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Devolución prestamo personal

2 Comentarios
 
Devolución prestamo personal
09/07/2020 12:46
Hola, mi cliente y su cónyuge firmaron un préstamo personal por 60000 euros hace más de 12 años. No se ha estado devolviendo ninguna cantidad (se tenían que devolver 35 cuotas anuales por valor de 2000 euros cada año) porque la situación del prestatario ha sido precaria. Ahora el prestatario ha recibido una cantidad de dinero de una herencia y los dos han pensado en si devolver el dinero a su esposa y me preguntan si Agencia Tributaria puede buscarles las cosquillas por no haber realizado nunca ninguna devolución y ahora de repente devolverlo todo, porque si van a tener alguna sanción prefieren no hacer nada (entiendo que ante Agencia Tributaria si no se devuelve nada el tema estaría prescrito..). El contrato de préstamo a interés cero se pasó por la oficina liquidadora del gobierno correspondiente con lo que existe prueba de la constitución del préstamo, y la devolución de los 70000 se haría previo acuerdo privado de cancelación total del préstamo, por transferencia bancaria a la cuenta de la esposa. ¿Cómo lo veis?
09/07/2020 14:31
Esto que preguntas es más bien para el foro de derecho tributario.
09/07/2020 14:34
Grisolía
Tienes razón, me ha liado, lo voy a preguntar en el foro de tributario a ver si me contestan. Gracias.
Devolución prestamo personal | PorticoLegal
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Devolución prestamo personal
09/07/2020 12:46
Hola, mi cliente y su cónyuge firmaron un préstamo personal por 60000 euros hace más de 12 años. No se ha estado devolviendo ninguna cantidad (se tenían que devolver 35 cuotas anuales por valor de 2000 euros cada año) porque la situación del prestatario ha sido precaria. Ahora el prestatario ha recibido una cantidad de dinero de una herencia y los dos han pensado en si devolver el dinero a su esposa y me preguntan si Agencia Tributaria puede buscarles las cosquillas por no haber realizado nunca ninguna devolución y ahora de repente devolverlo todo, porque si van a tener alguna sanción prefieren no hacer nada (entiendo que ante Agencia Tributaria si no se devuelve nada el tema estaría prescrito..). El contrato de préstamo a interés cero se pasó por la oficina liquidadora del gobierno correspondiente con lo que existe prueba de la constitución del préstamo, y la devolución de los 70000 se haría previo acuerdo privado de cancelación total del préstamo, por transferencia bancaria a la cuenta de la esposa. ¿Cómo lo veis?
09/07/2020 14:31
Esto que preguntas es más bien para el foro de derecho tributario.
09/07/2020 14:34
Grisolía
Tienes razón, me ha liado, lo voy a preguntar en el foro de tributario a ver si me contestan. Gracias.