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Devolucion de armas

1 Comentarios
 
08/11/2006 18:25
Yo recuerdo un caso en la jurisprudencia de un comandante de canarias que como todo oficial y suboficial del ejercito podia tener hasta tres armas cortas, el militar paso a la situacion de reserva o de jubilacion, y desde la delegacion del gobierno en Canarias, le pidieron que devolviera las armas, el alego que se le habian perdido, y le impusieron una sancion administrativa por no devolverlas, supongo porque pensaban que se las habia quedado.
Tambien se de gente que tenia armas de los tiempos de franco cuando en muchas casas habia una pistola para defenderse del bandidaje, cuando ha llegado la democracia mucha gente a intentado desprenderse de ellas, y suelen llamar a la guardia civil, esta toma nota y pasa por la casa a recogerlas, lo que no se es si dan recibo o no,tambien puedes llevarlas tu voluntariamente a la Comandancia de la Guardia Civil, donde se supone que se hacen cargo de ellas.
Bueno tambien hay gente que prefiere inutilizarlas, abriendole un agujero al cañon y amartillandolas, y se las quedan ya sin peligro de disparar, como recuerdo de sus antepasados, la inutilizacion del arma te la hace la guardia civil.Un saludo.
Devolucion de armas
08/11/2006 14:55
Un militar en situacion de activo, fallece. Ese militar posee, por su cargo de militar, dos armas de reglamento.
A su fallecimiento, la familia decide entregar dichas armas, en el Gobierno militar de la Provincia, donde reciben las mismas, pero no les entregan ningun justificante.
La familia desconocia, si las armas eran propiedad del militar o cedidas en uso.
¿Es normal que no se les entregara un comprobante con los datos de las armas con sus datos, marca, modelo, numeracion, etc.?.
Si las armas eran de su propiedad, ¿tenian derecho a que se les reintegrara economicamente su valor?.
¿Tenia el Gobierno Militar, que demostrar mediante un documento, su destruccion?.
Devolucion de armas | PorticoLegal
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08/11/2006 18:25
Yo recuerdo un caso en la jurisprudencia de un comandante de canarias que como todo oficial y suboficial del ejercito podia tener hasta tres armas cortas, el militar paso a la situacion de reserva o de jubilacion, y desde la delegacion del gobierno en Canarias, le pidieron que devolviera las armas, el alego que se le habian perdido, y le impusieron una sancion administrativa por no devolverlas, supongo porque pensaban que se las habia quedado.
Tambien se de gente que tenia armas de los tiempos de franco cuando en muchas casas habia una pistola para defenderse del bandidaje, cuando ha llegado la democracia mucha gente a intentado desprenderse de ellas, y suelen llamar a la guardia civil, esta toma nota y pasa por la casa a recogerlas, lo que no se es si dan recibo o no,tambien puedes llevarlas tu voluntariamente a la Comandancia de la Guardia Civil, donde se supone que se hacen cargo de ellas.
Bueno tambien hay gente que prefiere inutilizarlas, abriendole un agujero al cañon y amartillandolas, y se las quedan ya sin peligro de disparar, como recuerdo de sus antepasados, la inutilizacion del arma te la hace la guardia civil.Un saludo.
Devolucion de armas
08/11/2006 14:55
Un militar en situacion de activo, fallece. Ese militar posee, por su cargo de militar, dos armas de reglamento.
A su fallecimiento, la familia decide entregar dichas armas, en el Gobierno militar de la Provincia, donde reciben las mismas, pero no les entregan ningun justificante.
La familia desconocia, si las armas eran propiedad del militar o cedidas en uso.
¿Es normal que no se les entregara un comprobante con los datos de las armas con sus datos, marca, modelo, numeracion, etc.?.
Si las armas eran de su propiedad, ¿tenian derecho a que se les reintegrara economicamente su valor?.
¿Tenia el Gobierno Militar, que demostrar mediante un documento, su destruccion?.