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Devolución de jornadas en jubilación parcial

1 Comentarios
 
Devolución de jornadas en jubilación parcial
18/05/2020 06:51
Estoy en jubilacion parcial 75% S.S. y 25% empresa desde septiembre 2019. Hemos pactado verbalmente concentracion de jornada asi que termino a mitad de Junio 2020.
En Enero estuve de baja (I.T.) , ahora la empresa me dice que esos dias que estuve de baja debo recuperarlos alargando el periodo hasta principios de Julio.
¿Es eso asi? ¿ Debo recuperar los dias de baja?
18/05/2020 16:44
fara57
Mire, claramente están tergiversando la norma basándose en que esa adaptación del 25% seria durante 4 años y lo que hacen es acumularla en un año pero en realidad si usted lo tiene cumulado en un año y por circunstancias queda usted en situación de IT, aunque es cierto que el contrato se suspende por dicha situación de IT, no es menos cierto que en computo anual de jornada ese tiempo se debe descontar de la jornada a realizar.
No hay que razonar con la empresa ni intentar demostrares que no es como dicen, lo saben perfectamente, no se avienen a razones, debe usted demandar a la empresa y listo, ya vera que pronto ante un Juez entenderán perfectamente la norma.
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Devolución de jornadas en jubilación parcial
18/05/2020 06:51
Estoy en jubilacion parcial 75% S.S. y 25% empresa desde septiembre 2019. Hemos pactado verbalmente concentracion de jornada asi que termino a mitad de Junio 2020.
En Enero estuve de baja (I.T.) , ahora la empresa me dice que esos dias que estuve de baja debo recuperarlos alargando el periodo hasta principios de Julio.
¿Es eso asi? ¿ Debo recuperar los dias de baja?
18/05/2020 16:44
fara57
Mire, claramente están tergiversando la norma basándose en que esa adaptación del 25% seria durante 4 años y lo que hacen es acumularla en un año pero en realidad si usted lo tiene cumulado en un año y por circunstancias queda usted en situación de IT, aunque es cierto que el contrato se suspende por dicha situación de IT, no es menos cierto que en computo anual de jornada ese tiempo se debe descontar de la jornada a realizar.
No hay que razonar con la empresa ni intentar demostrares que no es como dicen, lo saben perfectamente, no se avienen a razones, debe usted demandar a la empresa y listo, ya vera que pronto ante un Juez entenderán perfectamente la norma.