Buenas tardes, quisiera que me informaran si mi empresa paga a destiempo y el banco me cobra la hipoteca con cargos , puedo reclamar a la empresa esos cargos por no ingresarme el dia correspondiente. Muchas gracias.
Si el convenio fija un plazo para hacer efectivo el pago de la nomina, que sin saber de cual estamos hablando ya le digo que si lo fija porque lo hacen todos, y la empresa se retrasa solamente un día usted ya puede reclamar intereses que los jueces suelen fijar en un 10 % pero para que le paguen el recargo de intereses que sufre usted por la hipoteca debería ser mediante reclamación por daños y esto ya no lo tengo yo tan claro, porque si cabría en vía civil pero en la laboral las indemnizaciones estan tasadas. SMO
Cualquier tipo de reclamación de cantidad en el ámbito laboral tiene un plazo de un año es decir en julio del 2014 puede usted reclamar hasta julio del 2013 lo angterior estaría prescrito.