrato. Otra cosa es que luego demande a los inquilinos para recuperar ese dinero, pero de momento, ante la compañía de la luz, el deudor es Ud.
Dicho esto las siguientes respuestas son:
1.- No hay límite para la cantidad de dinero que puede reclamarle Iberdrola.
2.- Iberdrola, al igual que cualquier otra compañía de luz, no corta la electricidad a la primera, sino que tarda un tiempo por consideración a las personas que viven en la casa. Este régimen puede chocarle, pero me va a permitir que le diga que es el lógico resultado de décadas de ablandamiento de la Ley y de la laxitud en el cumplimiento de las obligaciones. Muchos juristas nos hemos mostrado en contra de esta tendencia generalizada no sólo en el mundo del Derecho sino en toda la sociedad española y como por supuesto nadie nos ha hecho el más mínimo caso ahora personas como Ud. se encuentran en la situación que nos cuenta, pero es el justo resultado de tantos y tantos años de negligencia. Ahora hay que aguantarse. En conclusión: que las empresas eléctricas tardan “bastante” en cortar la luz y de momento hay que aguantarse con eso.
3.- Puede interponer proceso monitorio, pero dudo mucho que prospere porque lo que Ud. pretende es repercutir al inquilino unas facturas de luz que son titularidad suya y cuyo régimen de repercusión esté probablemente recogido en el contrato de alquiler y eso ya es lo suficientemente “complicado” como para salirse del ámbito del proceso monitorio. Lo que tiene que interponer Ud. es un procedimiento verbal, y, ya que estamos, reclamar esos 3 meses de rentas debidas de los que habla.
4.- No se puede denunciar por robo en todo caso por delitos contra el patrimonio, pero no se lo aconsejo porque dudo mucho que tenga pruebas ni de los robos ni de los destrozos.
Deudas electricidad y alquiler.
15/07/2017 11:52
Situación:
Alquile una casa y resulta que aparte de dejar a deber 3 meses de alquiler, se han dejado una deuda de seis facturas sin pagar con total de 454,09€ en electricidad, pero resulta que en vez de llevársela con ellos se me ha quedado a mí , ( y encima estuvieron un mes más después del fin de contrato) .
pues resulta que cuando se fue a cambiar el titular del contrato se ve que no se hizo correctamente , se cambió solo la cuenta bancaria y nada más,, consecuencia ,deuda que me reclaman a mi claro, por ser titular de la luz.
(Menos mal que el agua si estaba correcto porque también había otro pico).
El caso es que en la compañía de Iberdrola me dijeron que desvinculara la deuda, aportando contrato de alquiler , mi DNI y un escrito por fax,, pero luego de volver a llamar para concretar dudas, me dicen que no puedo hacer tal cosa porque soy el titular del contrato de electricidad.
--Sin embargo si el titular de la electricidad fueran los inquilinos y se van,, pues la deuda se iría con ellos, entonces por qué motivo tendría la necesidad de desvincular nada.
-----¿Querría saber hasta qué cantidad la compañía puede reclamarme judicial mente o algo?. Por pagar yo algo y llegar al tope, porque los inquilinos se fueron, desaparecidos prácticamente, trato de llamarles pero después de un par ya ni cogen la llamada, y no querría pagar la deuda que otro género.
Tampoco nadie en Iberdrola me explica por qué con tantos meses sin pago y acumulando tanto dinero no se ha cortado la luz.

-- Me han dicho que pruebe por proceso monitorio, aunque no se qué es exactamente ni cómo funciona , que se necesita o tarda.

--¿Se puede denunciar por robo?, pues llevarse algunos electrodomésticos y destrozar enseres y muebles eso también han hecho.

PD: parece ser encima que tengo que agradecer que se fueran pues si les da por quedarse parece ser que podrían haberlo hecho.
A ver si sobrevivo tratando de eliminar una infestación de pulgas que dejaron como detalle.

Gracias por su atención.
Deudas electricidad y alquiler. | PorticoLegal
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Deudas electricidad y alquiler.

7 Comentarios
 
27/02/2019 11:35
Jormon4
Perdone amigo, pero no termino de comprender los hechos que relata. ¿Podría volver a explicarlos de otra manera?
27/02/2019 11:17
Jormon4
Hola!! Buenos Días, tengo un problema con el pago de unas facturas de impago con Iberdrola.-

Alquile una casa en Guadalajara... Pero luego tuvimos una caída económica muy fuerte, por lo tanto se me acumularon algunas facturas por un importe total de 659,09.

Acabo de llamar a Iberdrola, porque el día de ayer nos mudamos a una casa más pequeña y económica (Por el mismo problema económico que tuvimos), converse con una chica que la única opción que me dio fue fraccionarse la deuda en 3 cuotas, pero para darme de baja en aquella dirección para que el nuevo inquilino o el casero no se vean afectados, me dijeron que haga que no efectue el pago total pues no se podrá hacer el cambio.

Haber yo en ningún momento me estoy negando a pagar, ni he desaparecido, ni tengo intensión de hacerli... Aunque me parece una completa locura el monto, pues vale!! si eso es lo que se consumi, ni modo tendré que pagarlo. Estoy dando la cara ante la empresa, pero ellos se niegan rotundamente a darme de baja en aquella dirección y dejar la deuda solo a mi nombre sin que afecte a las personas antes mencionadas.

Cómo puedo hacer en este caso? Porque podre empezar a pagar a finales de marzo, que es cuando mi esposo cobrará por primera vez, comenzó a trabajar nuevamente ayer, Gracias a Dios!

Les agradecería muchísimo la ayuda que puedan prestarme con referencia a este caso.

Quedó atenta, muchísimas gracias.
17/08/2017 01:42
Jormon4
Haga lo siguiente abone la deuda a la elctricas, le daran factura.
Como tiene el contrato de los inquilinos y la fecha pues demande a los mismo por el importe de los tres meses y los gastos de energis y otro si los hubiere. y siempre que no supere los 2000 euros no le hace falta abogado y procurador.
Pongase en contacto con Adicae y le aconsejan
09/08/2017 21:05
Jormon4
No se puede.
1.- La deuda de electricidad del inquilino con Ud, es entre Uds 2.
2.- PERO frente a la empresa de la luz es Ud, el deudor porque Ud. es el titular, y tiene que pagar ese dinero. Otra cosa es que luego Ud le repercuta ese importe al inquilino, pero eso es entre el inquilino y Ud. no frente a la empresa de la luz.
09/08/2017 16:21
Jormon4
Al final nadie sabe si se puede desvincular la deuda de electricidad al inquilino con el contrato de alquiler?
gracias.
17/07/2017 11:27
leonjbr
Gracias por contestar, tal labor desde luego ayuda a muchos tan perdidos como yo.

El motivo principal sobre la consulta de que me puede reclamar la compañía viene por saber la cantidad de dinero por la cual puede meterme en juicios o algo así.

Porque preguntaba eso, pues por qué hace ya casi 5 años otro inquilino se dejó por pagar 307€ en factura de gas en fenosa y fue parecido a lo de la electricidad ahora, sin embargo después de que me llamaban muchas veces por teléfono y cartitas amenazanticas que irían a juzgado ect, al final todo quedó en nada.( por eso se cambie el titular de luz y agua, a los inquilinos que había ahora, o eso creí yo, pero no lo hicieron correctamente y como se pagaba por domiciliación con su cuenta bancaria yo ni me enteraba).
--Por eso preguntaba si hay algún tope de dinero a deber en el cual no vengan más detrás de mí con juicios ect. En el cual ya no se molestan en emprender acciones legales de ningún tipo por que no valga la pena.

----En cuanto a electricidad, agua y basuras del ayuntamiento en el contrato ponía que era el inquilino que tenía que pagarlo.
(estaba domiciliado en su cuenta pero yo constaba como titular).

Tratare de ver el seguro por si por vandalismo entra algo, pero será otra pelea seguro. el seguro esta siempre contigo asta que lo necesitas de verdad.

entonces es verdad que no puedo desvincular la deuda. pues no se para que me dicen tal cosa, aunque como dije , si el inquilino se hubiera ido con las deudas para que querría desvincular nada.

Si hubiera echo caso de mi primer pensamiento de dar baja luz, agua, he ir al ayuntamiento para dar de baja la basura, solo tendría que pagar la contribución, entonces si habría ganado en todo.

No se por que pensé que si vivía alguien en la casa se mantendría mejor, a sido absolutamente antagónico.
15/07/2017 19:28
Jormon4
Creo interpretar que es Ud. el casero y que además el contrato de luz está a su nombre. Si es así las respuestas a su pregunta son las siguientes:
Como punto de partida desde el que entender el resto de respuestas, debe tenerse muy claro desde el principio que Ud. tiene que pagar la deuda de luz porque Ud. es el titular del contrato. Otra cosa es que luego demande a los inquilinos para recuperar ese dinero, pero de momento, ante la compañía de la luz, el deudor es Ud.
Dicho esto las siguientes respuestas son:
1.- No hay límite para la cantidad de dinero que puede reclamarle Iberdrola.
2.- Iberdrola, al igual que cualquier otra compañía de luz, no corta la electricidad a la primera, sino que tarda un tiempo por consideración a las personas que viven en la casa. Este régimen puede chocarle, pero me va a permitir que le diga que es el lógico resultado de décadas de ablandamiento de la Ley y de la laxitud en el cumplimiento de las obligaciones. Muchos juristas nos hemos mostrado en contra de esta tendencia generalizada no sólo en el mundo del Derecho sino en toda la sociedad española y como por supuesto nadie nos ha hecho el más mínimo caso ahora personas como Ud. se encuentran en la situación que nos cuenta, pero es el justo resultado de tantos y tantos años de negligencia. Ahora hay que aguantarse. En conclusión: que las empresas eléctricas tardan “bastante” en cortar la luz y de momento hay que aguantarse con eso.
3.- Puede interponer proceso monitorio, pero dudo mucho que prospere porque lo que Ud. pretende es repercutir al inquilino unas facturas de luz que son titularidad suya y cuyo régimen de repercusión esté probablemente recogido en el contrato de alquiler y eso ya es lo suficientemente “complicado” como para salirse del ámbito del proceso monitorio. Lo que tiene que interponer Ud. es un procedimiento verbal, y, ya que estamos, reclamar esos 3 meses de rentas debidas de los que habla.
4.- No se puede denunciar por robo en todo caso por delitos contra el patrimonio, pero no se lo aconsejo porque dudo mucho que tenga pruebas ni de los robos ni de los destrozos.
Deudas electricidad y alquiler.
15/07/2017 11:52
Situación:
Alquile una casa y resulta que aparte de dejar a deber 3 meses de alquiler, se han dejado una deuda de seis facturas sin pagar con total de 454,09€ en electricidad, pero resulta que en vez de llevársela con ellos se me ha quedado a mí , ( y encima estuvieron un mes más después del fin de contrato) .
pues resulta que cuando se fue a cambiar el titular del contrato se ve que no se hizo correctamente , se cambió solo la cuenta bancaria y nada más,, consecuencia ,deuda que me reclaman a mi claro, por ser titular de la luz.
(Menos mal que el agua si estaba correcto porque también había otro pico).
El caso es que en la compañía de Iberdrola me dijeron que desvinculara la deuda, aportando contrato de alquiler , mi DNI y un escrito por fax,, pero luego de volver a llamar para concretar dudas, me dicen que no puedo hacer tal cosa porque soy el titular del contrato de electricidad.
--Sin embargo si el titular de la electricidad fueran los inquilinos y se van,, pues la deuda se iría con ellos, entonces por qué motivo tendría la necesidad de desvincular nada.
-----¿Querría saber hasta qué cantidad la compañía puede reclamarme judicial mente o algo?. Por pagar yo algo y llegar al tope, porque los inquilinos se fueron, desaparecidos prácticamente, trato de llamarles pero después de un par ya ni cogen la llamada, y no querría pagar la deuda que otro género.
Tampoco nadie en Iberdrola me explica por qué con tantos meses sin pago y acumulando tanto dinero no se ha cortado la luz.

-- Me han dicho que pruebe por proceso monitorio, aunque no se qué es exactamente ni cómo funciona , que se necesita o tarda.

--¿Se puede denunciar por robo?, pues llevarse algunos electrodomésticos y destrozar enseres y muebles eso también han hecho.

PD: parece ser encima que tengo que agradecer que se fueran pues si les da por quedarse parece ser que podrían haberlo hecho.
A ver si sobrevivo tratando de eliminar una infestación de pulgas que dejaron como detalle.

Gracias por su atención.