Hola chic@s, mi jornada de trabajo es de L - V Y me gustaría saber si este año al haber dos días de fiesta que caen en sábado, esos días me lo tendría que compensar la empresa o no.
Los sábados son días hábiles y no funciona como si un festivo cae de domingo que se pasan para el lunes SS, por tanto esos dos días festivos de los 14 anuales los pierde usted. No obstante, como la jornada anual en convenio está diseñada para contabilizar vacaciones y 14 festivos, al final de año usted tendrá un exceso de jornada que la empresa debe retribuir como h.e. smo