Me duda es la siguiente, en la mayoria de los convenios colectivos de cualquier empresa te indica a los dias que tiene derecho un trabajador, ya se por enfermedad de familiar, realizar examenes, etc. El colectivo dice lo siguiente en este apartado que me interesa: Para concurrir a exámenes finales, liberatorios y demás pruebas definitivas de aptitud y evaluación en Centros Oficiales o reconocidos, durante los días de su celebración, no excediendo en conjunto de quince días al año. Cuando las licencias por examen se soliciten para realizar pruebas inmediatas al turno de noche, éstas se concederán la noche anterior al examen. En todo caso será preceptivo la presentación del documento acreditativo correspondiente de haber asistido al examen. Bien eso dice el convenio y mi duda es si un trabajador que se esta preparando una oposicion por su cuenta en otra empresa distinta, tiene derecho a acogerse a ese punto y que la empresa actual le de el dia libre para poder realizar ese examen o si por el contrario se tendria que buscar la vida para poder realizar el examen por no ser un examen de formacion. Gracias de Antemano.
Buenas CrisF, me refiero por ponerte un ejemplo, eres Administrativo en una oficina en Madrid y estas opositando para ser Policia Local en Getafe, las empresas no tienen nada que ver y por lo tanto estas opositando por tu cuenta, y te acoges a que los dias que tienes que ir a Getafe a hacer algun examen de la oposicion, la empresa de Madrid te debe dar el dia. Gracias espero resolverte la duda.